Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2005 (01/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G31/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 1 de marzo de 2005 de 2005, se convocó al proceso de Elecciones Munici- pales Complementarias, en las jurisdicciones compren- didas en el Anexo del referido Decreto Supremo; Que, para ese efecto, el Registro Nacional de Identifi- cación y Estado Civil debe elaborar sobre la base del Registro Único de Identificación de las Personas Natura- les, el Padrón Electoral a emplearse en los comiciosreferidos, de acuerdo a lo establecido por el inciso d) del Artículo 7º de la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y Artículo 196ºde la Ley Nº 26859, Orgánica de Elecciones; Que, para ese efecto, resulta necesario dictar disposi- ciones orientadas a la finalidad del sistema electoral,tendiente a asegurar que se traduzca la expresión au- téntica, libre y espontánea de los ciudadanos y que el proceso sea el reflejo exacto y oportuno de la voluntadexpresada en las urnas de manera directa y secreta, según lo establecido por el Art. 2º de la Ley Nº 26859; Que, al respecto, mediante Resolución Jefatural Nº 246-2005-JEF/RENIEC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de febrero de 2005, se dictó disposiciones relativas a las propuestas registrales que impliquen cam-bio domiciliario hacia los distritos en los que se desarro- llará el proceso de revocatoria convocado para el 3 de julio de 2005, disposición en la cual debe comprendersea las jurisdicciones involucradas en el Proceso de Elec- ciones Municipales Complementarias acotado; y, Estando a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y el Reglamento de Organización y Fun- ciones aprobado por Resolución Jefatural Nº 530-2003-JEF/RENIEC; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Comprender en los alcances de la Resolución Jefatural Nº 246-2005-JEF/RENIEC, a losdistritos involucrados en el Proceso de Elecciones Mu- nicipales Complementarias convocado para el 3 de julio de 2005. Artículo Segundo.- Encargar a las Gerencias de Operaciones y Procesos la implementación de la presen- te Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 04548 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G45/G4E/G49/G45/G43 /G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G45/G6C/G65/G63/G2D /G74/G6F/G72/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G2D/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G33/G20/G64/G65/G20/G6A/G75/G6C/G69/G6F/G20/G64/G65/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 331-2005-JEF/RENIEC Lima, 25 de febrero de 2005 Visto el Decreto Supremo Nº 017-2005-PCM, publica- do en el Diario Oficial El Peruano el 22 de febrero de 2005. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales e inscribirlos hechos y actos relacionados a su capacidad y esta- do civil; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2005-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de febrero de 2005, se convocó al proceso de Elecciones Munici- pales Complementarias, en las jurisdicciones compren-didas en el Anexo del referido Decreto Supremo; Que, conforme el Art. 76º de la Ley Orgánica de Elecciones, Nº 26859, el Comité de Coordinación Electorales designado inmediatamente después de la convoca- toria de cada elección, y está conformado por personal técnico altamente calificado, designado por el Presiden- te del Jurado Nacional de Elecciones y los Jefes de laOficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; en cuya virtud resulta necesario designar a los representantes delRENIEC ante ese Comité; y, Conforme las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Orgánica del RENIEC y la Ley Nº 26859, Orgá-nica de Elecciones; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar como representantes del RENIEC ante el Comité de Coordinación Electoralpara el desarrollo del Proceso de Elecciones Municipa- les Complementarias, convocado para el 3 de julio de 2005, a: Miembros Titulares - Dr. Guillermo Thornberry Villarán, Subjefe Nacional. - Lic. César Augusto López Rodríguez, Subgerente de Actividades Electorales. - Dr. Henry Paricahua Carcausto, Asesor de la Geren- cia de Asesoría Jurídica. Miembros Suplentes - Dr. Gonzalo de la Cruz Salas, Gerente de Asesoría Jurídica. - Sr. Alberto Takao Kuroiwa Bermejo, Asesor de la Subgerencia de Actividades Electorales. - Dra. Laura Mensía Luna Torres, Asesora de la Gerencia de Asesoría Jurídica. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Ju- rado Nacional de Elecciones y la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el texto de la presente Resolu-ción. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 04549 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G63/G69/G65/G72/G72/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G61/G64/G72/GF3/G6E/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C /G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G6A/G75/G72/G69/G73/G64/G69/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G6D/G70/G72/G65/G6E/G64/G69/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G33/G64/G65/G20/G6A/G75/G6C/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 332-2005-JEF/RENIEC Lima, 25 de febrero de 2005 Visto el Decreto Supremo Nº 017-2005-PCM, publica- do en el Diario Oficial El Peruano el 22 de febrero de 2005. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo en- cargado de organizar y actualizar el Registro Único deIdentificación de las Personas Naturales e inscribir los he- chos y actos relacionados a su capacidad y estado civil; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2005-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de febrero de 2005, se convocó al proceso de Elecciones Munici- pales Complementarias, en las jurisdicciones compren-didas en el Anexo del referido Decreto Supremo; Que, para ese efecto, el Registro Nacional de Identifi- cación y Estado Civil debe elaborar sobre la base delRegistro Único de Identificación de las Personas Natura- les, el Padrón Electoral a emplearse en los comicios referidos, de acuerdo a lo establecido por el inciso d) delArtículo 7º de la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro