Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2005 (28/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, viernes 28 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso), en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 01695

UNIVERSIDADES
Disponen homologacion de remuneraciones de docentes ordinarios de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica
UNIVERSIDAD NACIONAL "SAN MORDAZA GONZAGA" DE ICA RESOLUCION RECTORAL Nº 1190-R-UNICA-2004 Ica, 6 de diciembre del 2004 VISTOS: La sentencia del Tribunal Constitucional, recaida en el Expediente Nº 256-2002-AA/TC, de fecha 16 de octubre del 2002, y la Sentencia del Tribunal Constitucional, recaida en el Expediente Nº 1951-2003-AC/TC, de fecha 23 de MORDAZA del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Universitaria Nº 23733, en su articulo 53º dispone que las remuneraciones de los docentes de las Universidades Publicas, se homologan con las correspondientes a la de los magistrados del Poder Judicial; independientemente a las remuneraciones complementarias establecidas por la Ley, cualquiera sea su determinacion; estableciendose ademas que la remuneracion del docente nombrado, no puede ser inferior a la de un Juez de Primera Instancia; Que, los docentes de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica como sujetos de Derecho, se encuentran amparados por el articulo anteriormente referido a fin de que se proceda con caracter imperativo y erga omnes disponer la homologacion; Que, el articulo 53º de la Ley Universitaria Nº 23733, conforme a lo dispuesto por el articulo 195º de la entonces vigente Constitucion Politica de 1979, rige a partir de enero de 1984, MORDAZA que mantiene su vigencia al am-

paro de los articulos 103º y 109º de la Constitucion Politica del Estado; Que, la Accion de Cumplimiento como accion de garantia consagrada por nuestra Constitucion vigente, en su Art. 200º numeral 6, tiene por objeto hacer cumplir por parte de la autoridad o funcionario publico el mandato de la Ley; Que, segun Accion de Cumplimiento incoada por el profesor Asociado MORDAZA MORDAZA Pastana MORDAZA, esta ha sido declarada fundada por el MORDAZA Tribunal Constitucional, estando a la fecha en Ejecucion de Sentencia, a nivel del Juzgado de origen de la Corte Superior de Huaura; el mismo que segun Resolucion Nº 13 del 30 de octubre del 2003, ha ordenado se disponga la homologacion de sus remuneraciones en su condicion de docente universitario, con lo que corresponda a un Magistrado del Poder Judicial; Que, la Sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 23 de MORDAZA del 2004, recaida en el Expediente Nº 1951-2003-AC/TC, sobre Accion de Cumplimiento, ha pasado en autoridad de cosa juzgada, por lo que la referida sentencia en forma definitiva ha ordenado el cumplimiento del articulo 53º de la Ley Universitaria, de conformidad con el articulo 139º de la Constitucion Politica del Estado y en MORDAZA a lo dispuesto con el articulo 25º de la Convencion Americana de Derechos Humanos; Que, es MORDAZA rector del Derecho, que donde existe la misma razon existe el mismo derecho; por lo que tanto los docentes universitarios de nuestra MORDAZA Superior de Estudios, asi como todos los docentes de las Universidades Publicas del pais; se encuentran comprendidos en lo resuelto por la referida sentencia del Tribunal Constitucional; Que, conforme al articulo 118º incisos 1) y 9) de la Constitucion Politica del Estado, el senor Presidente de la Republica, el Consejo de Ministros y en particular el Ministerio de Economia y Finanzas, estan en la obligacion de cumplir y hacer cumplir las leyes asi como cumplir las sentencias y resoluciones judiciales con naturaleza de cosa juzgada; Que, conforme a lo establecido en el articulo 18º de la Constitucion Politica y de los articulos 1º y 4º de la Ley Universitaria, las universidades gozan de plena autonomia dentro del MORDAZA constitucional, el respeto a la Ley y a sus propios Estatutos; En uso de las atribuciones que confiere la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Universidad; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DISPONER la homologacion de las remuneraciones de los docentes ordinarios de la universidad en atencion a lo resuelto por el Tribunal Constitucional en cumplimiento a lo ordenado por el articulo 53º de la Ley Universitaria Nº 23733. Articulo 2º.- REQUERIR al Ministerio de Economia y Finanzas a fin de que disponga la habilitacion de las partidas presupuestales que permitan dar cumplimiento integral al mandato jurisdiccional. Articulo 3º.- DISPONER la remision de la presente Resolucion al senor Presidente de la Republica, al Tribunal Constitucional, al Ministerio de Economia y Finanzas y la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayor circulacion en la jurisdiccion. Articulo 4º.- DISPONER que el cumplimiento de la presente Resolucion estara sujeta a la atencion por parte del Ministerio de Economia y Finanzas de lo dispuesto en el resolutivo anterior. Articulo 5º.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a los interesados y a las demas instancias pertinentes, para su cumplimiento y demas fines. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA CAPARO MORDAZA Rector 01890

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