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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2005 (27/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 190

TEXTO PAGINA: 159

PÆg. 285543 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de enero de 2005 10. La Gerencia de Gestión Electoral remitirá las constancias de verificación que resulten del reproce- so a la Secretaría General la que, a su vez, las pondrá en conocimiento del Registro de Organizaciones Políti-cas. 11. La Gerencia de Gestión Electoral sellará las lis- tas de adherentes y los formatos LA020, LA002 y LA003de la organización política a la que se refiere la resolu- ción del Registro de Organizaciones Políticas, con la frase "DEJADO SIN EFECTO EN MÉRITO A LARESOLUCIÓN Nº....... OROP/JNE". 12. La Gerencia de Información y Educación Electo- ral publicará en la página web, los resultados de losregistros liberados y reprocesados, una vez culminado el proceso." Regístrese, comuníquese y publíquese. BENITO PORTOCARRERO GRADOS Jefe Nacional (e) 01652 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales a presuntos responsables de la comisión de delitos contra la fe pœblica e informÆticos RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 877-2004-JEF/RENIEC Lima, 30 de diciembre de 2004Visto, el Oficio Nº 9940-2004/GP/SGDAC/HYC RE- NIEC y el Informe Nº 1375-2004-GAJ/RENIEC, emitidopor la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 22 de diciembre del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, en su permanentelabor fiscalizadora, así como del proceso de depura- ción inherente al procedimiento administrativo, ha de- tectado que los ciudadanos FLOR DE MARIA GUZ-MÁN FLORES DE HAEDO, ISABEL CRISTINA MO- RAL PAZ, ORESTES ORDINOLA SALAZAR, DAVID ANGEL RODRÍGUEZ GARCÍA, SARA POZOÑAHUINCOPA DE ANAYA y GREGORIO B MORI CA- DENILLAS, en atención del principio de veracidad de las declaraciones para el procedimiento registral soli-citaron ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil tramites de rectificación y duplicado de sus respectivas inscripciones, las mismas que fueronmateria de enmiendas, practicadas en forma fraudu- lenta, las que fueron realizadas sin contar con el sus- tento de ley, haciendo introducir de esta forma datosfalsos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, con la intención de obtener el Documento Nacional de Identidad conteniendo infor-mación falsa. Es de señalar que estas enmiendas fue- ron realizadas días previos a las solicitudes de recti- ficación y duplicado, respectivamente; Que, dada la forma y circunstancias cómo se han presentado los hechos, se presume que nuestros archi- vos magnéticos han sufrido alteraciones, practicadaspor personas no autorizadas, hecho que deviene en la comisión de los llamados Delitos Informáticos señala- dos en los artículos 207º-A, 207º-B y 207º-C del CódigoPenal, en tanto se presentan los hechos que el agente ingresa indebidamente a una base de datos con el fin de alterar el contenido del mismo, mas aún se agrava si elagente hace uso de información privilegiada en función de su cargo, conducta antijurídica precisada en los tipos penales precitados;Que, la Subgerencia de Depuración y Archivo Cen- tral, en estricto cumplimiento del artículo 67º inciso 9 del Decreto Ley Nº 14207, ha cancelado las inscripcio- nes materia de las enmiendas sin sustento, esto ensalvaguarda de la seguridad y del trafico jurídico de los documentos, a fin de mantener la fidelidad de los datos contenidos en el Registro, dejando a salvo elderecho de los ciudadanos a reinscribirse con sus documentos de ley; Que, los hechos antes descritos constituyen indicios razonables de la comisión del presunto Delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsedad Ideológica y Delitos Informáticos, previstos y sancionados en los ar-tículos 428º, 207º-A, 207º-B y 207º-C del Código Penal vigente; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en atención al considerando precedente re- sulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Iden-tificación y Estado Civil, para que interponga las accio- nes legales que correspondan en defensa de los intere- ses del Estado y del Registro Nacional de Identificacióny Estado Civil, contra FLOR DE MARIA GUZMÁN FLO- RES DE HAEDO o FLOR DE MARIA GUZMÁN FLO- RES DE AEDO, ISABEL CRISTINA MORAL PAZ, ORES-TES ORDINOLA SALAZAR o TITO ORESTES ORDI- NOLA SALAZAR, DAVID ANGEL RODRÍGUEZ GAR- CÍA o DAVID KUSAKABE MEZA, SARA POZO ÑAHUIN-COPA DE ANAYA o SARA POZO ÑAHUINCOPA, GRE- GORIO B MORI CADENILLAS o GREGORIO BONIFA- CIO MORI CADENILLAS y los que resulten responsa-bles; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y re-presentación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan, contra FLOR DE MARIA GUZMÁN FLORES DE HAEDO o FLOR DEMARIA GUZMÁN FLORES DE AEDO, ISABEL CRISTI- NA MORAL PAZ, ORESTES ORDINOLA SALAZAR o TITO ORESTES ORDINOLA SALAZAR, DAVID ANGELRODRÍGUEZ GARCÍA o DAVID KUSAKABE MEZA, SARA POZO ÑAHUINCOPA DE ANAYA o SARA POZO ÑAHUINCOPA, GREGORIO B MORI CADENILLAS oGREGORIO BONIFACIO MORI CADENILLAS y los que resulten responsables por presuntos Delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsedad Ideológica y DelitosInformáticos en agravio del Estado y del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase los actuados al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 01686 Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales a presuntos responsablesde la comisión de delitos contra la fepœblica y contra la familia RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 005-2005-JEF/RENIEC Lima, 4 de enero de 2005Visto, el Oficio Nº 10470-2004-GP/SGDAC/HYC RE- NIEC, el Informe Nº 141-2004-GP/SGDAC/HYC RENIECy el Informe Nº 1389-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 27 de diciem- bre del 2004.