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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (13/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G34/G36/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 13 de junio de 2005 dispuesto en el artículo 47º-A, sin perjuicio de lo cual en cada caso se mantendrán vigentes las disposiciones esta-blecidas para cada uno de los servicios conforme a la cla-sificación general previstas en la Ley y en el Reglamento ylos respectivos contratos de concesión suscritos. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- En el plazo de sesenta (60) días hábiles con- tados a partir del día siguiente de la publicación de la presen-te Ley deberá adecuarse el Texto Único Ordenado del Regla-mento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobadopor Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC a la presente Ley. SEGUNDA.- Los expedientes referidos a solicitudes de otorgamiento de concesiones que se encuentren en trámi-te y pendientes de resolver, se tramitarán como una conce-sión única adecuándose a las disposiciones de la presenteLey y su Reglamento General. TERCERA.- Las personas naturales o jurídicas que a la vigencia de la presente Ley cuenten con contratos de con-cesión suscritos para la prestación de servicios públicos detelecomunicaciones deberán adecuar sus respectivas con-cesiones para la obtención de la concesión única. El Re-glamento General establecerá los procedimientos, plazosy excepciones, de ser el caso, para la adecuación. /G45/G58/G50/G4F/G53/G49/G43/G49/GD3/G4E/G20/G44/G45/G20/G4D/G4F/G54/G49/G56/G4F/G53 I. Antecedentes Con la dación del Decreto Legislativo Nº 702, el 11 de mayo de 1991, se aprobaron las normas que regulan laPromoción de Inversión Privada en Telecomunicaciones,normas que permitieron al Estado asignar la prestación delos servicios públicos de telecomunicaciones al sector pri-vado, reservándose para sí el rol de regulador del mercadoy de supervisión del cumplimiento de las obligaciones asu-midas por las empresas operadoras. En este contexto, se emitió el Decreto Supremo Nº 013- 93-TCC, publicado el 6 de mayo de 1993, mediante el cualse aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Teleco-municaciones. Asimismo se expidió la Ley Nº 26285, del 14de enero de 1994, que estableció la desmonopolizaciónprogresiva de los servicios públicos de telecomunicacionesde telefonía fija local y portadores de larga distancia nacio-nal e internacional, fijando un período de concurrencialimitada no mayor de cinco años. El 16 de mayo de 1994 el Estado Peruano y, de otro lado, la Compañía Peruana de Teléfonos S.A. y la Empre-sa Nacional de Telecomunicaciones del Perú S.A. (ambasfusionadas en lo que hoy es Telefónica del Perú S.A.A.),suscribieron los contratos de concesión para la prestaciónde los servicios públicos de telecomunicaciones portado-res y telefónicos locales y de larga distancia nacional einternacional en la República del Perú y portador y telefóni-co local en el departamento de Lima y la Provincia Consti-tucional del Callao, respectivamente. Cuatro años después, mediante Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, del 5 de agosto de 1998, se aprobaron losLineamientos de Política de Apertura del Mercado de lasTelecomunicaciones, que permitieron contar con un marconormativo que estableció, entre otros aspectos, la políticapara el otorgamiento de las concesiones a fin de promoverla competencia en el sector. Asimismo, por acuerdo de par-tes, se dio por terminado el período de concurrencia limitaday a partir de ese momento nuestro país se abrió a la compe-tencia en todos los servicios de telecomunicaciones. II. Fundamentos A nivel mundial, a partir de la década de los ochenta, hemos sido testigos del desarrollo de las telecomunicacio-nes, debido al incremento del número de computadoras yfibra óptica, que han permitido manejar señales digitalizadasde forma instantánea e incrementó la velocidad de las comu-nicaciones y la capacidad de transmisión., respectivamente.A la vez, la digitalización de las redes telefónicas tradicionalesha permitido aportar nuevos servicios, como las denomina-das “redes inteligentes”, beneficiando a los usuarios tanto losresidenciales como los de tipo empresarial. Por otro lado, el desarrollo tecnológico en los campos de la informática, las telecomunicaciones y el sector audio-visual están haciendo confluir a estos tres sectores en loque se conoce como el “Hipersector” de las Tecnologías de 1Ariño Ortiz, Gaspar: “ Principios de Derecho Público Económico”. Madrid, 2004. Pag. 781. 