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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2005 (18/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 12

PÆg. 297084 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de julio de 2005 las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución, lascuales sólo podrán ser modificadas previa autorizacióndel Ministerio. En caso de aumento de potencia, ésta será autoriza- da hasta el máximo establecido en el Plan de Canaliza-ción y de Asignación de Frecuencias para la banda ylocalidad autorizada. En caso de disminución de potencia, no obstante no requerirse de la previa aprobación, el titular se encuen- tra obligado a su respectiva comunicación. Artículo 5º.- Serán derechos y obligaciones del titu- lar de la autorización las consignadas en los artículos64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión,así como las señaladas en la presente Resolución. Artículo 6º.- La autorización a que se contrae el artículo 1º de la presente Resolución podrá renovarse por igual período. La renovación deberá solicitarse hasta el día de ven- cimiento del plazo de vigencia indicado en el antes men-cionado artículo 1º y se sujeta el cumplimiento de lascondiciones previstas en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 7º.- Dentro de los sesenta (60) días de no- tificada la presente resolución, el titular de la autoriza-ción efectuará el pago correspondiente al derecho deautorización, canon anual y publicación de la presenteresolución, caso contrario la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministe- rio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 8º .- La autorización a que se contrae la pre- sente resolución se sujeta a las disposiciones legales yreglamentarias vigentes que regulan el servicio autori-zado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 12666 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 380-2005-MTC/03 Lima, 12 de julio del 2005 VISTO, el Expediente Nº 2002-013698 presentado por doña CHARITO MARISOL ALFONSO LITANO, so-bre otorgamiento de autorización para la prestación delservicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuen-cia Modulada, en la localidad de Tambo Grande, depar-tamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del ser-vicio de radiodifusión, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorización, la cual se otorga por Reso- lución del Viceministro de Comunicaciones, según lo pre-visto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley deRadio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supre-mo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión establece que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicaspara establecer un servicio de radiodifusión. Además,señala que la instalación de equipos en una estación deradiodifusión requiere de permiso, el cual es la facultadque otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radio- difusión; Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar elservicio de radiodifusión, se inicia un período de instala-ción y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses; Que, el artículo 183º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicacionesseñala que para obtener autorización para prestar elservicio de radiodifusión se requiere presentar una soli-citud, la misma que se debe acompañar con la informa- ción y documentación que en dicha norma se detallan,asimismo debe presentarse la documentación a efectos de verificar el cumplimiento del artículo 25º del Regla-mento de la Ley de Radio y Televisión; normas aplica-bles en virtud del mandato contenido en la Primera Dis- posición Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, mediante Informe Nº 704-2005-MTC/17.01.ssr, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Tele-comunicaciones, señala que la solicitud presentada pordoña CHARITO MARISOL ALFONSO LITANO cumplecon los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la administrada la autorización y permiso solicitados; señalándose además que debe es-tablecerse como obligación, a cargo de la administrada,la presentación del proyecto de comunicación dentro delperíodo de instalación y prueba, documento que es re-querido por la administración a efectos de evaluar el cumplimiento de las obligaciones legales derivadas del otorgamiento de la autorización; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Su-premo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado delReglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, la PrimeraDisposición Final y Transitoria del Reglamento de la Leyde Radio y Televisión, aprobada por Decreto SupremoNº 005-2005-MTC, el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio aprobado por Decreto Su- premo Nº 008-2002-MTC, el Plan de Canalización y Asig- nación de Frecuencias, aprobado por Resolución Vice-ministerial Nº 116-2004-MTC/03 y la Resolución Minis-terial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las NormasTécnicas del Servicio de Radiodifusión; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Otorgar autorización a doña CHARITO MARISOL ALFONSO LITANO, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada, en la localidad deTambo Grande, departamento de Piura; de acuerdo alas condiciones esenciales y características técnicasque se detallan a continuación: Condiciones Esenciales: Servicio : FMFrecuencia : 91.7 MHzModalidad : COMERCIAL Características Técnicas: Indicativo : OCR-1Z Emisión : 256KF8E Potencia Nominal del Transmisor : 0.05 KWUbicación de la Estación: Estudios y Planta : Zona denominada San Ramón, en el distrito de Tambo Grande, provincia ydepartamento de Piura. Coordenadas Geográficas : Longitud Oeste : 80° 19’ 52” Latitud Sur : 04° 55’ 36” Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contor- no de 66 dB µV/m La autorización otorgada incluye el permiso para ins- talar los equipos de radiodifusión correspondientes. El plazo de la autorización y del permiso concedidos se computarán a partir del día siguiente de notificada lapresente Resolución, la cual además será publicada enel Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º .- La autorización que se otorga en el ar- tículo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual la titular de la autorización deberá cumplir con lasobligaciones que a continuación se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestación del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las características técnicas aprobadas en la presente autorización. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamien- to.