Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2005 (26/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 80

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G33/G37/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 26 de enero de 2005 y la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los diez (10) díashábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo Tercero.- Disponer que el Plan Anual apro- bado se ponga a disposición de los interesados en laSubgerencia de Logística para su adquisición al costo de su reproducción. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Munici- pal, Gerencia de Administración y Finanzas, Geren- cia de Planeamiento y Presupuesto, Subgerencia de Logística, el cumplimiento de la presente Resolu-ción. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 01592 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F /G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2005-MDPP Puente Piedra, 3 de enero de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: la Ordenanza Municipal Nº 036-2004 de fe- cha 25 de junio del 2004 donde aprueban la realizaciónde matrimonios comunitarios; CONSIDERANDO: Que, el Estado y la Comunidad protegen a la Familia, promueven el Matrimonio, reconociéndoseles como Ins-titutos Naturales y Fundamentales de la Sociedad, al amparo del Art. 4º de la Constitución Política del Perú; Que, el Código Civil en su Art. 233º establece que la regularización jurídica de la Familia, tiene por finalidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento, en armo- nía con los principios y normas proclamados en la Cons-titución Política del Perú; Que, existen en el distrito de Puente Piedra, numero- sas parejas que viven en unión de hecho y que deseanformalizar su estado civil, contrayendo Matrimonio; Que, proteger a la Familia y promover el Matrimonio como Institución Natural y Fundamental de la Sociedadcautelando su Legalidad Jurídica, es deber que los Go- biernos Locales tienen; Que, mediante Informe Nº 0001-2005-MDPP-ORRCC de fecha 3 de enero del 2005, la Oficina de Registro Civil ha propuesto la realización del Matrimonios Comunitarios para el 12 de febrero, en vísperas de celebrarse un Aniversariomás de la creación del distrito de Puente Piedra, y para el 27 de agosto por conmemorarse un Aniversario de Santa Rosa de Lima. Asimismo resulta pertinente autorizar lacelebración de los Matrimonios comunitarios en la fechas que las Iglesias Evangélicas, Católicas u Otras lo requie- ran en el presente año; Que, estando a lo antes expuesto, a lo establecido en Libro de Familia, Arts. 233º, 234º, y 248º del Código Civil, a las facultades conferidas al Concejo en la LeyOrgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, Art. 9º, y la Ordenanza Municipal Nº 036-2004-MDPP; SE DECRETA:Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del Matrimonio Comunitario para el 12 de febrero, vísperas de celebrarse un Aniversario más de la creación deldistrito de Puente Piedra, debiendo recepcionarse los documentos a partir del 12 de enero hasta 8 de febrero. Artículo Segundo.- AUTORIZAR la celebración del Matrimonio Comunitario para el 27 de agosto, por con-memorarse un Aniversario más de Santa Rosa de Lima, debiendo recepcionarse los documentos a partir del 11de julio hasta el 20 de agosto. Artículo Tercero.- AUTORIZAR como pago para cada evento S/. 75.00 Nuevos Soles por pareja y los gastosque ocasionen serán asumidos por la entidad. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR la realización de la ce- lebración de los Matrimonios Comunitarios en las fechasque las Iglesias Evangélicas, Católicas u Otras Institucio- nes lo requieran en el presente año, y el costo por cada pareja será de S/. 35.00 Nuevos Soles y los gastos queocasione serán asumidos por la entidad solicitante. Artículo Quinto.- AUTORIZAR que para los Matri- monios Comunitarios a realizarse por la Municipalidad yOtras Instituciones los Exámenes Médicos Prenupcia- les de los contrayentes deberán realizarse en el Centro Médico Municipal y/o en otra Área de Salud los mismosque asumirán sus costos. Artículo Sexto.- Las parejas interesadas en con- traer Matrimonio Civil Comunitario, deberán cumplir conpresentar los siguientes documentos: a) Partida de Nacimiento Original de cada uno de los con- trayentes, o en su defecto la respectiva dispensa judicial. b) Original y Copia Fedateada de los Documentos de Identidad de cada uno de los contrayentes. c) Certificado de Domicilio de cada uno de los contra- yentes. d) Certificado Médico Prenupcial de cada uno de los contrayentes. e) Recibo de Pago por el derecho de celebración del Matrimonio, debidamente cancelado. f) Dos (2) testigos mayores de edad, adjuntando co- pia de su Documento de Identidad. En caso de contrayentes viudos o divorciados, ade- más deberán presentar: 1) Partida de Original de Defunción del contrayente anterior o Partida de Matrimonio con la respectiva Acta de Disolución en Anotación Marginal, según sea el caso. 2) Declaración Jurada legalizada ante el Notario Públi- co, que acredite tener o no la administración de los bie- nes de hijos habidos en anterior Matrimonio. Y los Menores de Edad deberán presentar los mis- mos requisitos más la Autorización de los Padres, Judi-cial y/o Notarial. Artículo Sétimo.- DISPENSAR de la publicación de los Edictos a las parejas que se acojan al MatrimonioCivil Comunitario dispuestos en los artículos primero, segundo y cuarto. Artículo Octavo.- AUTORIZAR el traslado de los libros fuera de esta corporación edil para la celebración de los matrimonios comunitarios antes citados. Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Secretaría Ge- neral, Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Subgerencia de Logística, Subgerencia de Personal, Oficina de Imagen y Protocolo, Oficina de ParticipaciónVecinal y Oficina de Registro Civil para el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase. RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 01558 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO /G4D/G75/G6C/G74/G61/G6E/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G79/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G64/G65/G6D/G6F/G6C/G69/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G73/G20/G73/G69/G6E/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61 RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 0024-MDSB-GDUO San Bartolo, 21 de diciembre del 2004