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PÆg. 293960 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de junio de 2005 cional, la difusión y el cumplimiento de la presente Orde- nanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 10308 Regulan dØficit de espacios para estacionamientos en inmuebles cons- truidos antes del 31 de diciembre de 2004 ORDENANZA Nº 155-2005/MDB Breña, 19 de mayo del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha. VISTO; El Dictamen de la Comisión de Servicios a la Ciudad, sobre la Norma que regula el déficit de espacios para esta-cionamiento en los inmuebles existentes en el distrito. CONSIDERANDO: Que, la presente Ordenanza se sustenta legalmente en el 194º e Inc. 4º del Art. 200º de la Constitución Políticadel Estado, en concordancia con el Art. II del Título Prelimi-nar y los Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 27972; las Municipalidades Distritales sonórganos de gobierno local, tienen autonomía política, eco- nómica y administrativa en los asuntos de su competencia y cumplen sus funciones normativas, mediante ordenan-zas, las que tienen rango de ley en el ámbito de su jurisdic-ción; Que, es indispensable que cada unidad inmobiliaria (vivienda, comercio, industria, servicios y otros) existente cuente con espacios suficientes que permiten cubrir las demandas actuales de estacionamiento, toda vez que lafalta de provisión de espacios está llevando a la ocupaciónindebida de áreas públicas, tales como: frente de lotescolindantes, bermas, pistas, etc.; generando desorden ymalestar a la comunidad; Que, el distrito de Breña, afronta un crecimiento urbano vertical, producto de las construcciones no autorizadas yque en la actualidad se encuentran consolidadas; por loque se requiere contar con una normatividad acorde a larealidad del distrito; Que, la Ordenanza Nº 202-MML, así como las normas establecidas en el Reglamento Nacional de Construccio- nes, no solucionan la realidad del crecimiento del distrito,siendo conveniente establecer normas técnico-legales queregulen el déficit de espacios para estacionamientos deacuerdo al uso de la edificación; Que, en el corto y mediano plazo las edificaciones exis- tentes con déficit de estacionamiento puedan adecuarse de forma progresiva a la presente ordenanza; Conforme a las atribuciones que confiere el inciso 8) del Artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades,Ley Nº 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámitede aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL DÉFICIT DE ESPACIOS PARA ESTACIONAMIENTO EN INMUEBLES CONSTRUIDOS ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE DEL 2004 OBJETIVOS Y ALCANCES Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por finalidad solucionar el problema de déficit para espacios de estacio- namientos en los inmuebles del distrito de Breña, conside- rando que se trata de inmuebles consolidados.Artículo 2º.- La presente Ordenanza tiene los siguien- tes alcances: 2.1.- Los propietarios de edificaciones nuevas o amplia- ciones construidas antes del 31 de diciembre del 2004,que no posean Licencia de Construcción. 2.2.- Los propietarios de edificaciones construidas con Licencia de construcción y que hallan realizado modifi- caciones al proyecto aprobado. CONDICIONES Y LIMITACIONESArtículo 3º.- La cantidad mínima de espacios de estacio- namientos que debe poseer el inmueble, estará determi- nado por la zonificación y el uso del inmueble. Artículo 4º.- Los propietarios de los inmuebles con dé- ficit de espacios de estacionamientos, podrán solucionarsu condición mediante uno de los sistemas que se indicana continuación: Sistema A: La adquisición de espacios en edificios de estacionamientos colectivos, ubicados a una distancia nomayor a 500 metros del inmueble, en el que se produce eldéficit, y que se encuentre dentro de la jurisdicción del distrito. Sistema B: La construcción de espacios de estaciona- mientos en terreno de terceros o del mismo propietario, ubicados a una distancia no mayor a 500 metros del in- mueble, en el que se produce el déficit, y que se encuentredentro de las jurisdicción del distrito. Sistema C: La Ocupación de espacios de estaciona- mientos en inmuebles del mismo propietario, ubicados auna distancia no mayor a 500 metros del inmueble, en el que se produce el déficit, y que se encuentre dentro de las jurisdicción del distrito. Sistema D: La Habilitación de espacios de estaciona- mientos en las bermas laterales frente al inmueble en elque se produce el déficit, siempre que sea vía local, noesté declarado como zona rígida, y se encuentre dentro de la jurisdicción del distrito. El sistema por el cual solucionará el déficit de espacios de estacionamientos, deberá ser indicado en el CuadroNormativo del Plano de Ubicación y Localización, sin locual, no será considerado para la calificación del expe- diente. REQUISITOSArtículo 5º.- Cuando el propietario opte por el Sistema A, deberá anexar al expediente de Regularización la Ficha Registral Actualizada, en donde se consigne la compra- venta del espacio de estacionamiento, además de la indi-cación de los linderos y el área correspondiente. Artículo 6º.- Cuando el propietario opte por el Sistema B, deberá presentar el proyecto para el nuevo inmueble, en la cual, además de los requisitos exigidos en el T.U.P.A. en vigencia, deberá presentar un documento en donde se indique la referencia del expediente del cual se deseasolucionar el déficit de estacionamiento. Ambos expedientes serán revisados conjuntamente por la Comisión Calificadora de Proyectos de Arquitectura, elcual emitirá dictamen por cada expediente. En caso el área se igual o menor a 30.00 m2, podrá presentarse el nuevo expediente como Licencia para ObraMenor, el cual para poder ser calificado procedente por elSubgerente de Desarrollo, deberá contar con el informe deprecalificación del inmueble con déficit de estacionamiento,verificándose así que los espacios para estacionamientos son los requeridos. Artículo 7º.- Cuando el propietario opte por el Sistema C, deberá presentar lo siguiente: - Declaración Jurada firmada por el (los) propietario(s), indicando la cantidad de estacionamientos cedidos, y que de realizar modificaciones en el inmueble, no se eliminará la cantidad de espacios de estacionamientos cedidos. - Copia de los planos aprobados de Declaratoria de Fábrica del inmueble. Artículo 8º.- Cuando el propietario opte por el Sistema D, deberá presentar lo siguiente: - Certificado Negativo de Zona Rígida. - Fotografía Color de la berma lateral, en donde se observe la fachada del inmueble. Artículo 8.1.- Para la obtención del Certificado Negati- vo o Positivo de Zona Rígida, se deberá presentar lossiguientes documentos: