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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (23/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 52

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G33/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de junio de 2005 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G74/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G61/G63/G61/G64/GE9/G6D/G69/G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61 /G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G74/GED/G6E/G61/G6C/G20/G6C/G69/G62/G72/G6F/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G64/G6F/G20/G22/G4C/G61/G42/GFA/G73/G71/G75/G65/G64/G61/G22 ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2005-GRSM/CR Moyobamba, 30 de mayo del 2005 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobreDescentralización -Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Des- centralización -Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales -Ley Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902 y LeyNº 28013, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, aprobado mediante Orde- nanza Regional Nº 002-2003-GRSM-CR modificado median-te Ordenanza Regional Nº 001-2005-GRSM/CR de fecha 8 de febrero de 2005, y demás normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Ley de Bases de la Descentra- lización - Ley Nº 27783, establece que la presente LeyOrgánica regula la estructura y organización del Estadoen forma democrática, descentralizada y desconcentra- da, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define lasnormas que regula la descentralización administrativa, económica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, el artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 dispone que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son perso- nas jurídicas de derecho público, con autonomía políti-ca, económica y administrativa en asunto de su compe- tencia, constituyendo para su administración económi- ca y financiera un Pliego Presupuestal; Que, el artículo 47º de la Ley Nº 27867- Ley Orgáni- ca de Gobiernos Regionales, referido a las funciones en materia de educación, establece en su inciso c) Diversi-ficar los currículos nacionales, incorporando contenidos significativos de su realidad sociocultural, respondiendo a las necesidades e interés de los educandos; igual-mente en el inciso i) establece promover e incentivar la investigación, y en su inciso K) establece la promoción y difusión de las manifestaciones culturales; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria desarrollada en el Auditórium de la Municipalidad de la Provincial de Tocache, el día 16 demayo del 2005, aprobó por mayoría de nueve votos a favor y una abstención del Consejero Regional Andrés Gilberto Vidal Gabancho, la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- DECLARAR AL LIBRO “LA BÚS- QUEDA” DE UTILIDAD ACADÉMICA EN LA REGIÓNSAN MARTÍN, que tiene como autor al Profesor Adrián Mendoza Ocampo, el mismo que consta de 42 páginas. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Re- gional de Desarrollo Social del Gobierno Regional, pro- yectar el Decreto Regional que reglamente la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- AUTORIZAR al Dr. ALFREDO DEL AGUILA LINARES, Secretario del Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, la publicación de lapresente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano y en el diario encargado de las publicaciones regionales, disponiendo su inclusión en el portal electró- nico del Gobierno Regional de San Martín. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JULIO CÁRDENAS SÁNCHEZ Presidente Regional 11378/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G52/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G2D/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G2D/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2005-GRSM/CR Moyobamba, 30 de mayo del 2005 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobreDescentralización - Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Des- centralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902 y LeyNº 28013, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, aprobado mediante Orde- nanza Regional Nº 002-2003-GRSM-CR modificado medianteOrdenanza Regional Nº 001-2005-GRSM/CR de fecha 08 de febrero de 2005, y demás normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Ley de Bases de la Descentra- lización - Ley Nº 27783, establece que la presente Ley Orgánica desarrolla el Capítulo de la Constitución Política sobre Descentralización, que regula la estructura y organi-zación del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo de-fine las normas que regulan la descentralización adminis- trativa, económica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 191º de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, con- cordante con el artículo 21º, inciso p) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificadopor la Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, es competencia de los Gobiernos Regionales Ejecutar, Formular y Aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado y el Presu-puesto Participativo Anual Concertado con los Gobier- nos Locales y la Sociedad Civil; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presu- puesto y Acondicionamiento Territorial ha presentado el proyecto de Reglamento para Elección de Represen- tantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante elConsejo de Coordinación Regional del Gobierno Regio- nal de San Martín con la finalidad de establecer procedi- mientos para la conformación, composición y elecciónde los Miembros del Consejo de Coordinación Regional; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 45º, inciso a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regiona-les Nº 27867, modificado por el artículo 4º de la Ley Nº 27902, la Función Normativa y Reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aproban-do normas de alcance regional; Que, el Artículo 15º, inciso a) de la Ley Orgánica de Gobierno Regional acotada en el considerando prece-dente, faculta al Consejo Regional aprobar el citado Re- glamento; Que, estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Se- sión Ordinaria desarrollada en el auditórium de la Munici- palidad Provincial de Tocache, el día 16 de mayo de2005, aprobó por unanimidad la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Único.- APROBAR el Reglamento para la elección de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regio-nal del Gobierno Regional de San Martín, que en ocho (08) folios forma parte de la presente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JULIO CÁRDENAS SÁNCHEZ Presidente Regional 11379