Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2005 (04/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 4 de junio de 2005

Desarrollo MORDAZA y Obras y del Informe Nº 065-05-05OAJ/MDCH de la Oficina de Asesoria Juridica de fecha 13 de MORDAZA en curso; los mismos que informan el desabastecimiento inminente del insumo, Leche Evaporada Entera, del Programa del Vaso de Leche, para un periodo de 120 dias; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 001/2005-CE-MDCH, Primera Convocatoria, referido a la Adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche, ha sido declarado DESIERTO en el ITEM I (Leche Evaporada Entera en bolsa por 410 gramos) en el Acto publico llevado a cabo el dia 10.5.05. Que, mediante Informe Nº 003-2005-CEAPVL/MDCH, se le informa al Presidente del Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche, que en el Acto Publico llevado a cabo el dia 10.5.05, donde el Notario Publico Dr. MORDAZA MORDAZA Boggiano, verifica y certifica el puntaje alcanzado en el primer sobre (propuesta tecnica) por las empresas postulantes a esa Licitacion, se habia declarado DESIERTA en lo que respecta al ITEM I (Leche Evaporada Entera, en bolsa por 410 gramos) debido a que la Empresa NIISA CORPORATION S.A. "En cuanto al Certificado de Aceptabilidad Nº 0881/2005/C, este Certificado se refiere a una muestra proporcionada por la Empresa MORDAZA y no era una muestra obtenida por el laboratorio tal como se indica en dicho Certificado. La prueba de ACEPTABILIDAD no habia sido hecha de acuerdo al numeral 5.4.27 de las bases" y en el caso de la Empresa NUTRIAL S.A.C "De todos los Certificados de calidad y de conformidad, todos indican como Registro Sanitario Nº AA25046N mientras que en el folio 8 que es la MORDAZA del Registro Sanitario expedido por DIGESA senala el siguiente numero A26046N de acuerdo a lo senalado en el punto 5.4.16 de las bases". "En lo que respecta a la prueba de aceptabilidad no concuerda la fecha del Certificado con la fecha del Acta"; Que, mediante Informe Nº 048-05-MDCH-GDU-PVL el responsable del Programa del Vaso de Leche, pone en conocimiento del Gerente de Desarrollo MORDAZA y Obras que para no producirse el desabastecimiento de los productos alimenticios a los distintos Comites hace su requerimiento de Adquisicion para un lapso de 120 dias calendario; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras mediante Informe Nº 0122-05/GDU-O-MDCH, hace de conocimiento de la Gerencia Municipal que habiendo declarado DESIERTA en el ITEM I (Leche Evaporada Entera) en los resultados del MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 01-05-CE-MDCH, segun el informe Nº 0032005-CEAPVL/MDCH, motivo por el que hace llegar el Informe del responsable encargado del Programa del Vaso de Leche donde solicita la compra de dicho producto para un periodo de 120 dias calendario a fin de que el Programa no quede desabastecido; Que, mediante Informe Nº 065-05-OAJ/MDCH la Jefa de Asesoria Juridica opina que teniendo el Acuerdo Nº 010-05, el cual establecio la Exoneracion del MORDAZA de Licitacion por un periodo determinado y/o en tanto dure el MORDAZA de Licitacion hasta el otorgamiento de la Buena Pro y teniendo que la Ley indica que deben establecerse plazos determinados debe emitirse un MORDAZA Acuerdo de Concejo especificando el MORDAZA plazo por el cual se produce el desabastecimiento inminente; Que, asimismo, el Contrato que se celebre con la Empresa que provea de este insumo, debera incluir una clausula resolutiva en la cual indique que en el momento que se otorgue la Buena Pro se resolvera dicho Contrato; Que, estando a lo prescrito por el Art. 19º del D.S. 083-2004-PCM - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el mismo que senala en el literal d), que se encuentran exoneradas de los Procesos de Seleccion las Adquisiciones y Contrataciones que se realicen, en situacion de emergencia o desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, los articulos 146º,147º y 148º del D.S. Nº 0842004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establecen el procedimiento de exoneracion, el mismo que debe cumplirse en el presente caso; Estando, a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley

N° 27972 y con la dispensa del tramite de aprobacion y lectura del Acta y el MORDAZA MAYORITARIO del Concejo Municipal; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR en merito al Acuerdo Nº 010-2005 que declara la Exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica Nº 01-05-CE-MDCH y/o hasta el otorgamiento de la Buena Pro ampliar por un periodo hasta 120 dias calendario para la adquisicion del insumo de leche evaporada entera para el Programa del Vaso de Leche por desabastecimiento inminente; considerando un valor unitario de S/. 1.60 incluido los Impuestos de L ey, d e t e r m i n a n d o s e e l va l o r r e fe r e n c i a l d e S/. 193,944.00, teniendo como fuente de financiamiento 17 "Recursos Ordinarios para Gobiernos Locales". Articulo Segundo.- Que, de acuerdo al articulo 141º del D.S. Nº 084-2004-PCM se efectue el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas civiles y/o penales de los Funcionarios o Servidores Publicos involucrados. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Administracion para que adopte las acciones necesarias para garantizar la atencion de dicho Programa de acuerdo a la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Poner en conocimiento del presente Acuerdo a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10428

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Inician MORDAZA administrativo disciplinario a servidor de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 276-2005
Los MORDAZA, 1 de junio de 2005 VISTOS: El Memorandum Nº 034-2005-MDLO/GM, el Acta de Sesion del 29 de MORDAZA de 2005, el Informe Nº 0092005-MDLO/CPPAD, Proveido Nº 155-05/ALC; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 28-2005 de fecha 10 de enero de 2005 se designo a la Comision Permanente de Procesos Administrativos para el Ejercicio 2005, conformacion que fuera modificada con Resolucion de Alcaldia Nº 147-2005 de fecha 28 de marzo de 2005; Que, el Art. 163º del D.S. Nº 005-90-PCM establece que el servidor publico que incurra en falta de caracter disciplinario, cuya gravedad pudiera ser causal de cese temporal o destitucion, sera sometido a MORDAZA administrativo disciplinario que no excedera de treinta (30) dias habiles improrrogables; Que, la misma MORDAZA indica, en sus articulos 164º y 165º, que el MORDAZA debe ser escrito y sumario y debe estar a cargo de una Comision de caracter permanente y cuyos integrantes son designados por resolucion del titular de la entidad presidida por un funcionario designado por el titular de la entidad y la integran el Jefe de Personal y un servidor de MORDAZA designado por los servidores; Que, dicha Comision tiene la facultad de calificar las denuncias que le MORDAZA remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de abrir MORDAZA administrativo disciplinario; Que, del acta de Sesion efectuada por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de fecha 29 de MORDAZA de 2005 aparece que en el caso especifico del servidor MORDAZA MORDAZA Deville MORDAZA fluye el Memorandum Nº 034-2005-MDLO/GM emitido por la Gerencia Municipal desprendiendose el Informe Nº 24-2005GM/U.RR.HH. Del mismo modo estando al desarrollo de la

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