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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2005 (12/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G34/G33/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 12 de enero de 2005 cada por Leyes Nºs. 27398 y 28163 y su Reglamento, apro- bado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado porDecretos Supremos Nºs. 016-2001-JUS y 040-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar, a la ASOCIACIÓN PERUANA DE PROMOTORES DE PAZ Y DESARROLLO SOCIAL, elfuncionamiento del Centro de Conciliación denominado CEN-TRO DE CONCILIACIÓN PROMOTORES DE PAZ Y DESA-RROLLO SOCIAL, con sede en el departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. GIANNA MACCHIAVELLO CASABONNE Viceministra de Justicia 00459 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 002-2005-JUS Lima, 4 de enero de 2005 Visto, los expedientes con registros Nºs. 021880- 025209-027672, sobre Autorización de Centro de Conci- liación, presentado por la asociación civil, ONG EDUPE; CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociación civil, ha solicitado autorización para el funcionamiento del Centro de Con-ciliación denominado, CENTRO DE CONCILIACIÓNEDUPE, con sede en el departamento de Arequipa; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 1058-2004- JUS/STC, la recurrente cumple con todos los requisitos es- tablecidos en los artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Leyes Nºs. 27398 y 28163, ylos artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley deConciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS,modificado por Decretos Supremos Nºs. 016-2001-JUS y040-2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcio- namiento del Centro de Conciliación solicitado; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgáni-ca del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS,que aprueba el Reglamento de Organización y Funcionesdel Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001- JUS, que precisa los alcances de las funciones del Vicemi- nistro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada porLeyes Nºs. 27398 y 28163 y su Reglamento, aprobado porDecreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por DecretosSupremos Nºs. 016-2001-JUS y 040-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar, a la asociación civil, ONG EDUPE, el funcionamiento del Centro de Conciliación denominado CENTRO DE CONCILIACIÓN EDUPE, con sede en el departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. GIANNA MACCHIAVELLO CASABONNE Viceministra de Justicia 00460 MIMDES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G2D /G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6F/G63/G61/G73/G69/G6F/G6E/G61/G72/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G2D /G63/G6F/G20/G61/G6C/G20/G50/G52/G4F/G4E/G41/G41 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 747-2004-MIMDES Lima, 30 de noviembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 1545-2003-PRONAA/J; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 022-2003-2-4411 “Exa- men Especial sobre presuntas irregularidades en la Ge-rencia Local Moquegua”, del Jefe de la Oficina de Auditoría Interna del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria -PRONAA, se ha determinado que la Unidad OperativaMoquegua (actual Gerencia Local) en el proceso de adqui-sición de 5.090225 TM de “conserva de pescado en aguay sal”, llevado a cabo según “Términos de Referencia Nº 30-2001-MOQUEGUA”, dejó de aplicar al proveedor “Con- sorcio Pesquero Rodríguez S.A.” la penalidad por incumpli-miento en el plazo de entrega ascendente a S/. 1,285.01(Mil doscientos ochenta y cinco y 01/100 Nuevos Soles),conforme lo establece el Art. 142º del Reglamento de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado y lo pactado en la Cláusula Cuarta del “Contrato de Compra Venta Nº 30”, suscrito entre los señores José Antonio Valdivia Chum-pitaz y William Alberto Pacherres García, ex Jefe y exAdministrador de la Unidad Operativa Moquegua con elseñor Luis Rolando Rodríguez Villanueva, representantede la empresa precitada; ocasionando perjuicio económico en agravio del PRONAA; Que, mediante Cartas Notariales Nºs. 048025 y 048036, ambas emitidas con fecha 9.2.2004, la Directo-ra Ejecutiva del PRONAA comunicó a los señores JoséAntonio Valdivia Chumpitaz y William Alberto PacherresGarcía, que han incurrido en responsabilidad adminis- trativa, entre otros, por la omisión de aplicación de pena- lidades por incumplimiento del plazo contractual, previs-to en el Art. 142º del Reglamento de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, ocasionando perjui-cio económico al PRONAA ascendente a S/. 1,285.01(Mil doscientos ochenta y cinco y 01/100 Nuevos Soles) y les solicitó que devuelvan el referido monto a la institu- ción en forma prorrateada; Que, a la fecha los señores referidos en el párrafo precedente no han cumplido con devolver el montomencionado; por lo que habiéndose agotado la víaadministrativa sin éxito; corresponde autorizar al Pro- curador Público del MIMDES, para que inicie las ac- ciones judiciales pertinentes para lograr el referido re-cupero; Que, el inciso f) del artículo 15 de la Ley Nº 27785, establece que los informes elaborados en base a accio-nes de control tienen el carácter de prueba preconstituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; Con la opinión favorable de la Dirección General de Asesoría Jurídica del MIMDES contenida en el InformeNº 1863-2004-MIMDES/DGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; en el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social,aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES,modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIM-DES; en el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representa- ción y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modifi- cado por el Decreto Ley Nº 17667; y en el Decreto Su-premo Nº 004-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Mi- nisterio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, paraque inicie las acciones judiciales que correspondan con-tra los señores José Antonio Valdivia Chumpitaz y WilliamAlberto Pacherres García, comprendidos en el InformeNº 022-2003-2-4411 “Examen Especial sobre presun- tas irregularidades en la Gerencia Local Moquegua”; y contra aquellos que resulten responsables, por los fun-damentos expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción, así como los antecedentes del caso, al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministe- rio de la Mujer y Desarrollo Social, para los fines perti-nentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 00536