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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G35/G36/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 28 de enero de 2005 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G2D/G72/G61/G20/G30/G30/G35/G3A/G47/G52/G55/G20/G2D/G20/G43/G61/G72/G72/G65/G74/G65/G72/G61/G20/G46/G65/G64/G65/G72/G69/G63/G6F/G20/G42/G61/G73/G61/G2D/G64/G72/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 U.E. CARRETERA FEDERICO BASADRE RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 016-2005-GRU-UE:CFB/DE Pucallpa, 14 de enero del 2005VISTOS: EL Informe Nº 011-2005-GRU-UE:CFB-DA/ ABAST, de la Oficina de Abastecimiento, donde solicitaAprobación mediante Resolución Directoral Ejecutiva delPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Esta-do del Año 2005, de la Unidad Ejecutora Carretera Fede-rico Basadre. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe de Visto, la Oficina de Abas- tecimiento solicita aprobación mediante Resolución Di-rectoral Ejecutiva del Plan Anual de Adquisiciones y Con-trataciones de Bienes, servicios y Obra del año Fiscalde la Unidad Ejecutora 005: GRU -Carretera FedericoBasadre correspondiente al año fiscal 2005. Que, el Art. 7º del D.S. Nº 083-2004-PCM del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado establece la Obligación de cada Enti-dad de Elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Con-trataciones, el mismo que debe prever los Bienes, Servi-cios y Obras, que se requieran durante el Ejercicio Pre-supuestal indicándose al respecto que el referido Planserá aprobado por el Titular del Pliego. Que, de conformidad con lo establecido en los Arts. 22º, 23º y 25 del D.S. Nº 084-2004-PCM – Reglamento dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. ElPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones deben seraprobado sujeto a las reglas de los referidos artículos deconformidad con la Asignación Presupuestal Aprobada. Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contratación yAdquisiciones del Estado y su Reglamento, D.S. Nº 084-2004-PCM; en uso de las facultades conferidas medianteResolución Ejecutiva Regional Nº 0142-2005-P-GRU, de fe-cha 11 de febrero del 2004 y visto bueno de Asesoría Legal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, el Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 005:GRU - Carretera Federico Basadre, Ejercicio Fiscal Año2005, que en Veinte (20) folios útiles forma parte inte-grante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento del Con- sejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado - CONSUCODE y de la Comisión de Promoción dela Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, la presenteResolución, en el término de ley, así como disponer supublicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- DISPONER, que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado aprobado porel Artículo Primero, esté a disposición de los interesa-dos, de conformidad a lo establecido en el Articulo 26ºdel Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Regístrese, comuníquese y archívese. OSCAR A. BARRETO VASQUEZ Director Ejecutivo 01975/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G74/G65/G6D/G2D /G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G64/G75/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G73/G2C/G20/G6B/G69/G6F/G73/G2D/G63/G6F/G73/G2C/G20/G64/G65/G70/GF3/G73/G69/G74/G6F/G73/G20/G79/G20/G74/G69/G65/G6E/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G32 ORDENANZA Nº 221-MDB Barranco, 25 de enero del 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCOVISTO:El Informe Nº 005-2005-GAFT/MDB de la Gerencia de Administración Financiera y Tributaria sobre otorga-miento de beneficio de descuento de los interesesgenerados por las deudas de arbitrios y merced con-ductiva de los comerciantes del Mercado Municipal Nº 2y otorgamiento de beneficio especial de regularizaciónde su situación en calidad de conductores, en la SesiónOrdinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Administración Financiera y Tri- butaria informa que parte de los comerciantes conduc-tores de puestos, kioscos, depósitos y tiendas del Mer-cado Municipal Nº 2, han regularizado sus pagos res-pecto de la merced conductiva y arbitrios adeudados,acogiéndose al beneficio de descuento otorgado me-diante Ordenanza Nº 219-MDB, y que incentivaríamosque la totalidad de los comerciantes cumplan con todassus obligaciones pendientes con la Municipalidad Distri-tal de Barranco, con el otorgamiento de este beneficio,poniendo como plazo máximo el 28 de febrero del 2005; Que, asimismo, mediante Acuerdo Nº 034-03-CDB, de fecha 4 de abril del 2003, se conformó la Comisión dePrivatización del Mercado Municipal Nº 2; Que, con la finalidad de viabilizar el proceso de privatización del Mercado Municipal Nº 2, resulta nece-sario regularizar la situación de los conductores de lospuestos, kioscos, depósitos y tiendas que no tuvieranvigente la autorización en virtud de la cual los conducen,estableciendo un procedimiento especial; Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales ydistritales, y las delegadas conforme a ley, son los órga-nos de gobierno local y tienen autonomía política, eco-nómica y administrativa en los asuntos de su compe-tencia; De conformidad a lo dispuesto por el artículo 9º nu- meral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Munici-palidades y por unanimidad ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- EXONERACIÓN.- Exonerar a los conductores de puestos, kioscos, depósitos y tiendasdel Mercado Municipal Nº 2 del pago de los interesesgenerados por la demora en el pago de merced conduc-tiva y arbitrios. Artículo 2º.- BENEFICIO ESPECIAL DE REGULA- RIZACIÓN.- Establecer el beneficio especial y temporal de regularización de la situación de los conductores depuestos, kioscos, depósitos y tiendas del Mercado Mu-nicipal Nº 2. El presente beneficio será aplicado a los comercian- tes que conducen puestos, kioskos, depósitos y tiendasdel Mercado Municipal Nº 2, que, al 25 de enero del2005, no tuvieran autorización o la que tuvieron hubieraexpirado de conformidad con la Ordenanza MunicipalNº 002-87-MDB.