Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2005 (23/06/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, jueves 23 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 295317

13. En tal virtud, no es posible otorgar a LAP el plazo de quince dias habiles adicionales solicitados, pues de lo contrario, OSITRAN incurriria en responsabilidad administrativa, de acuerdo a lo que establece el articulo 143º de la LPAG 14. Sin perjuicio de lo anterior, se debe senalar que LAP tiene el derecho de iniciar un MORDAZA procedimiento administrativo de interpretacion del contrato de concesion, una vez que determine ante OSITRAN, los triggers (o criterios relativos al volumen de trafico u otros), que califican las Mejoras del Periodo Remanente como "Eventuales"; con base a lo establecido en el articulo 106º, relativo al derecho de peticion administrativa y lo establecido en el Numeral 189.2 de la LPAG (aplicable a contrario sensu). SE RESUELVE: Articulo 1º.- Desestimar el recurso de Reconsideracion presentado por MORDAZA Airport Partners S.R.L. en contra del Acuerdo Nº 624-164-05-CD-OSITRAN, dejando a salvo el derecho de la empresa concesionaria para iniciar un MORDAZA procedimiento administrativo de interpretacion del contrato de concesion, en cuanto cuente con los medios de prueba a que se ha hecho referencia. Articulo 2º.- Comunicar la presente resolucion a la empresa concesionaria MORDAZA Airport Partners S.R.L. y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones en su calidad de ente concedente. Articulo 3º.- Autorizar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional (www.ositran.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIANG Presidente 11352

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan viaje de Director Regional de Educacion de MORDAZA - Provincias a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 198-2005-PRES MORDAZA, 21 de junio del 2005 VISTOS; la Carta de invitacion del Rector del Instituto Superior Pedagogico "Raul MORDAZA Garcia" de Guantamano - Republica de MORDAZA, de fecha 15 de junio del 2005, el Oficio Nº 589-2005/GRL/DREL-D, el Informe Nº 073-2005-GRL/GRDS de fecha 20 de junio del 2005; y, CONSIDERANDO; Que, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, por el documento de Vistos, el Director Regional de Educacion de Lima-Provincias, Lic. Catariano MORDAZA MORDAZA Ybarguen, ha sido invitado por el Rector del Instituto Superior Pedagogico "Raul MORDAZA Garcia" de Guantanamo, Republica de MORDAZA, a participar en la X Reunion Cientifica Metodologica de Profesores a desarrollarse los dias 24 y 25 de junio del 2005, en la sede de dicho Instituto Superior, MORDAZA de Guantamano, Cuba; evento que tiene como objetivo esencial la divulgacion de las mejores experiencias del quehacer pedagogico en beneficio de los estudiantes; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2005, Ley Nº 28427, establece en el inciso c) del articulo 7º sobre disposiciones de Racionalidad,

que las Entidades a fin de optimizar el gasto, estan obligadas a adoptar medidas de ahorro efectivo por viajes dentro y fuera del MORDAZA en comision de servicio; Que, por Resolucion Directoral Nº 007-2005-EF/76.01, de fecha 2 de febrero del 2005, se aprobo la Directiva para la ejecucion del Presupuesto de los Gobiernos Regionales para el ano fiscal 2005, Directiva Nº 004-2005EF/76.01, la misma que establece en su articulo 42º, de conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, la prohibicion durante el ano fiscal 2005 de la realizacion de viajes al exterior que irroguen gastos al Tesoro Publico, de funcionarios, servidores publicos o representantes del Poder Ejecutivo, referidos en el primer y MORDAZA parrafo del articulo 1º de la Ley Nº 27619, tomando en cuenta las excepciones fijadas en el MORDAZA parrafo del articulo 1º del citado Decreto de Urgencia; Que, la Ley Nº 27619, senala en su articulo 1º que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Publico y que se encuentren comprendidos en las entidades publicas sujetas al ambito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Publico, como lo es en este caso el Gobierno Regional de MORDAZA y la propia Direccion Regional de Educacion de Lima-Provincias; Que, la acotada MORDAZA dispone en su articulo 2º que las resoluciones de autorizaciones de viaje al exterior se deberan sustentar en el interes nacional o institucional, bajo responsabilidad; debiendo ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, conforme lo senala el articulo 3º de la acotada disposicion, debiendo el funcionario, servidor o representante autorizado, cumplir con informar ante el Titular del Pliego, dentro de un plazo no mayor de quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, sobre las acciones realizadas durante el viaje autorizado, asi como la rendicion de cuentas del mismo; Que, por Decreto de Urgencia Nº 015-2004 del 31 de diciembre del 2004, se establecio la prohibicion de la realizacion de viajes al exterior, que irroguen gasto del Tesoro Publico, de funcionarios y servidores publicos, durante el ejercicio 2005; exceptuandose cuando los viajes resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el ejercicio 2005; Que, por el Oficio de Vistos, el Director Regional de Educacion de Lima-Provincias comunica a la Presidencia Regional la invitacion de la que ha sido objeto, sustentando ademas los fundamentos y motivos por los que se debe considerar como indispensable su participacion en dicho evento, conforme a los criterios expuestos en dicho documento que forma parte de la presente Resolucion Ejecutiva Regional; Que, por el Informe de Vistos, el Gerente Regional de Desarrollo Social, senala a la Presidencia Regional que considera necesaria la participacion del Director Regional de Educacion de Lima- Provincias, Lic. Catariano MORDAZA MORDAZA Ybarguen, en dicho evento, opinando por la procedencia de la autorizacion de viaje de dicho funcionario a la MORDAZA de Guantamano, Republica de MORDAZA, en comision de servicio; Que, corresponde a la Direccion Regional de Educacion de Lima-Provincias, otorgar y asumir el costo integro de los viaticos que demanden la asistencia del Director Regional de Educacion de Lima-Provincias al evento en mencion, de conformidad con la escala y calculo de los mismos establecida en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Normas Reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior, en concordancia con las disposiciones sobre Racionalidad en el Gasto Publico contenidas en la Ley Nº 28427; Que, es facultad del Presidente Regional autorizar el viaje al exterior, en comision de servicios, de los funcionarios y/o servidores publicos del Gobierno Regional de MORDAZA, conforme al articulo 1º de la Ley Nº 27619, correspondiendo declarar procedente la autorizacion de acuerdo a los fundamentos expuestos en los documentos de Vistos; Que, de conformidad con lo dispuesto por los incisos a) y d) del articulo 21º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Con la conformidad de la Gerencia General Regional, de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.