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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (14/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G31/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 14 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26366 se creó la Superinten- dencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, como un organismo descentralizado autónomo y enterector del Sistema Nacional de los Registros Públicos; Que, es política de la SUNARP fomentar la participa- ción de la sociedad civil, a fin de contar con mayorescanales de opinión y diálogo que coadyuven a optimizar el cumplimiento de los fines institucionales de la SU- NARP dentro de una política de apertura y promoción dela participación ciudadana; Que, mediante Resolución Nº 403-2002-SUNARP/ SN de fecha 24 de setiembre de 2002, se creó el Conse-jo Consultivo de la Zona Registral Nº III - Sede Moyobam- ba, disponiéndose que el mandato de sus miembros será de un año; Que, mediante el oficio de visto, la Jefa de la Zona Registral Nº III - Sede Moyobamba señala que las dife- rentes instituciones que integran el referido ConsejoConsultivo han informado sobre la designación o ratifi- cación de sus representantes ante el mismo; Que, asimismo, la Jefa Zonal considera conveniente la incorporación de nuevos miembros al Consejo Consultivo, en representación de importantes institucio- nes de la ciudad de Tarapoto; Que, por otro lado, la Jefa Zonal propone la ratifica- ción del abogado Rubén Darío TEJADA VILLACORTA como representante de la SUNARP ante el referido Con-sejo Consultivo; Que, a fin de desconcentrar y optimizar los servicios que brinda la SUNARP, mediante Resolución Nº 407-2004-SUNARP/SN se delegó a la Superintendencia Ad- junta, entre otras facultades, la potestad de emitir las resoluciones de designación de los Consejos Consulti-vos; Que, este Despacho coincide con las propuestas formuladas por la Jefa de la Zona Registral Nº III - SedeMoyobamba; En ejercicio de las facultades delegadas por la Resolu- ción Nº 407-2004-SUNARP/SN y estando a lo dispuestopor el literal l) del artículo 13º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluidas las funciones del Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº III - Sede Moyobamba designado por Resolución Nº 403-2002-SU- NARP/SN, dando las gracias a sus integrantes por lasactividades realizadas durante su funcionamiento. Artículo Segundo.- Ratificar al abogado Rubén Da- río TEJADA VILLACORTA como representante de laSUNARP ante el Consejo Consultivo de la Zona Regis- tral Nº III - Sede Moyobamba. Artículo Tercero.- Designar al Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº III - Sede Moyobamba para el período 2005-2006, cuyos miembros se indican a conti- nuación: Miembro Ins titución a la que representa Dr. Ántero FLORES RUIZ Colegio de Abogados de San Martín Dr. Manuel ALVA JARAMA Municipalidad Provincial de Moyobam- ba Ing. Marco DÍAZ ESPINOZA Gobierno Regional de San Martín Ing. T omás Juan PÉREZ URSÚA Colegio de Ingenieros del Perú - Con- sejo Departamental de San Martín Econ. Aldo BARDÁLEZ COCHAGNE Cámara de Comercio y Producción de Moyobamba Arq. Pablo BLAZ MIRANDA Colegio de Arquitectos del Perú - Con- sejo Zonal San Martín Econ. Sandro RIVE RO UZÁTEGUI Cámara de Comercio y Producción de San Martín (Tarapoto) Sr. Armando GONZALES DEL ÁGUILA Municipalidad Provincial de T arapoto Ing. Víctor Manuel ARÉVALO R UIZ Colegio de Ingenieros de San Martín (T arapoto) Dr. Rubén Darío TEJADA VILLACORTA SUNARP Artículo Cuarto.- El Consejo Consultivo designado en el artículo precedente ejercerá sus funciones duran- te un (1) año calendario contado a partir de la fecha de su instalación, la cual deberá realizarse en un plazo nomenor a los quince (15) días hábiles luego de publicada la presente Resolución. Artículo Quinto.- La Jefatura de la Zona Registral Nº III - Sede Moyobamba deberá informar a esta Supe- rintendencia Adjunta respecto a la instalación del Con-sejo Consultivo, así como comunicar periódicamente los temas que sean tratados en sus sesiones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO DELGADO SCHEELJE Superintendente Adjunto (e) 03175 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE ICA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G62/G72/G69/G6E/G64/G69/G73/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E /G49/G63/G61/G20/G65/G6C/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G69/G73/G63/G6F/G20/G79/G20/G73/G75/G73/G20/G64/G65/G72/G69/G76/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G63/G65/G2D/G72/G65/G6D/G6F/G6E/G69/G61/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G73/G20/G70/G72/G6F/G74/G6F/G63/G6F/G6C/G61/G72/G65/G73 (Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Go- bierno Regional de Ica, mediante Oficio Nº 179-2005-GORE-ICA/GGR-SG-UAD, recibido el 11 de febrero de 2005) ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2003-GORE-ICA EL CONSEJO REGIONAL DE ICA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente; El Consejo Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de 24 de abril del 2003; ha aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional “Brindis Oficial de la Región Ica, eluso del Pisco y sus derivados”; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” modificada por la Ley Nº 27902 establece en su Art. 38º que el Consejo Regional como órgano normativo del Gobierno Regional tiene la atribución denormar asuntos de carácter general; Que, son competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales las establecidas en la LeyNº 27867 su Art. 9º Inc. e) “promover el desarrollo so- cioeconómico regional y ejecutar los planes y progra- mas correspondientes” y la establecida en el Inc. f) “dic-tar normas inherentes a la gestión regional”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 055-99-ITIN- CI/DM, se instituyó el cuarto domingo del mes de julio decada año, como el “DÍA DEL PISCO SOUR”, a nivel nacional; Que, la Dirección Regional Agraria Ica ha cursado a la Comisión de Asuntos Legales el oficio Nº 675-2003- GORE-DRAG-ICA del 27 de marzo de 2003 por el cual pide “conformar la Comisión de Trabajo Multisectorial,integrada por el Gobierno Regional, Dirección Regional Agraria de Ica, CITEVID - Ica, la Cámara de Comercio de Ica y el representante de la Asociación de Producto-res de Pisco de Ica”, anexando copia del Acta de Re- unión de la Cadena de Vid al Pisco, llevada a cabo el 6 de marzo del 2003 donde participaron diversas institucio-nes públicas y privadas así como representantes de las organizaciones agrarias, Consejeros Regionales de la Comisión Agraria y Comisión de Reglamento y AsuntosLegales del Consejo Regional de Ica; Que, la Región Ica, es conocida a nivel nacional e internacional por ser la pionera en la elaboración delpisco, ya que en el siglo XVI llegó la uva al Perú y fue en los valles de Ica, que esos cultivos se expandieron debido a las propicias condiciones climáticas del lu-gar, razón por la cual en esta zona se desarrolló con fuerza la industria de vinos y aguardientes de uva conocido como “Pisco”, que es una palabra de origenquechua que significa avecilla o pájaro; motivo por el