2CEE: Libro Verde, 1987. Pag. 1. 3CEE, Op. Cit. Pag. 3.la Información y Comunicación, las llamadas TIC1. Este fenómeno es conocido como convergencia. Una de las definiciones más acertadas de convergen- cia la podemos encontrar en el Libro Verde sobre la Con-vergencia de los Sectores de Telecomunicaciones, Mediosde Comunicación y Tecnologías de la Información y sobresus consecuencias en la Reglamentación de la Comuni-dad Económica Europea, en los siguientes términos: /GA7“la capacidad de diferentes plataformas de red de transportar tipos de servicios esencialmente simila-res, o /GA7la aproximación de dispositivos de consumo tales como el teléfono, la televisión y el ordenador perso-nal” 2 Todo ello responde a que la tendencia es la adopción de tecnologías digitales por todos los sectores. Las tecno-logías digitales incluyen un abanico de disciplinas asocia-do por regla general con las industrias de la informática ylas telecomunicaciones: microelectrónica digital, software y transmisión digital. Aplicadas separadamente en cada unode los sectores, estas tecnologías han demostrado ya susuperioridad en cuanto a rendimiento, flexibilidad y renta-bilidad, y se han demostrado capaces de potenciar la crea-tividad y fomentar la innovación 3. Por otro lado, las comunicaciones digitales pueden efec- tuarse a través de redes físicas (alámbricas) o inalámbri-cas. La digitalización de las redes telefónicas tradicionalesha permitido nuevos servicios dando lugar a lo que seconoce como “multimedia” que se caracteriza porque lostextos, imágenes, sonidos y gráficos actúan utilizando unmismo terminal. La gran velocidad y el elevado rendimiento espectral que permite conseguir la transmisión digital brindan la posi-bilidad de entregar brindar señales de vídeo y audio degran calidad a través de infraestructuras de red diferentes.Gracias a tecnologías de transmisión tales como la RDSIde banda estrecha, xDSL y ATM. La competencia permanente entre las distintas tecno- logías no permite identificar la que tendrá mayor éxito. Elejemplo más importante de esta independencia de la pla-taforma es el protocolo Internet (IP). El IP se ha convertidoen el protocolo de red de facto de Internet y es capaz de encaminar y transportar todos los elementos de un serviciomultimedio (texto, imagen, vídeo de animación y sonido). Esta situación ha generado que países como Venezuela, España, Argentina opten por la adopción de mar-cos regulatorios acordes con la convergencia de servicios. Así por ejemplo, en Argentina mediante Decreto 764/ 2000, se implementó el otorgamiento de Licencia únicapara la prestación de servicios públicos de telecomunica-ciones; de igual forma, la Ley 32/2003 del 3 de noviembrede 2003, Ley General de Telecomunicaciones de Españaadopta el mismo modelo así como Ley Orgánica de Teleco-municaciones de la Republica Bolivariana de Venezuelaaprobada el 1 de junio de 2000. Pese a estos avances en materia regulatoria y aún cuando en nuestro país, en más de diez años, el sector delas telecomunicaciones ha experimentado una transforma-ción radical como resultado de la apertura total de los ser-vicios y la infraestructura, la reglamentación del sector delas telecomunicaciones no ha sido actualizado encontrán-dose desfasada ante las nuevas tendencias de libertad demercado y el surgimiento de los nuevos servicios. Si bienes cierto, en 1998 se adoptaron las primeras medidas, queterminaron con la apertura plena de los servicios de teleco-municaciones, sin embargo es conveniente continuar conel proceso en los demás aspectos que también son rele-vantes./G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F