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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (18/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 16

PÆg. 287418 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto para elAño Fiscal 2005, autoriza a las entidades del Sector Públi-co a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, lascuotas del Gobierno peruano a los organismos internacio-nales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados demanera que permitan potenciar la capacidad de negocia-ción en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficiode los flujos de cooperación y asistencia técnica interna-cional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas de los años 2004 y 2005 a los mencionadosorganismos internacionales, respectivamente, con cargo alpresupuesto del Ministerio de Agricultura; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Agricultura a efec- tuar el pago de las cuotas por los años 2004 y 2005, a lossiguientes organismos internacionales: ORGANISMOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA GRUPO CONSULTIVO DE INVESTIGACIÓN 500,000.00 AGRÍCOLA INTERNACIONAL (CGIAR)(Cuota correspondiente al año 2004) INSTITUTO INTERAMERICANO DE 112,786.00 COOPERACIÓN PARA LA AGRICULTURA (IICA)(Cuota correspondiente al año 2005) Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al pre-supuesto del Ministerio de Agricultura. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha depago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 03690 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 069-2005-RE Lima, 17 de febrero de 2005 VISTO: Con Oficio Nº 031-2005-DP/OAF, de 2 de febrero de 2005, la Defensoría del Pueblo, solicita al Ministerio deRelaciones Exteriores la expedición de la Resolución Su-prema que autorice el pago de la cuota año 2005 al Insti-tuto Internacional del Ombudsman (IOI); CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto para elAño Fiscal 2005, autoriza a las entidades del Sector Públi-co a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, lascuotas del Gobierno peruano a los organismos internacio-nales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de ma-nera que permitan potenciar la capacidad de negociaciónen las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio delos flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del año 2005 al Instituto Internacional delOmbudsman (IOI), con cargo al presupuesto de la Defen-soría del Pueblo; Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Defensoría del Pueblo a efectuar el pago de la cuota por el año 2005 al InstitutoInternacional del Ombudsman por el importe de US$ 750.00(SETECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 DÓLARES DE LOSESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al pre-supuesto de la Defensoría del Pueblo. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha depago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 03691 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 070-2005-RE Lima, 17 de febrero de 2005 VISTO:El Oficio Nº 080-2005-CEG-INDECOPI, de 31 de enero de 2005, del Instituto Nacional de Defensa de la Compe-tencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDE-COPI), en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exte-riores la expedición de la Resolución Suprema que autori-ce el pago de las cuotas del año 2005 a diversos organis-mos internacionales de los cuales el Perú es país miembro; CONSIDERANDO:Que el artículo 67º, numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2005, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar,con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas delGobierno peruano a los organismos internacionales de loscuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados demanera que permitan potenciar la capacidad de negocia-ción en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficiode los flujos de cooperación y asistencia técnica interna-cional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas año 2005 al mencionado organismo inter-nacional, con cargo al presupuesto del Instituto Nacionalde Defensa de la Competencia y de la Protección de laPropiedad Intelectual (INDECOPI); Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la PropiedadIntelectual (INDECOPI), a efectuar el pago de las cuotasaño 2005, a los siguientes organismos internacionales: ORGANISMOS IMPORTE ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD CHF 5,697.00 INTELECTUAL (OMPI) (Francos suizos) ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA CHF 11,552.00 LA ESTANDARIZACIÓN (ISO) (Francos suizos) COMISIÓN PANAMERICANA DE NORMAS US$ 1,500.00 TÉCNICAS (COPANT) (Dólares americanos) ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE e 1,20.00 METROLOGÍA LEGAL (OIML) (Euros) COOPERACIÓN INTERAMERICANA DE US$ 1,500.00 ACREDITACIÓN (IAAC) (Dólares americanos) CONFERENCIA NACIONAL DE US$ 400.00 LABORATORIOS ESTANDAR (NCSLI) (Dólares americanos)