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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (17/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 8

PÆg. 287334 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de febrero de 2005 rios rectores de situación militar, clasificación, categoría, grado y empleo de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, así comodisponer los derechos y obligaciones en el servicio. CAPÍTULO II PRINCIPIO DE IGUALDAD Artículo 2º.- Principio de igualdad Los Oficiales de las Fuerzas Armadas, tienen iguales dere- chos y obligaciones. Ninguna disposición en aplicación de laLey de Situación Militar podrá, generar acto de discriminaciónalguna, en especial por razones de sexo, en el acceso a lacarrera militar, asignación de empleo, ascenso y pase al retiro. Las limitaciones en base a criterios objetivos y de sexo, inherentes a la función militar son las siguientes: A) Cuando existan restricciones en las facilidades de habitabilidad de las Unidades, cuya solución afecte la ope-ratividad de la misión y que no permitan el servicio depersonal de ambos sexos con la debida intimidad. B) En Especialidades afines de Operaciones Especia- les y en las Unidades de Combate de Primera Línea; cuan-do la modalidad de combate sea la lucha cuerpo a cuerpo,en la cual el personal femenino estaría en desventaja. C) No podrá otorgarse empleo en una misma Unidad o Dependencia al personal con lazos de consanguinidadhasta el cuarto grado y/o parentesco de afinidad hasta elsegundo grado. CAPÍTULO III CLASIFICACIÓN Artículo 3º.- Clasificación La clasificación de los Oficiales de las Fuerzas Armadas es la siguiente: A) En atención a su situación en el servicio:En Situación de Actividad. En Situación de Disponibilidad.En Situación de Retiro.En Situación de Reserva. B) En atención a la naturaleza de sus funciones:B.1) Procedentes de Escuelas de Formación de las Instituciones Armadas: - EJÉRCITO: Oficiales de Armas.Oficiales de Servicios. - MARINA DE GUERRA: Oficiales de Comando General.Oficiales Especialistas.Oficiales de Servicios. - FUERZA AÉREA: Oficiales de Armas, Comando y Combate.Oficiales de Armas Especialistas. B.2) Procedentes de Universidades:- EJÉRCITO: Oficiales de Servicios. - MARINA DE GUERRA: Oficiales de Armas Especialistas y Oficiales de Servi-cios. - FUERZA AÉREA: Oficiales de Armas Especialistas y Oficiales de Servi-cios. C) En atención a su condición en el servicio: Oficiales efectivos. Oficiales asimilados. CAPÍTULO IV CATEGORÍA Artículo 4º.- Categoría Es el nivel en la escala jerárquica establecida por las leyes de las Instituciones Armadas, que agrupa grados dela carrera militar, para el tratamiento respectivo de los Ofi- ciales de las Fuerzas Armadas. Las categorías de los Oficiales para la carrera militar son: A) Oficiales Generales y Almirantes. B) Oficiales Superiores.C) Oficiales Subalternos. Los grados militares que comprende cada una de las categorías son los indicados en el Artículo 13º de la Ley Nº28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuer-zas Armadas. CAPÍTULO V GRADO MILITAR Artículo 5º.- Grado militar y Despacho El Grado Militar es el derecho que se le concede al Oficial y que establece una ubicación dentro de la catego-ría correspondiente en la escala jerárquica establecida enla Institución Armada respectiva, de conformidad a lo pres-crito por la Ley de Ascensos de las Fuerzas Armadas y elReglamento correspondiente. A) El Grado Militar se acredita con el Despacho otorga- do a nombre de la Nación y se otorga de la siguientemanera: 1) Para Oficiales Generales y Almirantes mediante Re- solución Suprema firmada por el Presidente de la Repúbli-ca, refrendada por el Ministro de Defensa, a propuesta desu respectiva Institución Armada. 2) Para Oficiales Superiores mediante Resolución Ministerial firmada por el Ministro de Defensa, refren-dado por el Comandante General del Instituto que co-rresponde, a propuesta de su respectiva Institución Ar-mada. 3) Para Oficiales Subalternos por Resolución de la Co- mandancia General refrendado por el Director o Comandode Personal. B) El original del Despacho será entregado al Oficial en las condiciones siguientes: 1) Al Graduarse como Alférez o Subteniente en las escuelas de formación de las Instituciones Armadas. 2) Al Obtener la efectividad en el grado, para Oficiales Asimilados. 3) Ascenso. C) Copia certificada de los Despachos será agregada al Legajo Personal del Oficial correspondiente. D) Para la otorgación de los Despachos se tendrá en cuenta lo siguiente: 1) Los Despachos que se expiden a los Oficiales de promociones que egresen de las Escuelas de Formaciónde las Instituciones Armadas, se otorgarán con fecha 1 delmes siguiente al de su graduación. 2) Los Despachos que se expidan a los Cadetes que hayan seguido estudios en una Escuela de FormaciónExtranjera tendrán fecha de expedición igual a la de lapromoción que le corresponde en la Escuela de Formaciónde la Institución Armada del Perú. Artículo 6º.- Atribuciones al grado militar Son atribuciones inherentes al grado: los honores, tra- tamiento, preeminencias, remuneraciones y demás benefi-cios determinados por la Ley sobre la materia. El grado enla situación de actividad otorga derecho al mando y alempleo, obligando a su ejercicio. Los honores, tratamientos y preeminencias son los es- tablecidos en el Reglamento de Servicio en Guarnición,Reglamento de Protocolo y Ceremonial de las Fuerzas Ar-madas y en el propio Reglamento de Ceremonial de cadaInstitución Armada. Las remuneraciones y las pensiones inherentes a la jerarquía de los Oficiales son equivalentes en las tres Ins-tituciones Armadas. Artículo 7º.- Tiempo mínimo de servicios en el grado militar El número mínimo de años de servicio en cada grado militar, requerido para el ascenso al grado inmediato supe-rior es el siguiente: