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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G30/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 17 de julio de 2005 Número de usuarios a los que, la concesionaria les aplicó el corte sin que se encuentren pendientes de pago el número de facturaciones y/o cuotas establecidas por la normatividad específica vigente" Comentarios: De acuerdo a la normatividad vigente, los cortes des- pués de haberse ejecutado el pago de la deuda, no tienen sustento legal por no existir ya la causal establecida en elinciso a) del artículo 90º de la Ley de Concesiones Eléctri-cas De otro lado, en el presente Procedimiento se estáotorgando al concesionario un plazo adicional de 1 horapara que se comunique al personal técnico de campo el levantamiento de la situación de corte de los usuarios que pagaron su deuda. V) Observaciones presentadas por la empresa ELECTRO SUR ESTE S.A.: Precisa que la evaluación de lo establecido en la pre publicación sería atendible en todos sus extremos en lossectores que cuenten con los sistemas de comunicaciónadecuados y confiables; sin embargo se da el caso que enmuchos lugares de nuestra concesión no se cuentan conestos sistemas debido a que solo existen teléfonos comu- nitarios y no se tiene internet, tal es el caso de las sedes de Paucartambo, Iñapari, Santo Tomas. Por esta razón, afir-ma que se debería aplicar a los sectores típicos 2 y suposterior aplicación a otros sectores típicos. Comentarios: Se ha agregado en el Procedimiento, una Disposición Transitoria en la que se establece la excepción temporalpara los sectores típicos diferentes a los sectores 1 y 2,sólo para calificar como corte indebido los casos en que seejecutó el corte después de haberse cancelado la deuda, siempre que dicho corte se efectúe en el mismo día de pago. Cabe señalar que esto no permite admitir un corteposterior. VI) Observaciones presentadas por la empresa HIDRANDINA S.A.: Afirma que los plazos otorgados en la Tabla Nº 1, respecto a la entrega de información, son muy reducidos,teniendo en cuenta por ejemplo que se tendría que entre-gar información diaria del total de cortes programados deacuerdo al Anexo Nº 3. Señala que el mismo día de ejecu- tado los cortes programados, se debe tener en cuenta que el proceso de cortes implica un desplazamiento grande desu personal técnico y administrativo involucrado en dichoproceso, para luego de inmediato proceder a realizar lasreconexiones de los usuarios que superaron el motivo decorte. En ese sentido, propone la ampliación de los plazos establecidos para en la Tabla Nº 1 Comentarios: Al respecto, debemos señalar que la información soli- citada está preestablecida y es de aplicación diaria, por lo que en todos los casos se mantienen los plazos estableci- dos en el Procedimiento, salvo los plazos para la entregade copia de recibos y la información sobre el número totalde cortes y reconexiones realizadas por tipo y con los mon-tos respectivos, que han sido ampliados a 5 días hábilesdespués de la recepción de la solicitud de OSINERG y a 10 días hábiles después de finalizado el trimestre respectiva- mente. VII) Observaciones presentadas por la empresa LUZ DEL SUR S.A.A.: Respecto al numeral 1.2.6. c2), precisa que los sticker pueden ser retirados con facilidad por el usuario y que conel tiempo tienden a desprenderse por la humedad, motivopor el cual las verificaciones deben realizarse lo más próxi-mo posible a la fecha del corte o durante el mismo. Respecto a la copia de recibos, afirma que el plazo de 3 días hábiles para la emisión de duplicados de los recibos es muy corto. Señala que para el caso de Luz del Sur, suproceso de facturación implica la generación de más de700.000 recibos durante el mes, repartidas en 20 sectores.Para generar una muestra, la empresa tiene que prepararla información del proceso de facturación del mes solicita- do por OSINERG y para la relación de suministros que se indique, los cuales pueden corresponder incluso a fechasdistintas de emisión. Por tal razón, sugiere un plazo de siete días hábiles. Respecto a la información sobre el número total de cortes y reconexiones realizados, señala