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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (05/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G33/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 5 de febrero de 2005 De conformidad a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, En uso de las atribuciones contenidas en el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y artículo 5º de la Resolución Ministerial Nº 505-98-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 371-94-PE que otorgó permiso de pesca a favor de PEEA LA UNION S.R.L., para operar la embar- cación pesquera de bandera nacional denominada“ROSA”, con matrícula Nº CO-0194-PM y 46.81 de ar- queo neto; entendiéndose que la capacidad de bodega es de 190.59 m 3 por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 371-94-PE y modificado por el artículo 1º de la presente resolución, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional “ROSA”, con matrícula Nº CO-0194-PM, de 190.59 m 3 de capacidad de bodega, a favor de INVERSIONES PESQUERAS NANDO S.A.C., en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 3º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolución será ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, queestablece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas porsu incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 003-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de la bodega de la embarcación debe mantener implementado yoperativo el medio o el sistema de preservación a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 4º. - Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca a favor de PEEA LA UNION S.R.L., para operar la embarcación pesquera de bandera nacional “ROSA», otorgado por Resolución Ministerial Nº 371-94-PE. Artículo 5º.- Excluir a PEEA LA UNION S.R.L. y a la Resolución Ministerial Nº 371-94-PE en el literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRO-DUCE y del Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE. Artículo 6º.- Incorporar a INVERSIONES PESQUE- RAS NANDO S.A.C. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera “ROSA” con matrícula Nº CO-0194-PM, así como la presenteresolución, en el literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución Directo- ral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigi- lancia del Ministerio de la Producción, a las DireccionesRegionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Mi- nisterio de Defensa, y consignarse en el Portal de la PáginaWeb del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA DONGO AREVALO Directora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 02581 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G72/G20/G65/G6D/G62/G61/G72/G63/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G72/G75/G70/G6F /G53/G69/G6E/G64/G69/G63/G61/G74/G6F/G20/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 335-2004-PRODUCE/DNEPP Lima, 17 de diciembre de 2004 Visto el escrito de registro Nº CE-06862003 de fecha 3 de setiembre del 2004, presentado por GRUPO SINDI-CATO PESQUERO DEL PERU S.A.CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 1 del literal c) del artículo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, para el desarrollo de las activida-des pesqueras las personas naturales y jurídicas re- querirán de permiso de pesca para la operación de em- barcaciones pesqueras de bandera nacional; Que por Resolución Directoral Nº 111-2002-PRODU- CE/DNEPP de fecha 19 de noviembre de 2002, se otorgó a GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A.,autorización de incremento de flota vía sustitución de la embarcación no siniestrada “PEGUISA III”, de matrícula Nº CO-16634-CM, con 118.68 m 3 de capacidad de bode- ga, para operar la embarcación pesquera “YUTTA XIII” de matrícula Nº CE-2463-PM, con 116.95 m3 de capaci- dad de bodega, con sistema de preservación RSW a bor-do, en la extracción de los recursos jurel y caballa, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las diez (10) millas costeras, para destinarlos al consumo humano directo,utilizando red de cerco de 1 ½ pulgadas (38 mm.); Que mediante Resolución Directoral Nº 037-2003-PRO- DUCE/DNEPP de fecha 31 de enero de 2003, se amplió laautorización de incremento de flota otorgada a GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. por Resolución Directoral Nº 111-2002-PRODUCE/DNEPP, entendiéndo-se que la embarcación pesquera “YUTTA XIII” de matrícu- la Nº CE-2463-PM, con 116.95 m 3 de capacidad de bode- ga, tiene acceso además de los recursos jurel y caballacon destino al consumo humano directo, a los recursos anchoveta y sardina en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, para destinarlos al consu-mo humano indirecto, utilizando red de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgadas (38 mm.), respectivamente; Que mediante Resolución Directoral Nº 083-2003-PRO- DUCE/DNA, de fecha 29 de octubre de 2003, se otorgó permiso de pesca, a plazo determinado, a GRUPO SINDI- CATO PESQUERO DEL PERU S.A. para operar la embar-cación pesquera denominada “YUTTA XIII” con matrícula Nº CO-2463-PM, para la extracción de los recursos hidrobiológi- cos anchoveta y sardina con destino al consumo humanoindirecto, modificándose además la Resolución Directoral Nº 111- 2002-PRODUCE/DNEPP, ampliada por Resolución Di- rectoral Nº 037-2003-PRODUCE/DNEPP, en el extremo re-ferido a la capacidad de bodega de la embarcación pesquera “YUTTA XIII”, entendiéndose que la referida embarcación cuenta con 116.26 m 3 de capacidad de bodega; Que el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 001-2002- PRODUCE de fecha 5 de setiembre de 2002, establece que los recursos sardina ( Sardinops sagax sagax ), jurel (Tra- churus picturatus murphy ) y caballa ( Scomber japonicus peruanus) serán destinados al consumo humano directo; Que a través del escrito del visto, la empresa GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A., solicita amplia- ción del permiso de pesca para operar la embarcación pes- quera “YUTTA XIII” de matrícula Nº CO-2463-PM y de 116.26m 3 de capacidad de bodega, en la extracción de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo, en aplicación de la autorización otorgada por Resolución Direc-toral Nº 111-2002-PRODUCE/DNEPP, ampliada por Resolu- ción Directoral Nº 037-2003-PRODUCE/DNEPP, y modifica- da por Resolución Directoral Nº 083-2003-PRODUCE/DNA,dentro del plazo establecido para su ejecución; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado que la recurrente hacumplido con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 5 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto SupremoNº 035-2003-PRODUCE, por lo que procede otorgar la am- pliación del permiso de pesca solicitada por la recurrente; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extrac- ción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 337- 2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con el visado de la Ofi-cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25977, Ley Gene- ral de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, Reglamento de Ordenamiento Pes- quero de Jurel y Caballa aprobado por Decreto SupremoNº 024-2001-PE y el procedimiento Nº 5 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produc- ción aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PE, y;