Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2005 (06/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, MORDAZA 6 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la prorroga de contrato de arrendamiento de inmueble donde funciona la sede del Gobierno Regional
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 842-2004-GRSM/PGR Moyobamba, 30 de diciembre de 2004 VISTO: El Memorando Nº 280-2004-GRSM/ORAL de fecha 29 de diciembre de 2004, la Nota Informativa Nº 4602004-GRSM-OL de fecha 30 de diciembre de 2004, que contiene el Informe Tecnico del area correspondiente, la Hoja de Tramite Nº 4730-2004-GRSM/ORA de fecha 30 de diciembre de 2004, y el Informe Legal Nº 289-2004GRSM/ORAL de fecha 30 de diciembre de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Estado, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion Ley Nº 27680, Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 19º inciso g) del D.S. Nº 012-2001PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para prorrogar el plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precio al por mayor; Que, el articulo 20º inciso a) del D.S. Nº 012-2001PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion Ejecutiva Regional del Titular del Pliego de la Entidad; Que, el MORDAZA y tercer parrafo del inciso c) del articulo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que las Resoluciones requieren obligatoriamente de un informe tecnico - legal previo y debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano; MORDAZA de la Resolucion y del Informe que lo sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, mediante la Nota Informativa Nº 460-2004GRSN-OL de fecha 30 de diciembre de 2004, la Oficina de Logistica emite el Informe Tecnico correspondiente, senalando la MORDAZA legal y la urgente necesidad de la prorroga del Contrato de Arrendamiento del inmueble que viene conduciendo el Gobierno Regional de San MORDAZA, atendiendo a que este cuenta con las caracteristicas para el normal funcionamiento de las labores diarias, asi como en el caso de no prorrogarse el mismo se tendria que cambiar de local, lo que devendria en el traslado de los bienes muebles, lineas telefonicas, cambio de domicilio legal, entre otras cosas, que perjudicaria el normal desenvolvimiento de la actual administracion de la entidad, opinando por la procedencia de la prorroga del Contrato de Arrendamiento; Que, mediante el Informe Legal Nº 289-2004-GRSM/ ORAL de fecha 30 de diciembre de 2004, la Direccion Regional de Asesoria Legal del Gobierno Regional, menciona que con fecha 27 de febrero de 2004, se suscribe la Prorroga del Contrato de Arrendamiento del bien inmueble a

plazo determinado de enero a diciembre de 2004, el mismo que vence el 31 de diciembre de 2004; por lo que se hace necesario en via de implementacion aprobar la exoneracion de la prorroga del Contrato de Arrendamiento por el plazo de duracion determinada desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2005, mediante la correspondiente Resolucion Ejecutiva Regional; justificando la necesidad de la exoneracion y contratacion, por el menor costo al realizarse la suscripcion de la Prorroga del Contrato, respecto del bien inmueble ubicado en el Jr. MORDAZA de MORDAZA Nº 476 - Moyobamba, con el arrendador; Que, mediante Hoja de Tramite de fecha 30 de diciembre de 2004, la Oficina Regional de Administracion remite el Informe Tecnico para que la Oficina Regional de Asesoria Legal proceda a elaborar la Resolucion correspondiente; Que, la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la prorroga del contrato de arrendamiento, se justifica por la necesidad de continuar conduciendo el inmueble donde se ubica la sede del local institucional sito en el MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Nº 476 - Moyobamba, estando a que la ley referida en los puntos precedentes faculta a la entidad a exonerarla de licitacion publica y concurso publico o adjudicacion directa, asi tambien se tiene que por economia es indispensable exonerarla para evitar que se tenga que optar por otro inmueble que podria tener un mayor costo y la necesidad de trasladar todo el mobiliario a otro lugar, linea telefonicas y cambiar domicilio legal a nivel nacional, entre otras cosas, que conllevarian ineludiblemente a un mayor desembolso economico, por lo que resulta oportuno y legal prorrogar el Contrato de Arrendamiento; Que, tratandose el presente caso de un MORDAZA de caracter administrativo, resulta de aplicacion lo normado en el articulo 41º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, por lo que es necesario expedir la presente Resolucion Ejecutiva Regional; Por las razones expuestas y en uso de las atribuciones y facultades de conformidad en la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes Nº 27902 y 28013, y con las visaciones de las Oficinas Regionales de Asesoria legal, Administracion y Gerencia General del Gobierno Regional de San Martin; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion la prorroga del contrato de arrendamiento del inmueble de la sede del local institucional del Gobierno Regional de San MORDAZA, por el plazo de duracion determinada desde el 1 de enero hasta el 31 de junio de 2005, por un valor referencial de S/. 15,000.00 Nuevos Soles. Articulo Segundo.- ORDENAR a la Direccion Regional de Administracion efectuar la publicacion de la presente Resolucion Ejecutiva Regional en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la Resolucion y de los Informes Tecnico y Legal que la sustenta a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MAX HENRRY MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 04876

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la municipalidad para el Ejercicio 2005
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 023-2005-A/MDA Ancon, 18 de enero del 2005

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