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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (16/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 46

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G33/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 16 de febrero de 2005 rina, sin que hayan adquirido las bases de dicho proceso de selección; Que, de la revisión del expediente administrativo, se tiene que el ex servidor José Luis GONZALES CABELLOS, Agen-te Penitenciario, Nivel STF y ex Jefe del Área de Trabajo delEstablecimiento Penitenciario de Cambio Puente - Chimbotede la Dirección Regional Lima, no obstante haber sido notifi-cado en el domicilio señalado en su legajo personal no fue ubicado por lo que ha extendido dicha notificación mediante publicación en el Diario Oficial El Peruano, Pág. 284673 en laedición del día 15 de enero de 2005, para que formule sudescargo escrito e informe oral en relación a los cargos atribui-dos en la Resolución Presidencial Nº 942-2004-INPE/P, sinembargo, no ha cumplido con presentar su descargo dentro del plazo establecido por el artículo 169º del Decreto Supre- mo Nº 005-90-PCM; en tal sentido, subsiste en todos susextremos el cargo atribuido en la citada Resolución, al habertransgredido lo previsto en los literales a) y c) de la Directivade Trabajo Penitenciario - sobre Registro de Planillas de Con-trol y Cómputo Laboral para la Redención de la Pena por el Trabajo, aprobado por Resolución de la Presidencia de la Comisión Reorganizadora del INPE Nº 377-96-INPE/CR-P; Que, se ha establecido que los servidores de la Dirección Regional Lima: Juan Rafael LESCANO YAURI, Jannet Victo-ria PICON QUISPE y Jaime Orlando ACEVEDO PAREDES,ex miembros del Comité Especial de Licitación Pública Nacio- nal Nº 001-2003-INPE/17 - Primera Convocatoria y ex miem- bros del Comité Especial de Adjudicación Directa Selectiva Nº011-2003-INPE/17, incumplieron sus obligaciones estableci-das en los incisos a), b) y d) del artículo 21º del DecretoLegislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativay de Remuneraciones del Sector Público, y el ex servidor José Luis GONZALES CABELLOS, ex Jefe del Área de Tra- bajo del Establecimiento Penitenciario de Cambio Puente -Chimbote, incumplió los incisos a) y b) del artículo 21º delcitado Decreto Legislativo, incurriendo en las faltas adminis-trativas disciplinarias tipificadas en los incisos a) y d) del artícu-lo 28º del mencionado cuerpo legal; Que, cabe precisar, respecto al plazo previsto en el artícu- lo 163º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamentode la Ley de la Carrera Administrativa y de Remuneracionesdel Sector Público, que de conformidad con lo señalado en elartículo 4º del Decreto Supremo Nº 079-2004-PCM, publica-do el día 13 de noviembre de 2004, en las normas legales del Diario Oficial El Peruano, el período comprendido del 13 de diciembre de 2004 al 2 de enero de 2005, son consideradoscomo días inhábiles, lo que se deberá tener en cuenta almomento de computarse los plazos para el presente caso; Que, por otro lado, resulta oportuno precisar que la san- ción disciplinaria impuesta a los servidores: Juan Rafael LES- CANO YAURI, Jannet Victoria PICON QUISPE y Jaime Orlan- do ACEVEDO PAREDES, ex miembros del Comité Especialde Licitación Pública Nacional Nº 001-2003-INPE/17 - Prime-ra Convocatoria, mediante Resolución Directoral Nº 589-2004-INPE/OGA-ORH de fecha 24 de junio, resulta independientede los cargos atribuidos en la Resolución Presidencial Nº 942-2004/P de fecha 9.DIC.2004, por lo que no es de aplica- ción el principio de "Non Bis in Idem", previsto en el artículo230º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administra-tivo General; Estando a lo informado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, contando con las vi- saciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario y de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica y Administra-ción; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legisla- tivo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público y su Reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Decreto Legisla- tivo Nº 654 - Código de Ejecución Penal, Resolución Ministe-rial Nº 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidaspor Resolución Suprema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER la medida disciplinaria de DESTI- TUCIÓN al ex servidor José Luis GONZALES CABELLOS, ex Agente Penitenciario, Nivel STF del Establecimiento Peniten- ciario de Cambio Puente - Chimbote de la Dirección RegionalLima, por los motivos expuestos en la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo 2º.