Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2005 (28/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

MORDAZA, viernes 28 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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Memorandum Nº 005-2004-MSB-GG-GCG considera viable la aprobacion del proyecto siempre y cuando se cuente con la garantia de los aportes de FUNDADES e IPD, por cuanto el gasto que ocasione la operacion y mantenimiento del programa se encuentra debidamente sustentada en el presupuesto de la Gerencia de Desarrollo Humano para el Ano Fiscal 2004. Que, mediante Informe Nº 123-2004-MSB-GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica senala que en vista de la situacion y de las aprobaciones correspondientes es de la opinion se eleve al Concejo para aprobacion del proyecto. Que, la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en su numeral 20) del articulo 9º establece como atribucion del Concejo el aceptar donaciones, legados subsidios o cualquier otra liberalidad. Que, de otro lado la Ley Nº 28128, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, seran aprobadas por resolucion del Titular del Pliego, la misma que consignara la fuente donante y el destino de estos recursos. Estando a lo expuesto y conforme a lo establecido en el inciso 20) del articulo 9º y articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal, y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta. ACORDO: Articulo Primero.- Aceptar la donacion efectuada por el Fondo Canadiense para Iniciativas Locales - FCIL, consistente en $ CAN 25,200 dolares canadiense ($ 16, 800 dolares americanos) la misma que sera destinada para cubrir los gastos de materiales para la construccion de la infraestructura de la MORDAZA deportiva y adecuacion del MORDAZA y la adquisicion de un modulo de juegos ludicos y recreativos para ninos con discapacidad, en el distrito de San Borja; en via de regularizacion. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente acuerdo a la Gerencia de Desarrollo Humano. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional curse comunicacion de agradecimiento al representante del Fondo Canadiense para Iniciativas Locales - FCIL, por la donacion efectuada. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01706

sobre Ingresos Provenientes del Impuesto Predial del periodo del 1 de enero al 31 de diciembre del 2002", el Organo de Control Institucional de la entidad recomendo al MORDAZA que remita el citado informe a la Comision Especial de Procesos Administrativos, a efectos de que califique y emita pronunciamiento sobre la procedencia de abrir MORDAZA administrativo a los ex funcionarios comprendidos en las 7 observaciones, encontrandose dentro de ellos el ex funcionario; Que, mediante Memorandum Nº 015-2004-MSB-A, el MORDAZA remitio a la Comision Especial de Procesos Administrativos el Informe Nº 001-2004-2-2695, a fin de que procedan a implementar la Recomendacion Nº 23; Que, en el citado Examen Especial se le atribuye responsabilidad administrativa a don MORDAZA MORDAZA Shoji Fukuda, ex Gerente de Informatica, por los hechos contenidos en las siguientes observaciones: Observacion Nº 1.- Las cuentas por cobrar a los contribuyentes al 31 de diciembre de 2002, muestran una distorsion de S/. 2'834,314.00. Observacion Nº 2.- Falta de castigo (quiebre) de deudas de recuperacion onerosa, menores o iguales a S/. 30.00 dispuesto por el Concejo Municipal. Observacion Nº 3.- Falta de copias de seguridad (backup) de la informacion procesada en el area de rentas y catastro durante el ejercicio 2002. Observacion Nº 5.- Contribuyentes con codigo cero y/o no definidos ascendente a S/. 2'444,112,00. Observacion Nº 6.- Contratacion de los servicios para la depuracion de datos historicos del sistema de rentas por S/. 74,600.00 sin cumplir con la normatividad establecida. Observacion Nº 7.- Implementacion y funcionamiento del sistema de rentas sin cumplir con la normatividad exigida. Que, de acuerdo a lo mencionado en el examen especial, le asistiria responsabilidad administrativa a don MORDAZA MORDAZA SHOJI FUKUDA, por incumplimiento del articulo 21º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 276, al no haber cumplido diligentemente con los deberes que le impone el servicio; Que, los descargos efectuados por el ex funcionario no resultaron suficientes para levantar las observaciones del organo de control, que le atribuye responsabilidad por la falta de control del sistema, la no realizacion de analisis tecnico de las cuentas del sistema informatico, manteniendo la distorsion de las cuentas por cobrar con saldos negativos aparentes; por incumplimiento de la Ordenanza Nº 248-CDSB, a traves de la cual se le encargo el cumplimiento de la depuracion y quiebre de cuentas onerosas, negligencia que no permitio la reclasificacion de saldos de cobranza dudosa; por la falta de implementacion de politicas de acceso y de copias de seguridad de la informacion procesada lo cual ponia en alto riesgo la informacion; por falta de monitoreo de las operaciones, controles inadecuados del sistema y no asesorar en el uso de tecnologia informatica a los usuarios, evidenciandose presencia de contribuyentes con codigo 0 y/o no definidos; por inaccion de funciones y por no velar el cumplimiento del plazo en el servicio incompleto prestado por la empresa MAPAS Peru SRL para la depuracion de datos historicos del sistema de rentas y por no velar por el cumplimiento de la normatividad de donaciones de equipos y software contenida en Directiva aprobada por Decreto de Alcaldia Nº 016-01-MSB, que dispone que la recepcion de donaciones de equipos y software debe contar con la aprobacion de la Gerencia de Informatica, habiendose implantado el sistema donado en el organo de Rentas, sin su aprobacion, generando registros inexactos para la labor de control y toma de decisiones, ademas de dependencia del proveedor y queja de usuarios; Que, conforme al ROF y MOF de la entidad, que fueran aprobados por Edictos Nºs. 001 y 002-MSB-C vigentes a la fecha de los hechos, constituye funcion del encargado de informatica, la implementacion de tecnologias, actualizacion del plan estrategico informatico, la cautela de que los servicios informaticos MORDAZA de calidad, actualizados, eficientes y rapidos, correspondiendole controlar y supervisar la actividad informatica;

Inician procesos administrativos disciplinarios a ex funcionarios de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 042-2005-MSB-A San MORDAZA, 26 de enero de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA VISTO, el Informe Nº 01-2005-MSB-CEPAD de la Comision Especial de Procesos Administrativos de la Municipalidad, que da cuenta del Informe Nº 001-2004-2-2695 "Examen Especial sobre Ingresos Provenientes de Impuesto Predial - Periodo del 1 de enero al 31 de diciembre del 2002", que fuera elaborado por el Organo de Control Institucional de la Municipalidad, dentro del cual se le atribuye a don MORDAZA MORDAZA SHOJI FUKUDA ex Gerente de Informatica de esta Municipalidad, la comision de la falta de caracter disciplinario contemplada en el Articulo 21º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 276; CONSIDERANDO: Que, conforme a la Recomendacion Nº 23 contenida en el Informe Nº 001-2004-2-2695 "Examen Especial

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