Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2005 (09/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, jueves 9 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, en Sesion de Directorio Nº 01-2005 del 13 de enero de 2005, por Acuerdo Nº 06-01-2005, Financiera CMR S.A. acordo delegar en el gerente general de la sociedad senor MORDAZA Rizo Patron Basurco y en sus directores senores MORDAZA Irarrazabal Philippi, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mendenhall, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Castagnola MORDAZA, las facultades para que en forma conjunta dos cualesquiera de ellos puedan determinar los activos que se transferiran en dominio fiduciario a Credititulos Sociedad Titulizadora S.A., el monto de estos y la oportunidad en que se realizara dicha transferencia asi como los terminos, caracteristicas, monto, plazo y demas condiciones de las emisiones a ser realizadas en el MORDAZA del "Primer Programa de bonos de Titulizacion - CMR"; Que, asimismo, por Acuerdo Nº 06-01-2005, se les delego a las referidas personas la facultad para determinar los terminos y condiciones de la constitucion y administracion del patrimonio fideicometido; Que, el 28 de febrero de 2005, se suscribio el Acto Constitutivo de Fideicomiso de Titulizacion y el Contrato MORDAZA de Emision de Bonos de Titulizacion celebrado por Credititulos Sociedad Titulizadora S.A. y Financiera CMR S.A., por medio del cual Financiera CMR S.A. se obligo a transferir el dominio fiduciario cuentas por cobrar que se identifican en dicho documento, a favor de Credititulos Sociedad Titulizadora S.A. con la finalidad de que esta los incorpore al patrimonio fideicometido denominado "Patrimonio en Fideicomiso - D.Leg. Nº 861, Titulo XI, Tarjetas 2005 - Financiera CMR" y con su respaldo emita valores mobiliarios; asimismo, se establecieron los terminos y condiciones del "Primer Programa de Bonos de Titulizacion - CMR"; Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 308º y 309º de la Ley de MORDAZA de Valores el denominado Acto Constitutivo de Fideicomiso de Titulizacion y el Contrato MORDAZA de Emision de Bonos de Titulizacion fueron elevados a escritura publica el 1 de MORDAZA de 2005 y se encuentran inscritos en la partida electronica Nº 11016503 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; Que, mediante escritos de fechas 11 de febrero, 20 de MORDAZA, 16, 21, 31 de MORDAZA y 2 de junio de 2005 Credititulos Sociedad Titulizadora S.A. solicito la aprobacion del tramite anticipado, la inscripcion del primer programa de bonos de titulizacion denominado "Primer Programa de Bonos de Titulizacion - CMR" hasta por un monto MORDAZA en circulacion en nuevos soles equivalente a la suma de US$ 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) y el registro del prospecto MORDAZA respectivo en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, asimismo Credititulos Sociedad Titulizadora S.A. solicito la inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de los Bonos de Titulizacion correspondientes a la primera emision del "Primer Programa de Bonos de Titulizacion - CMR" que seran emitidos mediante oferta publica primaria con respaldo en el "Patrimonio en Fideicomiso - D.Leg. Nº 861, Titulo XI, Tarjetas 2005 - Financiera CMR" y, el registro del prospecto complementario correspondiente; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos contenidos en la Ley de MORDAZA de Valores y el Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos y en lo que corresponde, con lo establecido en el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y normas complementarias; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 333º de la Ley de MORDAZA de Valores y por los articulos 43º y siguientes del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos, asi como lo establecido en sesion del Directorio de CONASEV de fecha 6 de MORDAZA de 1999 que faculta al Gerente General para autorizar la inscripcion de valores mobiliarios respaldados en fideicomisos de titulizacion. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el tramite anticipado, inscribir el primer programa de bonos de titulizacion denominado "Primer Programa de Bonos de Titulizacion - CMR" hasta por un monto MORDAZA en circulacion en nuevos soles equivalente a US$ 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) y disponer el registro del prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores.

Articulo 2º.- Inscribir los valores mobiliarios de contenido crediticio correspondientes a la primera emision denominados "Primera Emision del Primer Programa de Bonos de Titulizacion - CMR" hasta por un importe MORDAZA de S/. 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 Nuevos Soles) y el registro del prospecto complementario correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Dichos valores seran emitidos y colocados por oferta publica, en concordancia con los plazos, condiciones y modalidades previstas en el Acto Constitutivo de Fideicomiso de Titulizacion y en el Contrato MORDAZA de Emision de Bonos de Titulizacion, con sujecion a lo dispuesto en la normativa vigente, y en la presente Resolucion. Articulo 3º.- La oferta publica de los bonos a la que se refiere el articulo anterior debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el articulo 25 y, de ser el caso, en el articulo 29 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. La colocacion de los bonos a que se refiere el articulo 2º de la presente Resolucion debera efectuarse en un plazo que no excedera de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, prorrogables hasta por un periodo igual a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga en ningun caso podra ser presentada despues de vencido el referido plazo de colocacion. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refiere el articulo 53 del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos y en lo que corresponda, con la establecida en los articulos 23 y 24 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Articulo 4º.- La aprobacion, inscripcion registro a que se refieren los articulos 1º y 2º de la presente Resolucion no implica que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a Financiera CMR S.A., en su calidad de fideicomitente; a Credititulos Sociedad Titulizadora S.A., en su calidad de fiduciario; al Banco de Credito del Peru, en su calidad de entidad estructuradora; a Credibolsa SAB S.A., en su calidad de entidad colocadora; a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A.; y, a Cavali ICLV S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LOZAN MORDAZA Gerente General Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 10597

ESSALUD
Declaran nulidad de adjudicaciones directas publicas convocadas para la adquisicion de combustible para la Red Asistencial MORDAZA
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 338-PE-ESSALUD-2005 MORDAZA, 6 de junio del 2005 VISTOS: Los Expedientes de las Adjudicaciones Directas Publicas Nº 007 Nº 0418C00071 y 0418C00072 "Adquisicion de Combustible para la Red Asistencial Arequipa", y; la Carta Nº 1678-OCAJ-ESSALUD-2005 de la Oficina Central de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 30 de setiembre del 2004 se publico en el Diario Oficial El Peruano la Convocatoria de la Adjudi-

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