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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (14/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G31/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 14 de febrero de 2005 acciones realizadas durante el servicio realizado, en los siguientes documentos: 1. Hoja de Informes. 2. Hoja de Verificación de Campo.3. Hoja de Intervención4. Acta de Comiso.5. Acta de Intervención.6. Acta de Internamiento. Asimismo al término de las acciones de fiscalización y control, el Inspector Municipal de Transporte respon-sable, recopilará la información del total de las resolucio-nes de sanción en formato preimpreso impuestas porlos demás Inspectores Municipales de Transporte que participaron durante el operativo de control y procederá a registrar esta información en el ACTA DE OPERATIVODE CONTROL y anexos, que deberá ser firmada por elInspector Municipal de Transporte responsable y el Ofi-cial de la Policía Nacional encargado del operativo, si lohubiera. Artículo 20º.- Los procedimientos de intervención de los Inspectores Municipales de Transporte, se regi-rán a través de las Directivas elaboradas por la Direc-ción de Supervisión, Control y Sanciones y aprobadaspor la Dirección General de Transporte de la DirecciónMunicipal de Transporte Urbano. TÍTULO V EL INSPECTOR MUNICIPAL DISTRITAL DE TRANSPORTE Artículo 21º.- En los casos que la Municipalidad Metropolitana de Lima suscriba un convenio de delega- ción de funciones de fiscalización del transporte con laMunicipalidad Distrital, ésta podrá designar a sus ins-pectores municipales distritales de transporte, cuya ac-tividad se sujeta al presente Reglamento, previa aproba-ción del curso de formación y capacitación integral, pro- gramado y ejecutado por la Dirección Municipal de Trans- porte Urbano. Artículo 22º.- El inspector municipal distrital de trans- porte depende orgánicamente de la Municipalidad Distri-tal y funcionalmente de la Municipalidad Metropolitana deLima. Se sujeta a las disposiciones del presente Regla- mento y de la normativa que emita la Municipalidad Me- tropolitana de Lima. Artículo 23º.- La Municipalidad Distrital deberá su- pervisar permanentemente que sus inspectores munici-pales de transporte, dentro de su jurisdicción, den es-tricto cumplimiento a las disposiciones de las Ordenanzas Metropolitanas relacionadas con el servicio público de transporte cuya fiscalización se delega. TÍTULO VI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primero.- La Dirección Municipal de Transporte Ur- bano, por intermedio de la Dirección de Supervisión,Control y Sanciones, tendrá a su cargo el control directoy la supervisión de los Inspectores Municipales de Trans- porte, en el cumplimiento de sus funciones. Segundo.- Los Inspectores Municipales de Trans- porte harán cumplir las disposiciones municipales en materia de transporte, tránsito y circulación, cuyas ac-ciones serán informadas por la Dirección de Supervi-sión, Control y Sanciones a la Dirección General deTransporte y a la Dirección Municipal de Transporte Ur-bano. Tercero.- Las personas que ingresan a prestar ser- vicio como Inspectores Municipales de Transporte Ur- bano están obligadas a cumplir con lo establecido en el presente reglamento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 03331/G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G61/G20/G6C/G61 /G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G52/G75/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G2D/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G52/G75/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G2C/G20/G66/G69/G63/G68/G61/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G64/G65/G20/G72/G75/G74/G61/G20/G65/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G71/G75/G65 /G70/G72/G65/G73/G74/G65/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F DIRECCIÓN MUNICIPAL DE TRANSPORTE URBANO RESOLUCIÓN DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 014-05-MML/DMTU Lima, 21 de enero de 2005CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 es- tablece entre las competencias y funciones especiales dela Municipalidad Metropolitana de Lima, la planificación, re- gulación y gestión del transporte público, la misma que ejerce con jurisdicción exclusiva sobre la provincia de Lima; Que según lo dispone el Edicto Nº 21 del 1 de abril de 1985, la Dirección General de Transporte de la Dirección General de Transporte de la Dirección Municipal de Trans-porte Urbano, es la autoridad responsable de evaluar las modificaciones y ampliaciones de las rutas contem- pladas en el plan Regulador de Rutas de Lima. Que, mediante la Resolución Directoral Municipal Nº 379-03-MML/DMTU de fecha 10 de noviembre del 2003, se dispuso que a partir del 15 de noviembre del 2003sólo procederá la inscripción en el registro de esta Di- rección Municipal de los vehículos de transporte regular de pasajeros que tengan una antigüedad no mayor de10 años, sin perjuicio de la validez y vigencia de las inscripciones y autorizaciones existentes. Que, dentro del plan de reordenamiento de las rutas dentro de la jurisdicción de la provincia de Lima, se ha considerado conveniente no registrar ninguna modifica- ción a los recorridos ya que las autorizaciones estánpróximas a vencer, y además se encuentra en rediseño el Plan Regulador. Que dentro del plan de reordenamiento del servicio de transporte regular dentro de la jurisdicción de la provin- cia de Lima, y con la finalidad de mitigar el impacto cau- sado por la congestión vehicular que sufre nuestra ciu-dad, se ha considerado conveniente no realizar ninguna inscripción de los vehículos que tengan una capacidad menor de 22 pasajeros. De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 27972, la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre Nº 27181, la Ley del Procedimiento Adminis-trativo General Nº 27444, la Ordenanza Nº 104 que aprueba el Reglamento del Servicio Público de Transporte Urbano e Interurbano de Pasajeros en Ómnibus y otrasmodalidades para la provincia de Lima, demás normas modificatorias y complementarias SE RESUELVE: Artículo 1º.- A partir de la vigencia de la presente Resolución, no se modificarán las Rutas del Plan Regula- dor de Rutas de Lima, ni la ficha técnica de la Ruta, salvocuando se presente un problema de falta de continuidad vial debido a un cambio de nomenclatura o sentido de las vías que conforman el recorrido de una ruta. Artículo 2º.- Solo procederá la inscripción de vehícu- los que presten servicio de transporte público regular que tengan una capacidad igual o mayor a 22 asientos ycuya antigüedad no exceda a los 10 años. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección General de Transporte y a la Dirección de Estudios Autorizacionesy Registros, el cumplimiento de la presente resolución. Artículo 4º.- La presente resolución entra en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JAVIER BARAYBAR G. DE LA FUENTE Director Municipal 03365