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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G35/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 6 de marzo de 2005 cal Adjunto Provincial en lo Penal de Chincha, Distrito Judicial de Ica, lo que hace necesario designarle el Des- pacho correspondiente; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar al doctor Jorge Luis Zvietcovich Alvarez, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Chincha, Distrito Judicial de Ica, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Chincha. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Presidente del Consejo Nacio- nal de la Magistratura, Fiscal Superior Decano del Dis- trito Judicial de Ica, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscal mencio- nado. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 04905 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G2D /G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G2D/G67/G75/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 323-2005 Lima, 24 de febrero de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA:La solicitud presentada por el señor Mayckol Ed- win Figueroa Urquizo para que se le autorice la inscrip- ción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Natura- les punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo del 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros median- te Convocatoria Nº 02-2005-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Regis- tro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Se- guros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Mayckol Edwin Figueroa Urquizo con matrícula Nº N- 3723 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 04808UNIVERSIDADES /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G73/G75/G73/G70/G65/G6E/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73 /G61/G6C/G75/G6D/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G49/G6E/G67/G65/G6E/G69/G65/G72/GED/G61 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0222 Lima, 18 de febrero de 2005Visto el Informe Final Nº 011-2005-CEPADE/UNI pre- sentado por el Presidente de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Alumnos, mediante Oficio Nº 034-2005-CEPADE/UNI de fecha 17 de febrero de 2005, que guarda relación con el proceso administrativo disciplinario seguido contra los alumnos Jimmy Carlos Gutiérrez Rivera, Edgar Huanco Yucra, Heber Magallanes Moran, Priscila Pérez Anyosa y Juan Carlos Quispe Marca; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Rectoral Nº 0628 de fecha 16 de agosto del 2004, se aprobó el Reglamento de Proce- sos Administrativos Disciplinarios para Estudiantes de la Universidad Nacional de Ingeniería, norma reglamenta- ria que ha sido emitida en ejercicio de su facultad auto- normativa inherente a la autonomía universitaria, con- forme lo preceptúa el artículo 18º de la Constitución Po- lítica del Estado, concordante con el artículo 4º de la Ley Nº 23733; Que mediante Resolución Rectoral Nº 0670 de fecha 8 de setiembre de 2004, se nombra a los miembros de la Comisión Especial Ad-hoc encargada de conducir la fase de instrucción del Proceso Administrativo Disciplinario a los alumnos de la Universidad Nacional de Ingeniería, la misma que fuera ampliada por Resolución Rectoral Nº 0003 del 3 de enero del 2005; Que por Resolución Rectoral Nº 0014 de fecha 6 de enero del 2005, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 14 de enero del 2005, se instauró proceso administrativo disciplinario contra los alumnos Jimmy Carlos Gutiérrez Rivera, Edgar Huanco Yucra, Heber Magallanes Moran, Priscila Pérez Anyosa y Juan Carlos Quispe Marca, por su participación en hechos produci- dos el 11 de setiembre del 2004 aproximadamente a las 01:00 horas de la madrugada, en los que en compañía de otras personas no identificadas, habrían ingresado con suma violencia a los dormitorios de los alumnos Brady Hernán Gamboa Alarcón, Benjamín Franklin Es- teban Barrera y Frandfurt Gamboa Alarcón, ubicados en la Residencia Universitaria de la Universidad Nacio- nal de Ingeniería, sin permiso alguno, ocasionando des- trozos y llevándose sus efectos personales y bienes de la Universidad; Que mediante escrito de fecha 18 de enero del 2005, los alumnos procesados Jimmy Carlos Gutiérrez Rive- ra, Edgar Huanco Yucra, Heber Magallanes Moran, Pris- cila Pérez Anyosa y Juan Carlos Quispe Marca, conjunta- mente se apersonan al proceso negando y contradi- ciendo las imputaciones que se les hace ejerciendo su defensa, solicitando poner fin al proceso administrativo disciplinario instaurado por la Resolución Rectoral Nº 0014, según aduce, por ser nulo de pleno derecho y deduciendo además, excepción de incompetencia; Que mediante Informe Final Nº 011-2005-CEPADE/ UNI, la Comisión Especial Ad-hoc de Procesos Administrativos Disciplinarios para Alumnos de la UNI luego de analizar los medios probatorios consistentes en declaraciones personales e informes administrativo, y evaluar los descargos presentados por los alumnos Jimmy Carlos Gutiérrez Rivera, Edgar Huanco Yucra, Heber Magallanes Moran, Priscila Pérez Anyosa y Juan Carlos Quispe Marca, dentro del término establecido en los artículos 13º y 15º del Reglamento de Procesos Ad- ministrativos Disciplinarios para Estudiantes de la UNI, concluye que se encuentra plenamente acreditada la participación de los alumnos procesados en los hechos de violencia ocurridos el 11 de setiembre del 2004 en la