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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G33/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 6 de febrero de 2005 Artículo 2º.- La Comisión Especial será asistida por un Secretario Letrado, nombrándose para dicho efecto, al Sr.abogado Miguel Angel MARQUINA Pintado. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a los Miembros Titulares, Miembro Suplente y al Secretario Le- trado de la Comisión Especial. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 02689 INTERIOR /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G2D /G6E/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G2D/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0214-2005-IN Lima, 4 de febrero del 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 2178-2004-IN, de fecha 14 de octubre de 2004, se designó al señoreconomista Vicente GONZÁLEZ CARRASCO, en el CargoPúblico de Confianza de Director de Sistema Administrati-vo III, Categoría F-4, Director Adjunto de la Oficina General de Administración del Ministerio del Interior; Que, el precitado funcionario ha formulado su renuncia irrevocable al cargo público de confianza antes indicado; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia formulada por el señor economista Vicente GONZÁLEZCARRASCO, y así mismo, designar al funcionario corres- pondiente en el cargo público de confianza antes señalado; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Texto ÚnicoOrdenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministe-rio del Interior aprobado mediante el Decreto Supremo Nº003-2004-IN y lo dispuesto por la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombra- miento y Designación de Funcionarios Públicos - y estandoa lo propuesto; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurí- dica y de conformidad con el Reglamento de Organizacióny Funciones aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0512-B-93-IN/DM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- ACEPTAR, la renuncia formulada por el señor economista Vicente GONZÁLEZ CARRASCO, al car- go público de confianza de Director Adjunto de la Oficina General de Administración del Ministerio del Interior. Artículo 2º.- DESIGNAR a partir de la fecha de la pre- sente Resolución al señor abogado Raúl MENACHO MAR-CELO en el cargo público de confianza de Director deSistema Administrativo III, Categoría F-4, Director Adjunto de la Oficina General de Administración del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 02767 JUSTICIA /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G2D /G63/G6F/G20/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G6F/G20/G41/G64/G20/G48/G6F/G63/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61/G52/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G32/G37/G37/G2D/G32/G30/G30/G32/G2D/G4A/G55/G53 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 043-2005-JUS Lima, 3 de febrero de 2005Vista, la renuncia de fecha 31 de enero de 2005, pre- sentada por el Procurador Público Adjunto Ad Hoc, señorabogado Julio César Pantoja Carrera; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 277-2002-JUS, de fecha 23 de diciembre de 2002, se designó al señorabogado Julio César Pantoja Carrera, como ProcuradorPúblico Adjunto Ad Hoc, para los fines y facultades a que se refieren las Resoluciones Supremas Nº 240-2000-JUS, Nº 241-2000-JUS y Nº 133-2001-JUS; Que, con fecha 31 de enero de 2005, el citado funciona- rio ha formulado renuncia al cargo; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 25993 y la Ley Nº 27594; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del artí-culo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, la renuncia formulada por el se- ñor abogado JULIO CÉSAR PANTOJA CARRERA, comoProcurador Público Adjunto Ad Hoc, a que se refiere laResolución Suprema Nº 277-2002-JUS, dándosele las gra- cias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 02751 /G43/G6F/G6E/G63/G65/G64/G65/G6E/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G67/G72/G61/G63/G69/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G72/G61/G7A/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G68/G75/G6D/G61/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G61/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G2D/G73/G6F/G73/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G65/G6E/G69/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G79 /G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G61/G64/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 044-2005-JUS Lima, 3 de febrero de 2005 CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 1º de la Constitu- ción Política del Perú, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedady del Estado; Que, MARTIN ALONSO RENTERIA GUTIERREZ se encuentra interno en el Establecimiento Penitenciario Ré-gimen Cerrado Ordinario Lurigancho; Que, de acuerdo al Informe Médico Nº 255-04-INPE/ 17-233-DSP-JF y al Acta de Junta Médica Nº 431-04-INPE/EPRCOL de fechas 20 y 22 de octubre del presente año,respectivamente, al referido interno se le ha sido diagnos-ticado: Angina inestable, Hipertensión Arterial y Dislipide-mia; Que, estando a que la Constitución Política de 1993 en su artículo 139º inciso 22) establece que el régimen peni-tenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación yreincorporación del penado a la sociedad; Que, considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedad irreversible, la continuidad de la ejecución de la pena y prisión pierde todo sentido jurídico y moral; Que, el caso del referido interno, por la avanzada pato- logía que lo afecta, se adecua a los requerimientos delDerecho de Gracia Humanitario, por encontrarse debida-mente acreditado en los documentos antes mencionados; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º, 118º incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la ConstituciónPolítica del Perú; corresponde al Presidente de la Repúbli-ca dictar resoluciones y conceder indultos;