Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2005 (17/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de febrero de 2005

ciarios, seleccionados mediante concurso publico, con la finalidad de reforzar la seguridad de los establecimientos penitenciarios a nivel nacional. 2.2. Asimismo, se autoriza al INPE a adoptar las acciones necesarias en materia de salud, seguridad, equipamiento y personal, para el funcionamiento a MORDAZA capacidad del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial de Piedras Gordas y en consecuencia a la adquisicion de vehiculos para el traslado de los internos. Articulo 3º.- Financiamiento Autorizase al Poder Ejecutivo para que, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, proporcione al INPE los recursos financieros necesarios para el cumplimiento de las acciones dispuestas por el articulo 2º del presente Decreto de Urgencia. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de febrero del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 03623

La Comision Especial a que se refiere el MORDAZA parrafo del articulo 165º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM para el caso de Titulares de Organismos Publicos Descentralizados y ex Titulares de Organismos Publicos Descentralizados estara integrada por tres (3) funcionarios de rango equivalente pertenecientes al Sector al cual esta adscrita la Entidad, los cuales seran designados mediante resolucion del Titular del Sector correspondiente, previa solicitud de los organos de control. Excepcionalmente, en el caso que el Sector no cuente con tres funcionarios de rango equivalente al funcionario sujeto a procedimiento, se podra designar a funcionarios de rango inmediato inferior." Articulo 2º.- Otros funcionarios En el caso de los funcionarios no mencionados en los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 069-2004-PCM, correspondera a los Titulares de las Entidades en las que presten servicios, conformar la respectiva Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, segun lo dispuesto por los articulos 163º y siguientes del Reglamento de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Cuando la Entidad no cuenta con tres funcionarios de rango equivalente al funcionario sujeto a procedimiento, el Titular podra designar a funcionarios de rango inmediato inferior. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, a los dieciseis dias del mes de febrero del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 03624

PCM
Modifican el D.S. Nº 069-2004-PCM referido a procesos administrativos disciplinarios del Reglamento de la MORDAZA Administrativa
DECRETO SUPREMO Nº 015-2005-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, teniendo en consideracion el vacio existente en la legislacion nacional en cuanto al procedimiento e instancia que sirva de via para instaurar procedimiento administrativo disciplinario a funcionarios de alto nivel de entidades publicas, se expidio el Decreto Supremo Nº 069-2004PCM con el fin de dictar disposiciones que permitan viabilizar el MORDAZA administrativo disciplinario a que se refiere el Capitulo XIII del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, para el caso de dichos funcionarios; Que, la progresiva implementacion de la MORDAZA en mencion ha evidenciado la necesidad de realizar algunos cambios para una mejor aplicacion, por lo que corresponde realizar las modificaciones pertinentes; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Decreto Supremo Nº 0692004-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion Modifiquese el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0692004-PCM por el siguiente texto: "Articulo 2º.- De la constitucion de la Comision Especial en el caso de Titulares de Organismos Publicos Descentralizados

Autorizan viaje de la Ministra de Salud a Honduras y encargan su Despacho al Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION SUPREMA Nº 039-2005-PCM
MORDAZA, 16 de febrero del 2005 CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la Republica de Honduras ha invitado a la Ministra de Salud, doctora MORDAZA MAZZETTI SOLER para que realice una visita al MORDAZA centroamericano del 17 al 21 de febrero de 2005, y participe en la suscripcion del Convenio Basico de Cooperacion Tecnica sobre el Tratamiento y Prevencion de la Cisticercosis y la Epilepsia; Que dicho evento constituye una oportunidad importante para el intercambio de conocimientos y experiencias para el tratamiento y prevencion de las cisticercosis y la epilepsia; Que en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de la Ministra de Salud que sera cubierto por el Gobierno de la Republica de Honduras y encargar el Despacho de Salud al Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, en tanto dure la ausencia de la titular; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27619; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la Ministra de Salud, doctora MORDAZA MAZZETTI SOLER, a la MORDAZA de Tegucigalpa, Honduras, del 17 al 21 de febrero de 2005, para los fines senalados en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Encargar el Despacho de Salud al Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, doctor MORDAZA NEVES MORDAZA, mientras dure la ausencia de la titular.

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