Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2005 (07/07/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 296231

5º Disponer que la Oficina de Abastecimiento elabore el respectivo Informe con arreglo a lo dispuesto por el articulo 210º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S.Nº013-2001PCM. 6º Encargar a la Oficina de Abastecimiento remitir al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-CONSUCODE los antecedentes de la presente Resolucion a que se refiere el resolutivo anterior, a fin de que dicho Organismo proceda de acuerdo a sus atribuciones. 7º Encargar a la Oficina de Abastecimiento y al Comite Especial Permanente el cumplimiento de la presente Resolucion Rectoral. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 12096

un importe neto a distribuir de US $ 1´030,522.50 (Un Millon Treinta Mil Quinientos Veinte y Dos y 50/100 Dolares Americanos) y S/. 92,439.42 (Noventa y Dos Mil Cuatrocientos Treinta y Nueve y 42/100 Nuevos Soles); Conforme a la delegacion efectuada por la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas y con los visados de la Oficina General de Asesoria Juridica y la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar el monto recaudado por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, el monto recaudado de Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, correspondiente al mes de MORDAZA del 2005, de la siguiente manera:
Total a Distribuir US$ S/. Gob. Loc. Distrital 814,010.07 69,329.57 INGEMMET 108,534.68 9,243.94 INACC 108,534.68 9,243.94 MEM 54,267.34 4,621.97 TOTAL 1´085,346.77 92,439.42 (*) Ver Anexo Nº 1 Entidades Deducciones Neto a Distribuir US$ S/. US$ S/. -31,028.12 0.00 782,981.95 69,329.57 -9,518.46 0.00 99,016.22 9,243.94 -9,518.46 0.00 99,016.22 9,243.94 -4,759.23 0.00 49,508.11 4,621.97 -54,824.27 0.00 1´030,522.50 92,439.42

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INACC
Asignan montos recaudados por pago de Derechos de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros y Petitorios Mineros, correspondientes al mes de MORDAZA del 2005
RESOLUCION JEFATURAL Nº 2652-2005-INACC/J MORDAZA, 28 de junio del 2005 Visto; el Informe Nº 0654-2005-INACC/DGDV de la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo de fecha 28 de junio del 2005, que contiene la informacion correspondiente a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros formulados conforme al Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, el monto recaudado de Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, durante el mes de MORDAZA del 2005; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Directoral Nº 051-2005-MEM/ DGM, la Direccion General de Mineria delega al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero la facultad de emitir la resolucion que asigne los montos del Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros a las Instituciones Publicas Descentralizadas y Organismos a los que se refiere el articulo 57º de la Ley, asi como el tercer parrafo del articulo 92º del Reglamento de Diversos Titulos de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificado por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 010-2002-EM; Que, el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modificado por Ley Nº 28327, establece la forma de distribucion de los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, asi como de la Penalidad; Que, conforme al articulo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 0102002-EM, la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo mediante Informe Nº 0654-2005-INACC/DGDV ha determinado que por el mes de MORDAZA del 2005, el monto total a distribuir es de US $ 1´085,346.77 (Un Millon Ochenta y Cinco Mil Trescientos Cuarenta y Seis y 77/100 Dolares Americanos) y S/. 92,439.42 (Noventa y Dos Mil Cuatrocientos Treinta y Nueve y 42/100 Nuevos Soles) efectuandose ajustes por un monto que asciende a US $ 54,824.27 (Cincuenta y Cuatro Mil Ochocientos Veinticuatro y 27/100 Dolares Americanos), resultando

Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Mineria, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 051-2005-MEM/DGM. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Oficina General de Administracion del INACC, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Instituciones y Gobiernos Locales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FCO. MORDAZA MORDAZA Jefe Institucional (e) Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero
ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el Art. 92º del D.S. Nº 03-94-EM, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria y el Art. 57º del TUO de la Ley General de Mineria, modificado por la Ley Nº 28327, se cumple con distribuir la recaudacion del Pago por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de MORDAZA del 2005 a las siguientes Municipalidades Distritales: DPTO. / PROV. / DISTRITO AMAZONAS/BONGARA MORDAZA YAMBRASBAMBA AMAZONAS/CHACHAPOYAS BALSAS CHACHAPOYAS LEIMEBAMBA SONCHE AMAZONAS/LUYA COCABAMBA SAN MORDAZA DEL YESO AMAZONAS/UTCUBAMBA CAJARURO ANCASH/AIJA AIJA LA MORDAZA S/. US$

0.00 0.00

1,500.00 1,500.00

0.00 0.00 0.00 0.00

14,175.00 37.50 2,250.00 37.50

0.00 0.00

2,400.00 1,125.00

0.00

1,500.00

0.00 0.00

9.00 675.00

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.