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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2005 (28/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 69

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G36/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 28 de enero de 2005 Artículo 3º.- PROCEDIMIENTO DEL BENEFICIO ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN.- Los comercian- tes instalados en puestos, kioscos, depósitos y tiendasdel Mercado Municipal Nº 2 que no tuvieran autorizaciónpara conducir los mismos o la que tuvieron hubiera expi-rado, deberán presentar una solicitud de acogimiento alpresente beneficio, dirigida al Alcalde, en un formato quese recabará en la Plataforma de Atención de la Unidadde Trámite Documentario y Archivo. A dicha solicitud se deberá acompañar: a) Recibo de pago por el derecho de trámite, ascendente a S/. 150 (CIENTO CINCUENTA NUEVOSSOLES) emitido por la Subgerencia de Tesorería de laMunicipalidad Distrital de Barranco. b) Copia simple del Documento Nacional de Identi- dad del solicitante. c) Copia fedateada del documento en virtud del cual la Municipalidad Distrital de Barranco le otorgó la autori-zación para conducir el puesto, kiosco, depósito o tien-da, que hubiera vencido, si la tuvieran. d) Copia del recibo de pago de arbitrios o merced conductiva u otro documento que acredite la conduc-ción del puesto, kiosco, depósito o tienda, para loscomerciantes que jamás hubieran tenido autorizaciónexpedida por la Municipalidad Distrital de Barranco. Dicha solicitud será resuelta por la Subgerencia de Comercialización, Fiscalización y Control, en un plazono mayor de 2 días útiles, con la expedición de la reso-lución correspondiente. Artículo 4º.- VIGENCIA.- Establecer la vigencia de la presente ordenanza hasta el 28 de febrero del 2005. Artículo 5º.- Encargar el cumplimiento de la presen- te ordenanza a la Subgerencia de Comercialización, Fis-calización y Control de la Gerencia de AdministraciónFinanciera y Tributaria y a la Subgerencia de Tesorería. Artículo 6º.- Facultar al Despacho de Alcaldía para que, mediante Decreto de Alcaldía pueda ampliar el pla-zo de vigencia de la presente ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 01930 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G50/G72/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G50/G61/G67/G6F ORDENANZA Nº 166-MPL Pueblo Libre, 27 de enero de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 001-2005-MPL/CPL-CPDE de la Comisión Permanentede Desarrollo Económico; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú de 1993 y su modificatoria, Ley de Reforma Constitucio-nal Nº 27680, en concordancia con el Artículo II del TítuloPreliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos desu competencia y les otorga potestad tributaria; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario - Decreto SupremoNº 135-99-EF modificada por Decreto Legislativo Nº 953, establece que los Gobiernos Locales pueden crear,modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, dere-chos y licencias o exonerar de ellos dentro de su juris-dicción y con los límites que señala la Ley; Que, los artículos 27º y 41º del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, facultan excepcionalmente a los gobier-nos locales a condonar con carácter General, los intere-ses moratorios y las sanciones respecto a los tributosque administren; Que, es necesario dinamizar la recaudación tributaria, promoviendo el pago de los tributos antes de su venci-miento establecido en el cronograma correspondiente,otorgando en el presente ejercicio, un descuento especialpara aquellos contribuyentes que no puedan acceder aotros beneficios otorgados por esta Corporación Edil; En uso de las atribuciones conferidas por los artícu- los 9º numeral 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipali-dades - Ley Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANI-MIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aproba-ción del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Otorgar un beneficio por “Pronto Pago”, consistente en un descuento ascendente al 10%(diez por ciento) de los arbitrios de Limpieza Pública, Par-ques y Jardines y Serenazgo del 2005, a los contribuyentesque efectúen la cancelación por adelantado de todo el año2005, hasta el 28 de febrero del 2005, para lo cual deberánpreviamente cumplir con las siguientes condiciones. a) Para aquellos contribuyentes que tengan obligacio- nes pendientes de pago al 31 de diciembre del 2004,éstas deberán ser canceladas y/o fraccionadas, para locual, el monto a fraccionar estará constituido por el queaparece en su estado de cuenta corriente. Condiciones del Fraccionamiento Monto a Cuota Nº de Cuotas Fraccionar Inicial Hasta 1 UIT 10% De 2 a 12 Más de 1 UIT 10% De 2 a 15 hasta 4 UIT Más de 4 UIT 10% De 2 a 20 Excepcionalmente, la Oficina de Administración Tributa- ria en coordinación con la Unidad de Recaudación y siem-pre que el caso lo amerite, autorizará la disminución de lacuota inicial y/o ampliación del número de cuotas. La cuotainicial del fraccionamiento será equivalente al 10% (diez porciento) de la deuda Tributaria, en ningún caso será menor aS/. 50.00, al igual que las cuotas del fraccionamiento. b) Aquellos contribuyentes que hubieran suscrito conve- nios de fraccionamientos, podrán acogerse al presente bene-ficio si se encontraran al día en su calendario de pagos. c) Los casos no previstos para la suscripción del con- venio de fraccionamiento, se regirán por lo dispuesto en laDirectiva Nº 001-1996-DR-MPL, que aprueba el Régimende aplicación de fraccionamientos tributarios, así como elartículo 36º del Texto Único Ordenado del Código Tributa-rio, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-EF-99. Artículo Segundo.- El beneficio señalado en la presente Ordenanza, no será acumulable a los benefi-cios otorgados mediante la Ordenanza Nº 158-MPL defecha 9 de diciembre del 2004. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administra- ción Tributaria y a la Oficina de Informática, el cumplimientode la presente Ordenanza, a la Oficina de ComunicaciónSocial su difusión y a la Oficina de Administración, su publi-cación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 01939