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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (17/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 18

PÆg. 287344 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de febrero de 2005 Artículo 4º.- Facultar al Ministro de Defensa a variar la fecha de inicio y término de la misión diplomática, sin exce-der el período total establecido. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y porel Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 03607 Amplían permanencia de Auxiliares en las Agregadurías Navales a las Embaja- das del Perœ en Colombia y EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 134-2005-DE/MGP Lima, 14 de febrero de 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004 DE/SG de fecha 4 de octubre del 2004, se aprobaron los cargosque desempeñará el Personal Militar en las Agregadurías yOrganismos Internacionales del Perú en el Extranjero; Que, por Resolución Ministerial Nº 1700-2003 DE/MGP de fecha 17 de noviembre del 2003, se nombró en MisiónDiplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exte-riores, al Técnico 1ro. Int. Arturo Rafael VELASCO Velaocha-ga, para que preste servicios en la Agregaduría Naval a laEmbajada del Perú en Colombia, por el período de UN (1)año a partir del 1 de enero del 2004; Que, se ha determinado la necesidad de ampliar la permanencia en Misión Diplomática a órdenes del Minis-terio de Relaciones Exteriores, del Técnico 1ro. Int. Artu-ro Rafael VELASCO Velaochaga, para que continúe pres-tando servicios como Auxiliar en la Agregaduría Naval ala Embajada referida en el considerando precedente,por el período de UN (1) año, a partir del 1 de enero del2005; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº27619 - Ley que regula la autorización de viajes alexterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el AñoFiscal 2005, Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG defecha 26 de enero del 2004, modificado con DecretoSupremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio del2004 y Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23de diciembre del 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ampliar la permanencia en Misión Diplo- mática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores,del Técnico 1ro. Int. Arturo Rafael VELASCO Velaochaga,CIP. 03710889, con eficacia anticipada al 1 de enero del 2005, para que preste servicios como Auxiliar en la Agre-gaduría Naval a la Embajada del Perú en Colombia, por elperíodo de UN (1) año a partir de la fecha indicada. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - (Marina de Gue- rra del Perú), efectuará los pagos que correspondan deacuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria por Servicio en el ExtranjeroUS$ 4,800.00 x 12 meses Artículo 3º.- El citado Técnico revistará en la Dirección General del Personal de la Marina de Guerra del Perú, porel período que dure la Misión Diplomática. Artículo 4º.- Facultar al Ministro de Defensa a variar la fecha de inicio y término de la misión diplomática, sin exce-der el período total establecido.Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y porel Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 03608 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 135-2005-DE/MGP Lima, 14 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004 DE/SG de fecha 4 de octubre del 2004, se aprobaron los cargosque desempeñará el Personal Militar en las Agregadurías yOrganismos Internacionales del Perú en el Extranjero; Que, por Resolución Ministerial Nº 1699-2003 DE/MGP de fecha 17 de noviembre del 2003, se nombró en Misión Diplomá-tica a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Técnico1ro. Sad. Mario CCACCYA Custodio, actualmente Técnico Su-pervisor 2do., para que preste servicios en la Agregaduría Navala la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, por elperíodo de UN (1) año a partir del 1 de febrero del 2004; Que, se ha determinado la necesidad de ampliar la permanencia en Misión Diplomática a órdenes del Ministe-rio de Relaciones Exteriores, del Técnico Supervisor 2do.Sad. Mario CCACCYA Custodio, para que continúe pres-tando servicios como Auxiliar en la Agregaduría Naval a laEmbajada referida en el considerando precedente, por elperíodo de UN (1) año, a partir del 1 de febrero del 2005; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de ser-vidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley delMinisterio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2005, Decreto Supre-mo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004,modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG defecha 30 de junio del 2004 y Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciembre del 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ampliar la permanencia en Misión Diplo- mática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores,del Técnico Supervisor 2do. Sad. Mario CCACCYA Custo-dio, CIP 00780339, para que preste servicios como Auxiliaren la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en losEstados Unidos de América, por el período de UN (1) añoa partir del 1 de febrero del 2005. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - (Marina de Gue- rra del Perú), efectuará los pagos que correspondan deacuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria por Servicio en el ExtranjeroUS$ 5,280.00 x 12 meses Artículo 3º.- El citado Técnico revistará en la Dirección General del Personal de la Marina de Guerra del Perú, porel período que dure la Misión Diplomática. Artículo 4º.- Facultar al Ministro de Defensa a variar la fecha de inicio y término de la misión diplomática, sin exce-der el período total establecido. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y porel Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 03609