que el plazo decinco días hábiles es también muy corto y consideramosque debería guardar relación con los plazos establecidosen la NTCSE donde el plazo es de veinte días calendario.Afirma, que debe tenerse en cuenta que las empresas también tienen sus procesos de control y verificación a sus contratistas y trabajadores. Solicita homologar los plazos alos establecidos en la NTCSE. Respecto a Disposiciones Transitorias, señala que como es de conocimiento de OSINERG actualmente lasempresas concesionarias tienen que culminar la implemen- tación en su página web con el sistema de atención de reclamos, el sistema para el procedimiento de supervisiónde la seguridad en los establecimientos públicos, así comoel procedimiento de supervisión de la facturación, cobran-za y atención al usuario en oficinas comerciales. Por estarazón, señala que esto no permite manejar más procesos de modificación de sistemas en paralelo, sobre todo debe tenerse en cuenta que para cumplir con la entrega de lainformación a través de la página web, las empresas de-ben crear tablas según los formatos establecidos porOSINERG así como mantenerlos para su registro y actua-lización, procesos que requieren de pruebas antes de su implementación. En tal sentido, solicita que el OSINERG considere un plazo de 120 días para su implementación. Respecto al anexo 2, afirma que el cuadro es confuso y dificulta interpretar el resto de tablas y cuadros, por loque es necesario que se publique una versión corregida afin de poder hacer observaciones más precisas respecto a la información a entregar al OSINERG. Asimismo, señala que los códigos de tipo de conexión del anexo ya no seutilizan, no hay relación en las líneas guía y no se entiendeel uso del campo "Ámbito de Aplicación", el cual implicaríaque algunas modalidades son de aplicación para ciertasempresas y otras a nivel nacional. Respecto al anexo 3, precisa que los niveles de corte drásticos no se generan con órdenes de corte programa-das, si no mediante procesos de verificación. Señala que afin de que OSINERG disponga de la información necesa-ria, deben incluirse los procesos de verificación. Comentarios: OSINERG supervisará las actividades relacionadas a la colocación de stickers después de ejecutado el corte, deacuerdo a lo señalado en el numeral 3.5 de la ResoluciónOSINERG Nº 095-2004-OS/CD. Sin embargo, de existir si- tuaciones excepcionales debidamente comprobadas, és- tas no serán consideradas como incumplimientos a la nor-matividad. Respecto a la copia de los recibos, se ha ampliado el plazo de entrega de copia de recibos de 3 a 5 días hábiles. De otro lado, se ha ampliado el plazo de entrega de dicha información de 5 a 10 días hábiles de iniciado el siguiente trimestre. Asimismo, respecto al formato de publi-cación de dicha información en la página Web de la conce-sionaria, éste se ha agregado en el Anexo Nº 5. El procedimiento no establece modificaciones rele- vantes en los sistemas de información, sin embargo se ha ampliado el plazo de implementación de la información requerida en la página Web de 30 a 50 días hábiles. Los trazos del cuadro del Anexo Nº 2 por efectos de la publicación ha sufrido algunas alteraciones en la impre-sión, las mismas que están siendo corregidas en la nuevapublicación del referido. El comentario es válido en los casos ilustrados, por lo que no corresponde la programación de los mismos; sinembargo, de existir disposiciones previas, éstas deben serinformadas. VIII) Observaciones presentadas por el Sr. Juan Murrugarra Linares: Respecto a las Disposiciones Generales, en el nume- ral 1.1, precisa que debe tomarse en cuenta lo señaladoen los artículos 3º y 4º de la Ley de Concesiones Eléctricasestablece que las empresas de distribución solo requieren de concesión del Ministerio de Energía y Minas cuando la demanda supere los 500 kW y no señalándose el requeri-miento de autorización. Por lo cual, señala que se requiereprecisar la definición de Concesionaria. Respecto al requerimiento de Información, afirma en la Tabla Nº 01 del Título II, la información diaria de los cortes programados, los códigos deben ser establecidos por el Organismo, a fin de que sean estandarizados, no