Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2005 (09/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 9 de junio de 2005

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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De conformidad con lo previsto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Titulo II - Numerales XIII.1 y XIII.2 del Reglamento Nacional de Construcciones, el Decreto de Alcaldia Nº 081-97 y el Edicto Metropolitano Nº 021.85. SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR la Subdivision Sin Cambio de Uso y Sin Obras con fines de acumulacion del terreno de MIL METROS CUADRADOS 1,000.00 m2, calificado como MORDAZA de Reglamentacion Especial ZRE (uso industrial), constituido por el Lote Nº 14 de la Manzana "E" de la Urbanizacion Industrial MORDAZA de las MORDAZA, signado como Jr. MORDAZA MORDAZA Ronceros Nºs. 722-724, ubicado en el distrito del Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. La subdivision que se autoriza se conforma de la siguiente manera: Sublote 14-A con un area de DOSCIENTOS TREINTA METROS CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS (230.50 m2). Sublote 14-B con un area de SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE METROS CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS (769.50 m2). Las caracteristicas de los sublotes resultantes figuran en el Plano Nº 006-2005-MML-DMDU-DHU y la Memoria Descriptiva signada con el Nº 007-2005-MMLDMDU-DHU que forman parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER quede como carga inscrita, la obligatoriedad de acumular el Sublote 14-A con 230.50 m2 al colindante Lote 11 de la Manzana "E" de la Urbanizacion Industrial MORDAZA de las MORDAZA, a fin de constituir una nueva unidad Inmobiliaria con TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA METROS CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS (3,230.50 m2) Articulo Tercero.- AUTORIZAR, la inscripcion ante la Oficina Registral de MORDAZA de los Sublotes 14-A y 14-B asi como la libre venta de los mismos. Articulo Cuarto.- DISPONER, que los propietarios de los Sublotes resultantes estan obligados a insertar en los contratos de compra venta que celebren una clausula que establezca la indivisibilidad de los mismos, sin la autorizacion municipal correspondiente. Articulo Quinto.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados debiendo efectuarse en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario contados a partir de la fecha de su notificacion. Articulo Sexto.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion, a la Oficina Registral de MORDAZA, para su inscripcion correspondiente. Registrese, comuniquese y cumplase. MARIELLA MORDAZA MORDAZA Directora Direccion de Habilitaciones Urbanas Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 10609

Que, de conformidad con el numeral 3.6.1 del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, es funcion especifica de las Municipalidades Distritales, normar, regular y otorgar Autorizaciones, Derechos, Licencias, y realizar la Fiscalizacion de Habilitaciones Urbanas, siendo esto concordante con lo prescrito en el articulo 3º de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Articulo 5º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC; Que, la propia Ley Nº 26878 en su articulo 4º describe el Procedimiento y/o tramite Administrativo de Habilitacion MORDAZA que deben realizar los responsables de Habilitaciones Informales. De la misma forma, el numeral II -X-X-2.4 del Capitulo XX del Reglamento Nacional de Construcciones, referido a obras de Habilitacion MORDAZA no Autorizadas, senala que las personas que ejecuten obras de Habilitacion MORDAZA sin Aprobacion, seran sancionadas con multas entre 10% y 30% de la suma total de ventas indebidas efectuadas; Que, concordante con lo indicado en el considerando precedente, la Municipalidad de Comas ha dictado la Ordenanza Nº 03-2001-C/MC modificado por Ordenanza Nº 116-2004-C/MC que aprueba el Reglamento de Infraccion y Sanciones Administrativas, en cuyo codigo 1041 y 1042 del Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones - CUIS dispone la aplicacion de multas del 20% del valor del terreno y 30% del valor de Lote, a las personas que habiliten terrenos sin autorizacion y venta de Lotes no autorizados, respectivamente; Que, de la misma forma la entidad ha dictado la Ordenanza Nº 078-2003-C/MC, el cual en su articulo 10º establece que las Multas Administrativas pueden ser fraccionadas hasta en doce meses, debiendo cancelarse una cuota inicial mayor al 10% del monto de la misma; Que, a traves del Organo Competente, la Municipalidad de Comas ha detectado e impuesto Multas Administrativas a diversas Personas Naturales y Juridicas que han ejecutado Habilitaciones Urbanas y Venta de Lotes de Terreno sin Autorizacion Municipal. Paralelo a ello y atendiendo a la demanda de los interesados, se dicto la Ordenanza Nº 136-/MC publicada el 19.11.2004 que dispuso una reduccion de hasta el 50% de las Multas descritas por el pago al contado y rebajas escalonadas para el pago fraccionado a todos aquellos que se acojan dentro del plazo de 60 dias; Que, a pesar de las facilidades ofertadas por la Ordenanza descrita, la misma no ha tenido la receptividad esperada por la Administracion, lo cual supone ser todavia, onerosa las Multas precitadas, que contribuye a que se mantenga un gran numero de Asociaciones de Viviendas, Asociaciones Pro Vivienda, Cooperativas de Vivienda, Urbanizaciones y otras formas Asociativas con fines de Vivienda, sin haber iniciado o culminado la regularizacion de los tramites de Habilitacion MORDAZA, razon por el cual la Administracion debe de coadyuvar a superar tal limitacion, dictando las normas del caso; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por mayoria aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APROBAR, el Beneficio Especial de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas en el distrito de Comas, a favor de todas aquellas Asociaciones de Vivienda, Asociaciones Pro Vivienda, Cooperativas de Vivienda, Urbanizaciones y otras formas Asociativas con fines de vivienda, que se acojan a la presente, las que tendran una rebaja en las Multas por haber efectuado habilitaciones Urbanas y venta de Lotes de terreno sin Autorizacion Municipal, en las siguientes escalas. Pago al Contado: Rebaja del 80% de la Multa establecida. Pago Fraccionado:

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban Beneficio Especial de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas en el distrito
ORDENANZA Nº 157-C/MC Comas, 31 de MORDAZA del 2005 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 31 de MORDAZA del 2005, el Dictamen de la Comision de Desarrollo MORDAZA referido al Beneficio Especial de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas en el distrito de Comas;

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