Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2005 (18/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 18 de febrero de 2005

Articulo Sexto.- Establecer que los Consejos Consultivos designados mediante la presente Resolucion ejerceran sus funciones durante un (1) ano calendario contado a partir de la fecha de su instalacion, la que debera realizarse en un plazo no menor a quince (15) dias habiles luego de publicada la presente Resolucion. Articulo Septimo.- Disponer que la Jefatura de la MORDAZA Registral Nº VII ­ Sede MORDAZA informe a esta Superintendencia Adjunta sobre la instalacion de los Consejos Consultivos y comunique periodicamente los temas que MORDAZA tratados en sus sesiones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SCHEELJE Superintendente Adjunto (e) 03549

SUNAT
Designan Ejecutor Coactivo encargado de la cobranza coactiva de la Intendencia Regional MORDAZA
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 040-2005/SUNAT
MORDAZA, 16 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que el Articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberan cumplir los funcionarios de la Administracion Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que a fin de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva en la Intendencia Regional MORDAZA, resulta necesario efectuar el nombramiento de un Ejecutor Coactivo que se encargara de la gestion de cobranza coactiva de dicha Intendencia; Que el trabajador propuesto ha presentado declaracion jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados; Que la Decimo Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 de la Ley Nº 26979, no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso publico; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como Ejecutor Coactivo encargado de la gestion de cobranza coactiva de la Intendencia Regional MORDAZA, al senor abogado Lehmann MORDAZA MORDAZA Sanchez. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 03530

Selectivo al Consumo (ISC), aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, establece que los comerciantes de la Region MORDAZA que compren bienes contenidos en el Apendice del Decreto Ley Nº 21503 y los especificados y totalmente liberados en el Arancel Comun anexo al Protocolo modificatorio del Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano Colombiano de 1938, provenientes de sujetos afectos del resto del MORDAZA, para su consumo en la misma, tendran derecho a un reintegro equivalente al monto del Impuesto que estos le hubieran consignado en el respectivo comprobante de pago emitido de acuerdo a las normas sobre la materia, siendole de aplicacion las disposiciones referidas al credito fiscal a que se refiere el citado TUO, en lo que corresponda; Que el numeral 7.1 del articulo 11º del Reglamento de la Ley del IGV e ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-94-EF y normas modificatorias, ha establecido respecto de la solicitud de devolucion, que la verificacion de la documentacion a la que se hace referencia en los incisos a), c) y d) del citado numeral, el ingreso de los bienes a la Region MORDAZA por los puntos de control obligatorio, asi como el visado de la guia de remision, se efectuara conforme a las disposiciones que emita la SUNAT; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 2242004/SUNAT se dictaron las normas complementarias del Reintegro Tributario para la Region MORDAZA, dispositivo en el cual, entre otros temas, se tratan los detallados en el considerando anterior; Que a fin de facilitar el otorgamiento del Reintegro Tributario para la Region MORDAZA, resulta necesario modificar la Resolucion de Superintendencia Nº 224-2004/SUNAT; en lo referido a la visacion y verificacion del ingreso de bienes a la Region y la documentacion necesaria para solicitar el reintegro; En uso de las facultades conferidas por el numeral 7.1 del articulo 11º del Reglamento de la Ley del IGV e ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-94-EF y normas modificatorias, articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- VERIFICACION DEL INGRESO DE BIENES A LA REGION Y DE LA DOCUMENTACION Sustituyase el primer parrafo del numeral 8.2 del Articulo 8º de la Resolucion de Superintendencia Nº 2242004/SUNAT, por el texto siguiente: "8.2 La verificacion del ingreso de los bienes a la Region y de la documentacion a que se refieren los incisos a), c) y d) del numeral 7.1 del Articulo 11º del Reglamento, se efectuara en los Puntos de Verificacion Obligatorio mencionados en el Anexo 2 de la presente Resolucion o en el lugar que la SUNAT senale al momento de la MORDAZA del Formulario No 4700 «DECLARACION DE INGRESO DE BIENES A LA REGION SELVA». La verificacion se realizara luego de producido el arribo de los bienes al Punto de Verificacion Obligatorio o lugar senalado por la SUNAT, el cual sera comunicado por el comerciante a la SUNAT, y previamente a la descarga. (...)" Articulo 2º.- DOCUMENTOS PARA VERIFICACION Precisase que para efecto de la verificacion a que se refiere el numeral 8.2 del Articulo 8º de la Resolucion de Superintendencia Nº 224-2004/SUNAT, los documentos mencionados en el inciso b) del citado numeral deberan encontrarse debidamente visados conforme a lo dispuesto por el numeral 8.1 del referido articulo. Articulo 3º.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion.

Modifican la Res. Nº 224-2004/SUNAT referida al Reintegro Tributario para la Region MORDAZA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 041-2005/SUNAT
MORDAZA, 16 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que el Articulo 48º del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto

DISPOSICION FINAL
Unica.- NUEVA VERSION DEL FORMULARIO PARA EL INGRESO DE BIENES A LA REGION Apruebase la nueva version del FORMULARIO Nº 4700 - "DECLARACION DE INGRESO DE BIENES A LA REGION SELVA", el mismo que forma parte de la presente resolucion como anexo. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional

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