- IMPONER la medida disciplinaria de CESE TEMPORAL por espacio de TREINTICINCO (35) DÍAS, sin goce de remuneraciones a los servidores: Juan Rafael LES- CANO YAURI, Especialista en Tratamiento de InconductasSociales, Nivel SPF y Jannet Victoria PICON QUISPE, Espe-cialista en Tratamiento de Inconductas Sociales, Nivel STF, dela Dirección Regional Lima, por los fundamentos expuestos enlos respectivos considerandos de la presente Resolución.Artículo 3º.- DISPONER que a través de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario se IM- PONGA la sanción administrativa disciplinaria de SUSPEN- SIÓN, por espacio de QUINCE (15) DÍAS, sin goce de remune-raciones al servidor Jaime Orlando ACEVEDO PAREDES, Agen-te Penitenciario, Nivel STE, de la Dirección Regional Lima, porlos fundamentos expuestos en la parte considerativa de lapresente Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 157º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Artículo 4º.- Asimismo, DISPONER que a través de la Oficina General de Administración del INPE, se adopten lasmedidas necesarias para recuperar el monto de S/.7,603.00Nuevos Soles, suma de dinero que fue pagado por la Institu-ción por concepto de publicaciones, gastos notariales y otros gastos, originados por errores cometidos por los servidores ex miembros del Comité Especial de Licitación Pública Nacio-nal Nº 001-2003-INPE/17 - Primera Convocatoria y ex miem-bros del Comité Especial de Adjudicación Directa Selectiva Nº011-2003-INPE/17, quienes deberán asumir en forma solida-ria el resarcimiento del perjuicio económico del monto señala- do a favor del Instituto Nacional Penitenciario. Artículo 5º.- Las medidas administrativas disciplinarias a que se refieren los artículos 1º, 2º y 3º surtirán efectos unavez que haya quedado firme la presente Resolución o quedeagotada la vía administrativa, conforme establece los artícu-los 192º y 216º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 6º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a los servidores antes mencionados a través de la Oficina de Re-cursos Humanos, para los efectos legales pertinentes. Regístrese y comuníquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Presidente 03406 INSTITUTO TECNOLÓGICO PESQUERO DEL PERÚ /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G76/G61/G73/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G68/G6F/G6A/G61/G6C/G61/G74/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G61/G74/G65/G6E/G64/G65/G72/G20/G72/G65/G71/G75/G65/G72/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G6C/G69/G2D/G6D/G65/G6E/G74/G69/G63/G69/G61/G73/G20/G66/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G49/G4E/G44/G45/G43/G49 RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 014-2005-ITP/DE Callao, 3 de febrero del 2005 VISTO: El Memorándum Nº 003-2005-ITP/OA-Abast, del 31 de enero del 2005, mediante el cual la Unidad de Abaste- cimiento de la Oficina de Administración solicita la exonera-ción del proceso de Adjudicación Directa Selectiva, por laadquisición de envases de hojalata del 10.5 onzas contapas abre fácil, de conformidad con lo estipulado en elArtículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 144º del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM,en los casos que no existen bienes sustitutos a los reque-ridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá con- tratar directamente; Que, del informe técnico a que se contrae el Memo- rándum Nº 03-2005-ITP/OA/Abas, del 31 de enero del 2005,se desprende que en el Plan Anual de Contrataciones yAdquisiciones del ITP para el Ejercicio Fiscal 2005, se ha previsto la adquisición de 315,000 envases de 10.5 onzas con tapas abre fácil por un valor referencial de S/.204,619.00; asimismo, se señala que en el mercado nacio-nal, existe un solo proveedor que fabrica los envases dehojalata de 10.5 onzas con tapas abre fácil, que se usaránpara atender las 50,000 raciones alimenticias en envases de hojalata de 10.5 onzas con tapas abre fácil, solicitadas con carácter de urgente por el Instituto Nacional de Defen-sa Civil - INDECI;