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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G35/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de junio de 2005 DJCMT-SDFCS-LRY y Nº 219-2005-MINCETUR/VMT/ DNT-DJCMT-SDFCS-MACS-YGP, y Legal Nº 372- 2005-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa Monte Inca S.A., la explotación de máquinas tragamonedas en la Sala de Juegos: “Mystic Slot” del Bingo ubicado en Calle Ayacucho Nº 171, distrito, provincia y departa-mento de Cusco, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, por un plazo que vencerá indefectiblemente el 31 de di-ciembre del 2005, tiempo en el cual deberá cumplir con adecuarse a las disposiciones contenidas en el citado cuerpo legal. Artículo 2º.- De conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Transitoria de la Ley Nº 27796, a partir del 1 de enero del 2006 la Adminis-tración procederá a clausurar los establecimientos que no hayan cumplido con adecuarse a la legislación que regula la explotación de máquinas tragamonedas enel país. Artículo 3º.- La presente autorización faculta a la empresa la explotación de setenta y cinco (75) máqui-nas tragamonedas y setecientas treinta y cuatro (734) memorias de sólo lectura, según detalle contenido en los ANEXOS I y II que forman parte integrante de lapresente resolución. Artículo 4º.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24º de la Ley Nº 27153, modificada por la LeyNº 27996, y en concordancia con el Principio de Pri- vilegio de Controles Posteriores regulado en el nu- meral 1.16 del artículo IV de la Ley Nº 27444, la Di-rección Nacional de Turismo en ejercicio de su facul- tad de fiscalización, se reserva el derecho de verifi- car la información y/o documentación presentada porla solicitante así como establecer las sanciones o iniciar las acciones legales que resulten aplicables ante cualquier discrepancia con la realidad de loshechos. Artículo 5º.- En observancia de lo previsto en la Tercera Disposición Final de la Directiva Nº 004-2003-MINCETUR/VMT/DNT “Evaluación financiera y de solvencia económica de las empresas que explotan juegos de casino y máquinas tragamonedas así comode los socios, directores, gerentes, apoderados, per- sonas con funciones ejecutivas o con facultades de decisión”, remítase a la Unidad de Inteligencia Finan-ciera adscrita a la Presidencia del Consejo de Minis- tros la información y/o documentación financiera re- lacionada con el solicitante y las personas naturalesque han sido objeto de evaluación, para los fines a que se contrae la disposición antes indicada. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 11595 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G79/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G65/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/GE1/G2D /G71/G75/G69/G6E/G61/G73/G20/G74/G72/G61/G67/G61/G6D/G6F/G6E/G65/G64/G61/G73/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 331-2005-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 20 de junio de 2005 Visto, el Expediente Nº 000273-2005-MINCETUR, de fecha 15.3.2005, presentado por la empresa Diversio- nes y Entretenimientos de Perú S.A., en el que solicita autorización y registro de un (01) modelo de máquina tragamonedas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, se regula la explotación de los juegos de casi- no y máquinas tragamonedas, estableciéndose en el ar- tículo 11º del citado cuerpo legal que los modelos demáquinas tragamonedas cuya explotación es permitida en el país son aquellos que cuentan con autorización y registro; Que, el artículo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009- 2002-MINCETUR, señala la información y documen- tación que deben presentar los interesados en obte-ner la autorización y registro de los modelos de má- quinas tragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21º del citado Regla- mento establece que los modelos de máquinas traga- monedas y las memorias de sólo lectura de los progra- mas de juego deberán someterse con anterioridad a suautorización y registro, a un examen técnico ante una entidad autorizada, la cual expedirá un Certificado de Cumplimiento que acreditará que el modelo o las memo-rias que componen el programa de juego, según sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluación del Certificado de Cum- plimiento Nº 200502-25 de fecha 17.2.2005, expedido por el Laboratorio de Certificación de la Pontificia Univer-sidad Católica del Perú, y verificado los requisitos técni- cos de la máquina tragamonedas cuya autorización y registro solicitan, se advierte que la misma cumple conlo dispuesto en el artículo 16º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluación de la documentación e infor- mación adjunta, se concluye que la solicitante ha cumpli- do con las disposiciones legales aplicables para que la Dirección Nacional de Turismo acceda a la autorizacióny registro solicitada; De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MIN-CETUR y el Procedimiento Nº 05 del Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Técnico Nº 057-2005-MINCETUR/VMT/DNT/ DJCMT/DAR-JYM y Legal Nº 393-2005-MINCETUR/ VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Diversiones y Entretenimientos de Perú S.A., el modelo de máquina tragamonedas fabricada por la misma empresa solicitante (Perú), según el siguientedetalle: Nº de Registro B0000237 Código del Modelo DEP 5000 Descripción Máquina tragamonedas de video, de cuerpo vertical con una tapa semi- circular. Este modelo no cuenta con palanca lateral. Cuenta con un mo-nitor de tacto de diecinueve (19) pulgadas diagonales, aceptador de monedas y aceptador de billetes.Puede formar parte de un sistema carrusel. Dimensiones del Modelo Se presentan las dimensiones sin con- siderar la lámpara superior ni el mue- ble de base: Alto : 129.00 cmAncho : 54.00 cm Largo : 56.00 cm Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 11582 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 332-2005-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 20 de junio de 2005Visto, el Expediente Nº 000700-2005-MINCETUR, de fecha 30.5.2005, presentado por la empresa Gaming and Technology Perú S.A., en el que solicita autoriza- ción y registro de un (01) modelo de máquina tragamo- nedas;