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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G31/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 14 de febrero de 2005 Este acuerdo constituye criterio que sienta prece- dente de observancia obligatoria. SS. DELGADO POZOBERAMENDI GALDÓS ISASI BERROSPI MARTÍNEZ ZAMORA 03179 INACC /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20 /G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G72/G20 /G72/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65 /G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6D/G69/G6E/G65/G72/G61/G73/G20/G63/G75/G79/G6F/G73/G20/G74/GED/G74/G75/G6C/G6F/G73/G20/G66/G75/G65/G2D/G72/G6F/G6E/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G32/G30/G30/G35 INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0565-2005-INACC/J Lima, 7 de febrero de 2005CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 015-2001-EM, actualizado mediante Decreto Supremo Nº 053-2002- EM, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2003-EM, se denomina a partir de la fecha como Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, al Organismo Público Descentralizado del Sector Ener-gía y Minas encargado de las funciones de tramitar las solicitudes y otorgar las concesiones mineras, así como la administración del Derecho de Vigencia yCatastro Minero; Que, el artículo 5º de la norma legal antes citada, dispone que a partir de su vigencia, las menciones alRegistro Público de Minería existentes en el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, y demás normas lega-les y reglamentarias relacionadas, se entenderán como referidas al Instituto Nacional de Concesiones y Catas- tro Minero - INACC; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM,el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, publicará mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesionesmineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visación de la Dirección General de Concesio- nes Mineras y de la Oficina General de Asesoría Jurídi- ca; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el ar- tículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese, en el Diario Oficial El Peruano, la relación de 396 concesiones mineras cu-yos títulos fueron aprobados en el mes de enero del 2005, de acuerdo a la relación adjunta que forma parte integrante de la presente resolución y para los efec-tos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese. JUAN CARLOS BARCELLOS M. Jefe Institucional 03057SEGURO INTEGRAL DE SALUD /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65 /G72/G65/G6D/G69/G74/G69/G72/G20/G6F/G66/G65/G72/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61 /G52/G65/G64/G20/G43/G69/G6C/G20/G50/G72/G6F/G65/G6D/G70/G6C/G65/G6F RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 015-2005/SIS Lima, 11 de febrero del 2005 Vistos: El Informe Nº 013-SIS-OA de fecha 11 de febrero del 2005, emitido por la Oficina de Administra- ción del Seguro Integral de Salud; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Ley para la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales, Ley Nº 27736, estable- ce que el Instituto de Radio y Televisión del Perú, me- diante Radio Nacional del Perú y Canal 7, programaráavisos de servicio público en los que se ofrezcan pues- tos de trabajo públicos y privados; Que, el artículo 1º del Reglamento de la Ley Nº 27736, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, dis- pone que el Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo será el encargadode proporcionar diariamente la información vinculada con la oferta de trabajo del sector público y privado; Que, para tal efecto el artículo 2º del mencionado Reglamento dispone que los organismos públicos de- ben designar al funcionario responsable de remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previstos concursar, con excepción de los puestos clasificados de confianza; y, De conformidad con lo establecido en el inciso i) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funcio- nes del Seguro Integral de Salud, aprobado por DecretoSupremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Subgerente de Perso- nal de la Oficina de Administración del Seguro Integral de Salud, como el funcionario responsable de remitir al Pro- grama Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo las ofertas de trabajo del Seguro de Integral de Salud a las que se refiere el Reglamento de la Ley Nº 27736 para la transmisión radial y televisivade ofertas laborales. Regístrese, comuníquese y publíquese.MOISÉS ACUÑA DÍAZ Jefe del Seguro Integral de Salud 03338 SUNARP /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G43/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G5A/G6F/G6E/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G49/G49/G49/G20/G2D/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G4D/G6F/G79/G6F/G62/G61/G6D/G2D/G62/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G20/G32/G30/G30/G35/G2D/G32/G30/G30/G36/G20/G79/G20/G72/G61/G74/G69/G66/G69/G2D/G63/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G55/G4E/G41/G52/G50 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 013-2005-SUNARP/SA Lima, 10 de febrero de 2005 VISTO: El Oficio Nº 189-2005-Z.R. Nº III/JZ del 2 de febrero de 2005, remitido por la Jefa de la Zona Registral Nº III - Sede Moyobamba;