Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2005 (18/07/2005)


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PROYECTO NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 18 de MORDAZA de 2005

Por otro lado, en cumplimiento de sus obligaciones contractuales se van a producir demoliciones y construcciones de nuevas edificaciones que modernizan la infraestructura actual. Los contratos de concesion han regulado en parte el control de las altas y bajas de los bienes de la concesion. Sin embargo, existen vacios normativos con relacion a los requisitos y procedimientos que se deben llevar a cabo para la devolucion, altas y bajas de los bienes como su adecuado control fisico y contable por parte del concesionario. En suma, se requiere contar con una MORDAZA que establezca las reglas y procedimientos para la realizacion de las altas y bajas de los bienes de la concesion. La MORDAZA sera de aplicacion supletoria a las reglas y procedimientos establecidos en los respectivos contratos de concesion. El Proyecto de Reglamento Aplicable al Control de las Altas y Bajas de los bienes de la concesion tiene por objeto establecer las normas y procedimientos mediante los cuales las empresas concesionarias deberan realizar las altas y bajas de bienes muebles e inmuebles en virtud de los Contratos de concesion. Para fines del presente Reglamento, la devolucion de los bienes al Concedente debe considerarse como una baja de bienes desde la perspectiva del concesionario. El control de las altas y bajas de los bienes de concesion permitira al Concedente como al Organismo Regulador contar con informacion actualizada sobre los bienes de la concesion y permitira al Concedente reflejar informacion financiera oportuna, como de disponer de los bienes que son devueltos por los concesionarios. Por su parte, los concesionarios contaran con reglas claras para solicitar las altas y bajas de los bienes de la concesion, sin perjuicio de sus responsabilidades que sobre dichos bienes establecen los contratos de concesion. El Reglamento permitira una mayor predictibilidad, transparencia y uniformidad para el control de las altas y bajas de los bienes de la concesion, tanto de los contratos de concesion suscritos como de los que se suscriban posteriormente. 2. Aspectos que regula la MORDAZA 1. Se establecen con claridad las definiciones y alcances de alta y baja de bienes de la concesion. 2. La MORDAZA es aplicable a las Entidades Prestadoras que explotan infraestructura de transporte de uso publico en virtud de un contrato de concesion. 3. Se establece el procedimiento de alta de bienes de la concesion con requisitos, plazos, participacion de OSITRAN y la aplicacion de silencio administrativo. 4. Se precisa el momento en que se puede aplicar el derecho al reconocimiento de los activos intangibles a favor del concesionario. 5. Se establece el procedimiento de baja de bienes de la concesion, la misma que cubre dos casos: la devolucion de los bienes y la baja cuando los bienes han sufrido una reduccion producto de robo, perdida, demolicion autorizada. Para cada caso, se establecen los requisitos, plazos y la participacion de OSITRAN, como la aplicacion del silencio administrativo correspondiente. 6. Se establece un plazo para la regularizacion de altas y bajas, hasta MORDAZA de 2006.

Capitulo 1 Alta de Bienes de la Concesion Capitulo 2 Baja de Bienes de la Concesion por Devolucion Capitulo 3 Baja de Bienes de la Concesion por Reduccion Titulo III Disposiciones Complementarias Titulo IV Disposiciones Transitorias

REGLAMENTO APLICABLE AL CONTROL DE LAS ALTAS Y BAJAS DE LOS BIENES DE LA CONCESION
TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º .- Referencia Cuando en el presente Reglamento se mencione un Titulo, Capitulo o Articulo sin indicar la MORDAZA legal correspondiente, se entendera que esta referido a este Reglamento. Articulo 2º .- Definiciones a) Alta de bienes: Es la entrega de bienes por parte del Concedente al Concesionario y la incorporacion de bienes que desarrolle el concesionario, incrementando el patrimonio del Concedente, en el MORDAZA de los contratos de concesion. b) Baja de bienes: Es la devolucion de bienes de la concesion o la disminucion de los bienes del patrimonio del Concedente. c) Bienes de la Concesion: son los bienes de propiedad del Concedente, ya MORDAZA entregados en concesion o producto de mejoras e inversiones realizadas por las empresas concesionarias. Estos se clasifican en bienes muebles y bienes inmuebles. d) Concedente: el Estado Peruano representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. e) Contratos de concesion: los contratos de concesion suscritos por el Concedente y las empresas concesionarias. f) Dias: son los dias habiles. g) Empresas concesionarias: son las empresas que cuentan con titularidad contractual para explotar infraestructura de transporte de uso publico. h) Listado de bienes de la concesion: es la lista de los bienes muebles e inmuebles entregados por el Concedente, asi como los incorporados por la empresa concesionaria en virtud al contrato de concesion. i) Procedimientos: son los procesos administrativos seguidos por las empresas concesionarias ante OSITRAN. Articulo 3º.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas y procedimientos mediante los cuales las empresas concesionarias deberan realizar las altas y bajas de bienes muebles e inmuebles en virtud de los Contratos de concesion. Articulo 4º.- Alcance La presente Reglamento es de aplicacion a las empresas concesionarias que explotan Infraestructura de Transporte de Uso Publico. Articulo 5º.- Reglas que regulan las altas y bajas de los bienes de la concesion El control de bienes de la concesion, las altas y bajas se rige por las reglas establecidas en: a) La Ley y demas disposiciones legales y reglamentarias pertinentes; b) Los Contratos de concesion; c) El presente Reglamento; d) Las demas disposiciones que dicte OSITRAN sobre el particular. TITULO II PROCEDIMIENTOS Capitulo 1 Alta de Bienes de la Concesion Articulo 6º.- Alta de Bienes de la Concesion

PROPUESTA REGLAMENTO APLICABLE AL CONTROL DE LAS ALTAS Y BAJAS DE LOS BIENES DE LA CONCESION (Proyecto para Consulta) ACUERDO Nº 674-177-05-CD-OSITRAN MORDAZA, MORDAZA DE 2005 REGLAMENTO APLICABLE AL CONTROL DE LAS ALTAS Y BAJAS DE LOS BIENES DE LA CONCESION
Contenido Titulo I Disposiciones Generales Titulo II Procedimientos

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