Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2005 (23/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de junio de 2005

visacion de la Subgerencia Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Lima; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje, en comision de servicio, a la Republica de MORDAZA, del Lic. Catariano MORDAZA MORDAZA Ybarguen, Director Regional de Educacion de Lima-Provincias, por los dias 24 y 25 de junio del 2005, de acuerdo a las consideraciones expuestas, con cargo a informar a la Presidencia Regional dentro del plazo de ley. Articulo Segundo.- Que, los viaticos, pasajes, impuestos y gastos que generen esta comision, seran de cuenta de la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Provincias, conforme a las disposiciones legales expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ejecutiva Regional; y de conformidad con lo establecido por el articulo 2º del D.S. Nº 047-2002-PCM, se precisa lo siguiente: Detalle de pasajes y viaticos:
Pasajes ida y vuelta (Lima-La Habana-GuantamanoLa Habana-Lima) CORPAC Viaticos por 2 dias Viaticos por gastos de instalacion (articulo 8º D.S. Nº 047-2002-PCM) TOTAL : US$ : US$ : US$ : US$ 798.00 25.00 480.00 240.00

: US$ 1,543.00

t.c.: 3.30 = S/. 5,091.90 nuevos soles. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MUFARECH NEMY Presidente 11398

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Crean Grupo Tecnico Regional de Agrobiodiversidad de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2005-CR/GRL Iquitos, 2 de junio del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Consejo de fecha 2 de junio del 2005, se aprobo mediante Acuerdo de Consejo Nº 055-2005-SO-GRL, la Ordenanza Regional sobre la "Creacion del Grupo Tecnico Regional de Agrobiodiversidad de Loreto"; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, establece en su articulo 15º inciso a), que el Consejo Regional tiene la atribucion de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Estas normas regionales se encuentran tipificadas en el articulo 37º, inciso a), de la presente Ley, en la que los Consejos Regionales tienen atribuciones de normar mediante Ordenanzas Regionales; Que, son funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, conforme al articulo 53º de la Ley Nº 27867, en materia ambiental, entre otros, en el inciso a) "Formular, aprobar,

ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y las politicas en materia ambiental, asi como en su inciso c) Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicacion de las Estrategias Regionales respecto a la Diversidad Biologica dentro del MORDAZA de la Estrategia Nacional de Diversidad Biologica"; Que, es deber del Estado, promover e incentivar la conservacion, proteccion, uso y aprovechamiento sostenible de la agrobiodiversidad regional; sensibilizando a la poblacion sobre la importancia de los recursos naturales y su ambiente, promoviendo la transmision de los conocimientos, el desarrollo de sus habilidades, destrezas y la formacion de valores en torno de los procesos ecologicos esenciales, los sistemas vitales de la diversidad biologica y del uso sostenido de los recursos; Que, la agrobiodiversidad contribuye a la seguridad alimentaria y al mejoramiento de la calidad de MORDAZA de las comunidades indigenas, agricultores locales y otros, mediante la distribucion equitativa de los beneficios de su uso, contribuye tambien al desarrollo economico y a mejorar las condiciones de pobreza y extrema pobreza en que se encuentran las poblaciones locales amazonicos; Que, consciente de la necesidad de contar con una planificacion, oferta y mercadeo competitivo de los productos de la agrobiodiversidad de la region, la Comision Ambiental Regional de MORDAZA (CAR-LORETO), en aplicacion de la Ordenanza Regional Nº 014-2004-CR/GRL, que aprueba el Sistema Regional de Gestion Ambiental y la Ordenanza Regional Nº 008-2004-CR/GRL, que aprueba la Politica Ambiental Regional de MORDAZA, promueve la Creacion del Grupo Tecnico de Agrobiodiversidad de la Region MORDAZA, el mismo que tiene como objetivo elaborar el Programa Regional Concertado de Agrobiodiversidad de la Region MORDAZA, herramienta de gestion que promueva y fomente su conservacion, uso y aprovechamiento sostenible, la que debe estar fundamentado en principios eticos y colectivos para el manejo de los recursos naturales y culturales, cuyos beneficios economicos mejoren la calidad de MORDAZA de la poblacion local y regional; Que, la Comision Ambiental Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria de fecha 9 de febrero del 2005, Acuerdo Nº 01, propuso y aprobo la creacion del Grupo Tecnico de Agrobiodiversidad del departamento de MORDAZA para la conservacion, uso y aprovechamiento sostenible de la misma; Por lo que estando a lo dispuesto en los articulos 15º inciso a) y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobo por Unanimidad la siguiente Ordenanza: CREACION DEL GRUPO TECNICO REGIONAL DE AGROBIODIVERSIDAD DE LA REGION MORDAZA Articulo Primero.- Crear el Grupo Tecnico Regional de Agrobiodiversidad de la Region MORDAZA, cuyos objetivos son: Objetivo General: Elaborar y poner en marcha un Programa Regional Concertado de Agrobiodiversidad de la Region MORDAZA y un Plan de Accion para su Implementacion. Objetivos Especificos: - Elaborar el Diagnostico Situacional de la Agrobiodiversidad en la Region Loreto. - Elaborar Politicas, objetivos y lineamientos estrategicos que orienten el desarrollo de la agrobiodiversidad regional, mediante un MORDAZA participativo. - Elaborar el Plan de Accion para la Implementacion del Programa Regional concertado de Agrobiodiversidad de la Region Loreto. Articulo Segundo.- El Grupo Tecnico Regional de agrobiodiversidad de la Region MORDAZA, tendra las siguientes funciones: - Generar una vision compartida de la conservacion, uso y aprovechamiento de la agrobiodiversidad como alternativa para el desarrollo sostenible de la region.

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