Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (06/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 21

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G34/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 6 de febrero de 2005 ACUERDO DE COOPERACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DEL GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO RELATIVO AL "PROYECTO INTEGRAL BINACIONAL FRONTERIZO ECUADOR-PERÚ" EC-PE/001 (ECU/008) El Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo abajo designados "las Par- tes Contratantes"; Considerando los lazos de amistad existentes entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del GranDucado de Luxemburgo; Reafirmando la adhesión a los principios de la Carta de las Naciones Unidas y a las reglas del derecho internacio- nal, así como a los valores democráticos y al respeto de losderechos humanos y subrayando la importancia de la De-claración Universal de los Derechos Humanos, la Declara-ción de Viena y el Programa de Acción de la Conferenciade Derechos Humanos en 1993; Reconociendo la importancia particular que dan a la protección del medio ambiente con el fin de lograr un desa-rrollo duradero; Considerando que la lucha contra la pobreza es uno de los objetivos esenciales de sus políticas de cooperación; Considerando los acuerdos de paz suscritos en Brasilia entre los Gobiernos de la República del Perú y de la Repú- blica del Ecuador el 26 de octubre de 1998; Considerando el Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Perú-Ecuador, cuyo objetivo es elevar elnivel de vida de las poblaciones del norte y nororiente delPerú y del sur y oriente del Ecuador; Convienen en lo siguiente: ARTÍCULO I El Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo se comprometen a colaborar en miras a la realización de un proyecto de cooperación de desarrollo tal como se describe en el documento marco del"Proyecto integral binacional fronterizo Ecuador-Perú" EC-PE/001. ARTÍCULO II El Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo otorga mandato a su Misión de Cooperación en Quito para ejecu-tar los compromisos correspondientes al Gobierno del GranDucado de Luxemburgo que se derivan de la aplicacióndel presente Acuerdo. El Gobierno de la República del Perú designa a la Di- rección Ejecutiva del Capítulo Perú del Plan Binacional deDesarrollo de la Región Fronteriza Perú Ecuador como con-traparte para cumplir las obligaciones que le incumben. ARTÍCULO III Las disposiciones del presente Acuerdo se aplican úni- camente al proyecto de cooperación de desarrollo "Pro-yecto integral binacional fronterizo Ecuador-Perú" EC-PE/01 (ECU/08). ARTÍCULO IV El objetivo estratégico del proyecto es elevar el nivel de vida de las poblaciones del norte y nororiente del Perú, elmismo que está establecido en el artículo 18º del AcuerdoAmplio Peruano Ecuatoriano de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad. Los objetivos específicos del pro- yecto serán los que se establezcan en el documento "Pro-yecto integral binacional fronterizo Ecuador-Perú" EC-PE/001. ARTÍCULO V El Proyecto será objeto, en vista de su realización, de un Protocolo que precisará las obligaciones que incumbena cada Parte. Este protocolo será firmado entre los Gobier-nos del Gran Ducado de Luxemburgo, de la República del Perú, y de la República del Ecuador. ARTÍCULO VI Las contribuciones y responsabilidades de las Partes Contratantes estarán definidos de la siguiente manera:VI.1. Contribuciones y responsabilidades del Gobier- no del Gran Ducado de Luxemburgo: VI.1.1. Asumir todos los compromisos y las actividades definidos en el Descriptivo de Proyecto, el cual es parte integrante del Protocolo que se suscribirá para el proyecto.En caso necesario, se podrán acordar otros proyectos con-siderados prioritarios por los dos Gobiernos. VI.1.2. Asumir todos los gastos que resulten de la asig- nación y de la actividad profesional del personal puesto a disposición por el Gobierno del Gran Ducado de Luxem- burgo. VI.1.3. Suministrar al personal puesto a disposición por el Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo, los equiposy materiales profesionales (vehículos incluidos) que nece-site para efectuar su trabajo en el marco del proyecto. Una vez concluida la cooperación del Gobierno del Gran Duca- do de Luxemburgo, dichos equipos y materiales serán do-nados a los beneficiarios del proyecto, de común acuerdoentre los Gobiernos del Gran Ducado de Luxemburgo y dela República del Perú. VI.1.4. Designar la(s) entidad(es) ejecutora(es) de los proyectos, asumiendo los gastos relacionados con los mis- mos. VI.1.5. Disponer que la entidad ejecutora brinde facili- dades al Gobierno del Perú para la supervisión del diseñotécnico y ejecución del Proyecto. VI.2. Contribuciones y responsabilidades del Gobier- no de la República del Perú: VI.2.1. Asumir la responsabilidad por las actividades definidas en el Protocolo para la contraparte peruana y porla transferencia de los recursos financieros que, si así lo indica el Protocolo, deba aportar la contraparte peruana. VI.2.2. El Gobierno peruano velará por la debida coor- dinación entre la entidad que se hará cargo de la ejecucióndel proyecto y el personal puesto a disposición por el Go-bierno del Gran Ducado de Luxemburgo. VI.2.3. Poner a disposición instalaciones, equipos, mate- riales y recursos humanos, así como realizar las gestiones administrativas y legales necesarias para el cumplimiento delas obligaciones del Gobierno de la República del Perú. ARTÍCULO VII Con el fin de facilitar la realización del proyecto, el Go- bierno de la República del Perú:  Otorgará los beneficios tributarios reconocidos por su legislación interna aplicable a los proyectos ejecutadosdentro de los alcances de la Cooperación Técnica Interna- cional. Las contrataciones y adquisiciones quedan exclui- das del ámbito de la Ley de Adquisiciones y Contratacio-nes del Estado, vigente en la República del Perú, y serealizarán de acuerdo a los procedimientos definidos porlas partes en el Protocolo correspondiente. Dichos procedi-mientos deberán ser compatibles con los principios aplica- dos por las partes dentro de su territorio.  Otorgará al personal profesional extranjero asignado al proyecto, las visas de entrada al territorio de la Repúbli-ca del Perú, y demás documentos migratorios necesariospara entrar en territorio peruano, de conformidad a la leyvigente sobre la materia. ARTÍCULO VIII El Gobierno de la República del Perú, a través de la entidad ejecutora, responderá en forma subsidiaria pordaños y perjuicios en el que deba ser indemnizado un tercero, a causa de actos cometidos por el personal extran- jero puesto a disposición por el Gobierno del Gran Ducadode Luxemburgo en el ejercicio de sus funciones, y siempreque se haya comprobado que no actuó voluntariamente,con dolo o negligencia grave. ARTÍCULO IX El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción por ambas partes y su duración se extenderáhasta la culminación de la ejecución del proyecto. ARTÍCULO X Las partes contratantes se comprometen a resolver amistosamente por la vía diplomática todo diferendo que pudiera surgir en la aplicación del presente Acuerdo.