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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (18/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 28

PÆg. 287430 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de febrero de 2005 así como los formatos de actas de Visita, Notificación e Informe. Tercero.- Que, los Magistrados que integran tanto la OCMA como las ODICMAS de la República, constituyenequipos en los que todos y cada uno ellos están en capa-cidad para tramitar quejas, investigaciones y, Visitas Judi-ciales, por lo que debe habilitárseles a practicar VisitasJudiciales, según corresponda y, si la necesidad de servi-cio así lo requiere; En consecuencia,SE RESUELVE:Primero.- DISPONER que los Jefes de las ODICMAS de los Distritos Judiciales de la República autoricen la rea-lización periódica y permanente de Visitas Judiciales Ex-traordinarias de Asistencia, Puntualidad y Permanencia entodos los Órganos Jurisdiccionales de su competencia. Segundo.- APROBAR la Directiva Nº 001-2005-J/ OCMA.CS, de fecha 14 de febrero del 2005, "REALIZA-CIÓN DE VISITAS JUDICIALES EXTRAORDINARIAS DEASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y PERMANENCIA", así comolos formatos de actas de Visita, notificación e Informe,anexos a la presente. Tercero.- DISPONER que los Jefes de las ODICMAS, lleven un registro de todas las Visitas Judiciales, por Orga-no Jurisdiccional y medidas adoptadas (sanciones y pro-puestas), llevando un seguimiento de las propuestas yrecomendaciones formuladas con ocasión de las mismas. Cuarto.- HABILITAR a todos los Magistrados Contra- lores de la República, sin perjuicio de la Unidad a la quedependan, a practicar Visitas Judiciales, que disponga laJefatura Suprema de Control o las Jefaturas Distritales delas ODICMAS. Quinto.- DISPONER que la Unidad de Supervisión y Proyectos verifique el cumplimiento de la presente resolu-ción. Sexto.- PÓNGASE la presente resolución en conoci- miento de la Presidencia de la Corte Suprema, ConsejoEjecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Presidentesde Cortes y ODICMAS de la República. Regístrese, publíquese y comuníquese.FRANCISCO TAVARA CORDOVA Vocal SupremoJefe de la Oficina de Control de la Magistraturadel Poder Judicial DIRECTIVA Nº 001-2005-J-OCMA.CS "PARA LA REALIZACIÓN DE VISITAS JUDICIALES EXTRAORDINARIAS DE ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y PERMANENCIA" Los Magistrados Contralores de toda la República, para la realización de las Visitas Judiciales Extraordinarias deAsistencia, Puntualidad y Permanencia, acorde a lo previs-to por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica delPoder Judicial, Reglamento de Organización y Funcionesde la Oficina de Control de la Magistratura y, ReglamentoInterno de Trabajo del Poder Judicial, aprobado por Reso-lución Administrativa Nº 010-2004-CE-PJ, deberán tenerpresente lo siguiente: 1.- Son inopinadas, esto es, dispuestas por el Jefe de la OCMA u ODICMAS en cualquier momento. 2.- Pueden darse para verificar el inicio de la Jornada laboral, o, durante el horario de despacho judicial, tanto enla mañana como en horas de la tarde para verificar lapermanencia. 3.- Estas Visitas deben disponerse de manera periódi- ca y permanente 4.- En principio la realización de las visitas judiciales son realizadas por los Magistrados de la Unidad de Supervi-sión y Proyectos de la OCMA y Magistrados de la CODIC-MA - Comisión Distrital de Control de la Magistratura, sinperjuicio de lo cual todos los Magistrados Contralores de laRepública, esto es, de la Unidad de Operativa Móvil, Uni-dad de Procesos Disciplinarios, como del Equipo Especialen el caso de las ODICMAS, están HABILITADOS para larealización de Visitas Judiciales. 5.- Durante las Visitas de Asistencia, Puntualidad y Permanencia deberá verificarse básicamente lo siguiente: I) Concurrencia puntual a las labores;II) Permanencia en el lugar de trabajo durante la jorna- da laboral; III) Limpieza, orden y conservación del área de trabajo que le haya sido asignada al Magistrado o personal auxi-liar; IV) Portar a la vista el fotocheck; y,V) El uso correcto de la vestimenta, que contribuya al decoro y respetabilidad del cargo que ostenta y, con ello,de nuestra Institución. VI) En caso de visitas de permanencia, deberá verificar- se si las diligencias se llevan a cabo con puntualidad; asícomo el uso de las insignias, de ser el caso. VII) Verificar si en el Organo Jurisdiccional visitado se hallan laborando personas sin vínculo laboral con el PoderJudicial. VIII) Verificar el Formato de Control de Asistencia de Magistrados, en los que se dejará constancia de la visita. 6.- Sin perjuicio de la verificación de los puntos señalados precedentemente, los Magistrados Contralo-res deben tener presente que la fiscalización es oficio-sa, por tanto de advertir cualquier otra irregularidad evi- dente o flagrante durante la Visita, ésta deberá ser OBSERVADA, recabando todos los elementos probato-rios necesarios en el mismo acto. 7.- De otro lado, de advertir elementos de juicio que ameriten una Visita Extraordinaria u Ordinaria para su eva-luación, deberá dejarse constancia en el acta y darse cuentaa la Jefatura Suprema o Distrital de Control, según corres-ponda. 8.- En caso de haberse formulado OBSERVACIONES, deberá solicitarse los descargos dentro del quinto día denotificado, conforme al Reglamento de Organización y Fun-ciones de OCMA, pudiendo notificarse en el acto de lavisita conforme al formato adjunto, o en acto posterior;recabados los informes pertinentes y actuada la pruebaque, en su caso se considere necesaria, el Magistradovisitador deberá emitir informe, conforme al formato apro-bado y, elevará el proceso disciplinario a la Jefatura res-pectiva para la expedición de la resolución correspondien-te. En caso de no formularse ninguna observación, se emitirá el informe, conforme al formato, señalando que nose han formulado observaciones y, se elevará a JefaturaDistrital o de la Unidad de Supervisión y Proyectos paraque se dicte la resolución correspondiente. 9.- Los Jefes de las ODICMAS deberán resolver las Visi- tas Judiciales Extraordinarias de Asistencia, Puntualidad yPermanencia: Disponiendo el ARCHIVO - para quienes nose han formulado observaciones, ABSOLUCIÓN, SANCIÓNo, PROPUESTA DE SANCIÓN para quienes se han formula-do observaciones y han justificado o no su conducta irregu-lar; recomendando de ser pertinente lo necesario para laoptimización de la prestación del servicio de justicia. 10.- Los Jefes de las ODICMAS deberán llevar un Re- gistro de todas las Visitas realizadas, por Organo Jurisdic-cional y medidas adoptadas (sanciones y Archivos), asícomo llevar un seguimiento de las propuestas y recomen-daciones realizadas. 03546 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales a presuntos responsablesde ocasionar perjuicio económico y dela comisión de ilícitos penales en agra- vio de los ex CTAR Piura y Tumbes RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 084-2005-CG Lima, 15 de febrero de 2005 VISTO, el Informe Especial Nº 023-2005-CG/ZN, resul- tante del Examen Especial efectuado al Consejo Transito-rio de Administración Regional Piura - CTAR PIURA, perío-do comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre del2002; incluyendo operaciones posteriores al período cita-do; y,