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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G34/G36/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 13 de junio de 2005 Representante del Gobierno Regional de Lima - Sr. Jairo RlVAS BELLOSO Representante de la Defensoría del Pueblo - Crnl. PNP Alfredo PUJADAS CARPIO Representante de la Secretaría Técnica del CONASEC - Cmdte.S.PNP Miguel Ángel BARRIGA CARRASCO Representante de la Secretaría Técnica del CONASEC ycoordinador ejecutivo - My. PNP Oswaldo ALVA MARINA Representante de la Secretaría Técnica del CONASEC - My. S. PNP Rosa CORRALES PECHO Representante de la Secretaría Técnica del CONASEC - ETco. 3ra. PNP Paúl German VERAMENDI FLORES Asistente Técnico de la Secretaría Técnica del CONASEC - CPC Rumaldo GARCÍA PALLARCO Representante de la Secretaría Técnica del CONASEC Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la Orden General de la Policía Nacional delPerú; y la anotación en el Legajo del Personal felicitado. Regístrese, comuníquese y publíquese.FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 10844 JUSTICIA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G56/G49/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4A/G65/G66/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/GED/G61/G73/G20/G4A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G61/G73/G20/G79/G4C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G2C/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 257-2005-JUS Lima, 10 de junio de 2005 VISTO el Oficio Nº 588-2005-JUS/DNAJ-DDJ de la Di- rección Nacional de Asuntos Jurídicos; CONSIDERANDO:Que, la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos tiene a su cargo la coordinación de las actividades de las AsesoríaJurídicas y Legales de las entidades del Sector Público, a fin de mantener la coherencia del Sistema Jurídico Nacio- nal, conforme lo establece el artículo 21º del Decreto LeyNº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 83º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministe- rio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS; Que, en cumplimiento de dicha función, dicho órgano de línea ha previsto en el Programa Operativo Institucional2005 del Ministerio de Justicia, la realización de la VI CON- VENCIÓN DE JEFES DE ASESORÍAS JURÍDICAS Y LE- GALES DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL denominada"La Potestad Sancionadora del Estado, Limitaciones e Implicancias en los Servidores de la Administración Pública y el Rol de las Asesorías Jurídicas en la Sistematización dela Legislación", con el propósito de optimizar la labor de las asesorías jurídicas a través del establecimiento de meca- nismos de coordinación efectivos, analizar la normativa dela materia e incentivar la participación de los asistentes en las propuestas normativas del Poder Ejecutivo, por lo que es necesario autorizar su realización; De conformidad con lo dispuesto en los artículo 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justi- cia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR la realización de la VI CON- VENCIÓN DE JEFES DE ASESORÍAS JURÍDICAS Y LE-GALES DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL denominada "La Potestad Sancionadora del Estado, Limitaciones e Implicancias en los Servidores de la Administración Públicay el Rol de las Asesorías Jurídicas en la Sistematización de la Legislación", que se llevará a cabo el día viernes 24 de junio del año en curso en la ciudad de Lima.Artículo 2º.- La Oficina General de Administración y la Oficina de Prensa e Imagen Institucional brindarán a la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos la colaboración necesaria para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en lapresente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 10852 PRODUCE /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G2D /G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G63/G61/G6C/G61/G6D/G61/G72/G20/G67/G69/G67/G61/G6E/G74/G65/G20/G6F/G20/G70/G6F/G74/G61/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G35/G30/G35/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G50/G52/G4F/G44/G55/G43/G45 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 149-2005-PRODUCE Lima, 9 de junio de 2005 Visto el Oficio Nº DE-100-120-2005-PRODUCE/IMP del 27 de mayo del 2005, mediante el cual el Instituto del Mar del Perú - IMARPE, remite el informe denominado “Situa-ción del recurso calamar gigante y perspectivas de captura para el segundo semestre del 2005". CONSIDERANDO: Que el artículo 2º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley Gene- ral de Pesca, establece que son patrimonio de la Nación los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas juris- diccionales del Perú, en consecuencia, corresponde alEstado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesque- ra es de interés nacional; Que el artículo 9º de la mencionada Ley, dispone que sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socio-económicos, la autoridad pesqueradeterminará según el tipo de pesquería, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisi- ble, las temporadas y zonas de pesca, la regulación delesfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mí- nimas de captura y demás normas que requieran la pre- servación y explotación racional de los recursos hidro-biológicos; Que por Resolución Ministerial Nº 451-2004-PRODUCE de fecha 20 de diciembre del 2004, se prorrogó hasta el 30de junio del 2005 la vigencia del Régimen Provisional para la extracción comercial del calamar gigante o pota Dosidicus gigas establecido por la Resolución Ministerial Nº 505-2003-PRODUCE, de fecha 18 de diciembre del 2003, prorrogado por Resolución Ministerial Nº 134-2004- PRODUCE del 30 de marzo del 2004 y la Resolución Minis-terial Nº 283-2004-PRODUCE del 30 de marzo del 2004, modificando esta última resolución los montos de los dere- chos de pesca establecidos en el artículo 5º de la Resolu-ción Ministerial Nº 505-2003-PRODUCE; Que mediante el Oficio Nº DE-100-120-2005-PRODUCE/ IMP del 27 de mayo del 2005 el Instituto del Mar del Perú -IMARPE, remite el informe técnico denominado “Situa- ción del recurso calamar gigante y perspectivas de cap- tura para el segundo semestre del 2005”, en el cual seindica que basándose en la abundancia y condiciones ambientales de los últimos años, se recomendó una cuo- ta de captura de 125 mil toneladas para el primer semes-tre del año 2005 y asimismo al mantenerse una alta disponibilidad del calamar gigante frente a la costa pe- ruana, permitiría sustentar una cuota de captura de 250mil toneladas para el año 2005, por lo que resulta nece- sario dar continuidad a la actividad extractiva de este recurso; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamentode Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE; y, Con el visado del Viceministro de Pesquería;