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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G33/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de junio de 2005 13. En tal virtud, no es posible otorgar a LAP el plazo de quince días hábiles adicionales solicitados, pues delo contrario, OSITRAN incurriría en responsabilidad ad- ministrativa, de acuerdo a lo que establece el artículo 143º de la LPAG 14. Sin perjuicio de lo anterior, se debe señalar que LAP tiene el derecho de iniciar un nuevo procedimientoadministrativo de interpretación del contrato de conce- sión, una vez que determine ante OSITRAN, los triggers (o criterios relativos al volumen de tráfico u otros), quecalifican las Mejoras del Período Remanente como “Eventuales”; con base a lo establecido en el artículo 106º, relativo al derecho de petición administrativa y loestablecido en el Numeral 189.2 de la LPAG (aplicable a contrario sensu). SE RESUELVE: Artículo 1º.- Desestimar el recurso de Reconside- ración presentado por Lima Airport Partners S.R.L. en contra del Acuerdo Nº 624-164-05-CD-OSITRAN, de- jando a salvo el derecho de la empresa concesionariapara iniciar un nuevo procedimiento administrativo de interpretación del contrato de concesión, en cuanto cuen- te con los medios de prueba a que se ha hecho referen-cia. Artículo 2º.- Comunicar la presente resolución a la empresa concesionaria Lima Airport Partners S.R.L. y alMinisterio de Transportes y Comunicaciones en su cali- dad de ente concedente. Artículo 3º.- Autorizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web institucional ( www.ositran.gob.pe ). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO CHANG CHIANG Presidente 11352 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G2D/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G61/G43/G75/G62/G61/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 198-2005-PRES Huacho, 21 de junio del 2005 VISTOS; la Carta de invitación del Rector del Instituto Superior Pedagógico “Raúl Gómez García” de Guantámano - República de Cuba, de fecha 15 de juniodel 2005, el Oficio Nº 589-2005/GRL/DREL-D, el Informe Nº 073-2005-GRL/GRDS de fecha 20 de junio del 2005; y, CONSIDERANDO; Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídi- cas de derecho público, con autonomía política, econó- mica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, por el documento de Vistos, el Director Regio- nal de Educación de Lima-Provincias, Lic. Catariano Wilfredo Cornejo Ybarguen, ha sido invitado por elRector del Instituto Superior Pedagógico “Raúl Gómez García” de Guantánamo, República de Cuba, a partici- par en la X Reunión Científica Metodológica de Profeso-res a desarrollarse los días 24 y 25 de junio del 2005, en la sede de dicho Instituto Superior, ciudad de Guantáma- no, Cuba; evento que tiene como objetivo esencial ladivulgación de las mejores experiencias del quehacer pedagógico en beneficio de los estudiantes; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2005, Ley Nº 28427, establece en el inciso c) del artículo 7º sobre disposiciones de Racionalidad,que las Entidades a fin de optimizar el gasto, están obli- gadas a adoptar medidas de ahorro efectivo por viajesdentro y fuera del país en comisión de servicio; Que, por Resolución Directoral Nº 007-2005-EF/76.01, de fecha 2 de febrero del 2005, se aprobó la Directivapara la ejecución del Presupuesto de los Gobiernos Re- gionales para el año fiscal 2005, Directiva Nº 004-2005- EF/76.01, la misma que establece en su artículo 42º, deconformidad con el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, la prohibición durante el año fiscal 2005 de la realización de viajes al exterior que irroguen gastos al Tesoro Público, de funcionarios, servidores públicos o representantes del Poder Ejecutivo, referidos en el primer y segundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, tomando encuenta las excepciones fijadas en el segundo párrafo del artículo 1º del citado Decreto de Urgencia; Que, la Ley Nº 27619, señala en su artículo 1º que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público y que se encuentrencomprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbi- to de control de la Ley del Presupuesto del Sector Públi- co, como lo es en este caso el Gobierno Regional deLima y la propia Dirección Regional de Educación de Lima-Provincias; Que, la acotada norma dispone en su artículo 2º que las resoluciones de autorizaciones de viaje al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad; debiendo ser publicadas en el Dia-rio Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, conforme lo señala el artículo 3º de la acotada disposición, debien- do el funcionario, servidor o representante autorizado,cumplir con informar ante el Titular del Pliego, dentro de un plazo no mayor de quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, sobre las acciones reali-zadas durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas del mismo; Que, por Decreto de Urgencia Nº 015-2004 del 31 de diciembre del 2004, se estableció la prohibición de la realización de viajes al exterior, que irroguen gasto del Tesoro Público, de funcionarios y servidores públicos,durante el ejercicio 2005; exceptuándose cuando los viajes resulten indispensables para asegurar el cumpli- miento de los objetivos y metas fijados para el ejercicio2005; Que, por el Oficio de Vistos, el Director Regional de Educación de Lima-Provincias comunica a la Presiden-cia Regional la invitación de la que ha sido objeto, sus- tentando además los fundamentos y motivos por los que se debe considerar como indispensable su participaciónen dicho evento, conforme a los criterios expuestos en dicho documento que forma parte de la presente Reso- lución Ejecutiva Regional; Que, por el Informe de Vistos, el Gerente Regional de Desarrollo Social, señala a la Presidencia Regional que considera necesaria la participación del Director Regio-nal de Educación de Lima- Provincias, Lic. Catariano Wilfredo Cornejo Ybarguen, en dicho evento, opinando por la procedencia de la autorización de viaje de dichofuncionario a la ciudad de Guantámano, República de Cuba, en comisión de servicio; Que, corresponde a la Dirección Regional de Educa- ción de Lima-Provincias, otorgar y asumir el costo ínte- gro de los viáticos que demanden la asistencia del Di- rector Regional de Educación de Lima-Provincias al even-to en mención, de conformidad con la escala y cálculo de los mismos establecida en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Normas Reglamentarias sobre autori-zación de viajes al exterior, en concordancia con las disposiciones sobre Racionalidad en el Gasto Público contenidas en la Ley Nº 28427; Que, es facultad del Presidente Regional autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, de los funcio- narios y/o servidores públicos del Gobierno Regional deLima, conforme al artículo 1º de la Ley Nº 27619, corres- pondiendo declarar procedente la autorización de acuer- do a los fundamentos expuestos en los documentos deVistos; Que, de conformidad con lo dispuesto por los incisos a) y d) del artículo 21º de la Ley Orgánica de GobiernosRegionales; Con la conformidad de la Gerencia General Regio- nal, de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la