Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2005 (12/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de enero de 2005

cada por Leyes Nºs. 27398 y 28163 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decretos Supremos Nºs. 016-2001-JUS y 040-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar, a la ASOCIACION PERUANA DE PROMOTORES DE PAZ Y DESARROLLO SOCIAL, el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION PROMOTORES DE PAZ Y DESARROLLO SOCIAL, con sede en el departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MACCHIAVELLO CASABONNE Viceministra de Justicia 00459 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 002-2005-JUS MORDAZA, 4 de enero de 2005 Visto, los expedientes con registros Nºs. 021880025209-027672, sobre Autorizacion de Centro de Conciliacion, presentado por la asociacion civil, ONG EDUPE; CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociacion civil, ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado, CENTRO DE CONCILIACION EDUPE, con sede en el departamento de Arequipa; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 1058-2004JUS/STC, la recurrente cumple con todos los requisitos establecidos en los articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Leyes Nºs. 27398 y 28163, y los articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decretos Supremos Nºs. 016-2001-JUS y 040-2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento del Centro de Conciliacion solicitado; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001JUS, que precisa los alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Leyes Nºs. 27398 y 28163 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decretos Supremos Nºs. 016-2001-JUS y 040-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar, a la asociacion civil, ONG EDUPE, el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION EDUPE, con sede en el departamento de Arequipa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MACCHIAVELLO CASABONNE Viceministra de Justicia 00460

rencia Local Moquegua", del Jefe de la Oficina de Auditoria Interna del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria PRONAA, se ha determinado que la Unidad Operativa MORDAZA (actual Gerencia Local) en el MORDAZA de adquisicion de 5.090225 TM de "conserva de pescado en agua y sal", llevado a cabo segun "Terminos de Referencia Nº 30-2001-MOQUEGUA", dejo de aplicar al proveedor "Consorcio Pesquero MORDAZA S.A." la penalidad por incumplimiento en el plazo de entrega ascendente a S/. 1,285.01 (Mil doscientos ochenta y cinco y 01/100 Nuevos Soles), conforme lo establece el Art. 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y lo pactado en la Clausula Cuarta del "Contrato de Compra Venta Nº 30", suscrito entre los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe y ex Administrador de la Unidad Operativa MORDAZA con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la empresa precitada; ocasionando perjuicio economico en agravio del PRONAA; Que, mediante Cartas Notariales Nºs. 048025 y 048036, MORDAZA emitidas con fecha 9.2.2004, la Directora Ejecutiva del PRONAA comunico a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que han incurrido en responsabilidad administrativa, entre otros, por la omision de aplicacion de penalidades por incumplimiento del plazo contractual, previsto en el Art. 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, ocasionando perjuicio economico al PRONAA ascendente a S/. 1,285.01 (Mil doscientos ochenta y cinco y 01/100 Nuevos Soles) y les solicito que devuelvan el referido monto a la institucion en forma prorrateada; Que, a la fecha los senores referidos en el parrafo precedente no han cumplido con devolver el monto mencionado; por lo que habiendose agotado la via administrativa sin exito; corresponde autorizar al Procurador Publico del MIMDES, para que inicie las acciones judiciales pertinentes para lograr el referido recupero; Que, el inciso f) del articulo 15 de la Ley Nº 27785, establece que los informes elaborados en base a acciones de control tienen el caracter de prueba preconstituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; Con la opinion favorable de la Direccion General de Asesoria Juridica del MIMDES contenida en el Informe Nº 1863-2004-MIMDES/DGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru; en la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; en el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; y en el Decreto Supremo Nº 004-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para que inicie las acciones judiciales que correspondan contra los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, comprendidos en el Informe Nº 022-2003-2-4411 "Examen Especial sobre presuntas irregularidades en la Gerencia Local Moquegua"; y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 00536

MIMDES
Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico al PRONAA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 747-2004-MIMDES MORDAZA, 30 de noviembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 1545-2003-PRONAA/J; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 022-2003-2-4411 "Examen Especial sobre presuntas irregularidades en la Ge-

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