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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2005 (06/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G35/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 6 de marzo de 2005 vos de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales: - Carlos Omar Leandro Huiza. - Luis Alfonso Vilcarromero Huamán. Artículo Segundo.- Ratificar la designación de los siguientes trabajadores, como Auxiliares Coactivos de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales: - Manuel Rojas Babilonia. - Gustavo Concha Moscoso. - Ernesto Hugo Trujillo Muñante. Artículo Tercero.- Designar Auxiliares Coactivos de la Intendencia de Principales Contribuyentes Naciona- les, a los siguientes trabajadores: - Susana Mercedes Ovalle Huamanguilla. - Pedro Angel Chilet Paz. Regístrese, comuníquese y publíquese.FELIPE EDUARDO IANNACONE SILVA Intendente Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales 04869 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G2D /G6D/G69/G6E/G69/G6F/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G73/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G4C/G69/G6D/G61/G2C/G20/G50/G69/G75/G72/G61/G20/G79/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 026-2005/SBN-GO-JAR La Molina, 28 de febrero de 2005 Visto el Expediente Nº 008-2005/SBN-JAR, corres- pondiente a la inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 032 467,64 m², que se ubica a la altura del kilómetro 56,50 de la Carretera Variante Pasamayo, distrito de Ancón, pro- vincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento econó- mico de los bienes del Estado en armonía con el inte- rés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fiscalización; Que, revisada la base gráfica de propiedades con que cuenta la Superintendencia de Bienes Naciona- les, se identificó un terreno libre de inscripción, ubica- do a la altura del kilómetro 56,50 de la Carretera Va- riante Pasamayo, distrito de Ancón, provincia y de- partamento de Lima; Que, con fecha 14 de setiembre de 2004, se realizó la inspección técnica al predio submateria, en la que se verificó que éste se encuentra libre de ocupación, consta- tándose además que, es de naturaleza eriaza, presentan- do un suelo suelto de textura arenosa y topografía acci- dentada con pendientes pronunciadas; Que, mediante Informe Técnico Nº 8579-2004-SU- NARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 25 de noviembre de 2004, la Oficina de Catastro de la Zona Registral IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Regis- tros Públicos concluye que el terreno eriazo de 1 032 467,64 m² gráficamente está comprendido en ámbito donde no se visualiza inscripción y que es colindante al predio inscrito en la Ficha Nº 84202;Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supre- mo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, señala que los terrenos eriazos o ribereños se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 1 032 467,64 m², de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Ar- tículo 33º del “Reglamento General de Procedimien- tos Administrativos de los Bienes de Propiedad Esta- tal” aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolu- ción Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/ SBN, que regulan el trámite de inscripción de la prime- ra de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolu- ción de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el “Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales”, facul- tan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, “Estatu- to de la Superintendencia de Bienes Nacionales” y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, “Reglamento Ge- neral de Procedimientos Administrativos de los Bie- nes de Propiedad Estatal”, modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF; y, Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0031-2005/SBN-GO-JAR, de fecha 15 de febrero de 2005; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 032 467,64 m², que se ubica a la altura del kilómetro 56,50 de la Carretera Variante Pasamayo, distrito de Ancón, provin- cia y departamento de Lima, según la documentación técnica que sustenta la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públi- cos, por el mérito de la presente Resolución efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.LILIANA ALCIRA CERRÓN BALDEÓN Jefe de Adquisciones y Recuperaciones 04887 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 027-2005/SBN-GO-JAR La Molina, 28 de febrero de 2005 Visto el Expediente Nº 083-2004/SBN-JAR, corres- pondiente al trámite de inscripción en primera de do- minio a favor del Estado del terreno eriazo de 16 583 250,03 m², ubicado al sur de la ciudad de Paita y a 6 Km al este de Islilla, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento econó- mico de los bienes del Estado en armonía con el inte- rés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fiscalización;