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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2005 (06/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 19

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G35/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 6 de marzo de 2005 Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Naciona- les, se identificaron terrenos ubicados en el distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, que se en- cuentran libres de inscripción; Que, conforme al Certificado de Búsqueda Catas- tral de fecha 20 de octubre de 2004, emitido por la Zona Registral I - Sede Piura sobre la base del Informe Téc- nico Nº 243-2004-ZR - 1/SUNARP de fecha 17 de agosto de 2004, el Registro de Predios de Piura concluye que el terreno de 16 597 337,88 m² no presenta superpo- siciones registrales con el área de la Comunidad Campe- sina San Francisco de la Buena Esperanza de Paita, inscrita en la Ficha Nº 13413 del Registro de Predios de Piura, ni con el área de la Comunidad Campesina de San Martín de Sechura, inscrita en la Ficha Nº 75321 del Registro de Predios de Piura; Que, no obstante lo informado por el Registro de Predios de Piura, esta Superintendencia, luego del es- tudio de la información gráfica y registral de distintos predios ubicados en la zona materia de estudio, determinó que el terreno de 16 597 337,88 m², ubica- do al sur de la ciudad de Paita y a 6 Km al este de Islilla, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura involucra un área de 14 087,85 m² que forma parte de un área mayor inscrita a favor de la Munici- palidad Distrital de Vice en la Ficha Nº 40708 del Re- gistro de Predios de Piura, por lo que resulta necesa- rio excluir dicha área, quedando en consecuencia un área de 16 583 250,03 m² libre de inscripción registral; Que, la Base Cartográfica Digital de los predios inscritos en el Registro de Predios de Piura de la Zona Registral Nº I - Sede Piura de la Superintendencia Na- cional de los Registros Públicos, no se encuentra to- talmente actualizada; por lo que en aplicación del inci- so 1) del numeral 2.1.3 de la Directiva Nº 001-2002/ SBN, modificada por su similar Nº 003-2004/SBN, apro- bada con Resolución Nº 014-2004/SBN del 11 de mayo del 2004, sobre “Trámites de Inscripción de la Primera de Dominio de Predios a favor del Estado”, se gestio- nó ante el Registro de Predios de Piura los Certifi- cados Negativos de Inscripción a nombre de Refrac- tarios Peruanos S.A. y Lucita Norte, por ser institucio- nes que tienen relación con el uso del predio; Que, con fecha 16 de abril de 2004, se realizó la inspección técnica, mediante la cual se verificó que el área de 16 583 250,03 m², ubicada al sur de la ciudad de Paita y a 6 Km al este de Islilla, corresponde a un terreno eriazo de topografía mixta; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supre- mo Nº 131-2001-EF que aprueba el “Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales” señala que los terrenos eriazos o ribereños se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio del terreno antes descrito, de conformidad con el Artículo 3º del Decre- to de Urgencia Nº 071-2001-EF, Artículo 33º del De- creto Supremo Nº 154-2001-EF, que aprueba el “Re- glamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal” y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modifi- cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolu- ción de Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el “Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales”, facul- tan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, “Estatu- to de la Superintendencia de Bienes Nacionales”, De- creto Supremo Nº 154-2001-EF, “Reglamento Gene- ral de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal”, modificado por Decreto Supre- mo Nº 107-2003-EF; y,Estando a los fundamentos expuestos en el Infor- me Técnico Legal Nº 008-2005/SBN-GO-JAR, de fe- cha 19 de enero de 2005; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 16 583 250,03 m², ubicado al sur de la ciudad de Paita y a 6 Km al este de Islilla, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, según la documentación téc- nica que sustenta la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº I - Sede Piura de la Superintendencia Nacional de los Registros Pú- blicos, por el mérito de la presente Resolución efec- tuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese.LILIANA ALCIRA CERRÓN BALDEÓN Jefe de Adquisciones y Recuperaciones 04888 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 034-2005/SBN-GO-JAR La Molina, 28 de febrero de 2005 Visto el Expediente Nº 026-2005/SBN-JAR, correspondiente al trámite de inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 7 330,49 m², ubicado entre la vía de Circunvalación y la Urbani- zación Tiro Alto, en el distrito de Mejía, provincia de Islay, departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento econó- mico de los bienes del Estado en armonía con el inte- rés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fiscalización; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Naciona- les, se identificó un terreno de 7 330,49 m² ubicado entre la vía de Circunvalación y la Urbanización Tiro Alto, en el distrito de Mejía, provincia de Islay, depar- tamento de Arequipa, que se encuentra libre de ins- cripción; Que, en la inspección técnica realizada con fecha 21 de julio de 2004, al terreno submateria, se constató que el mismo está próximo al área de playa, de topo- grafía ligeramente plana y que se encuentra ocupado por una edificación que es utilizada como Escuela de Supervivencia en el Mar del Sur de la Fuerza Aérea del Perú; Que, la Zona Registral XII, Sede Arequipa, a tra- vés de su Certificado de Búsqueda Catastral Nº 013760-2004 de fecha 28 de setiembre de 2004, ex- pedido de conformidad con el Informe Técnico Nº 2125- 2004/Z.R.Nº XII-OC de fecha 27 de setiembre de 2004, señala que el inmueble de 7 330,49 m² materia de la consulta, no aparece registrado y/o actualizado en sus Archivos indicando a continuación que la Búsque- da se ha realizado a nombre de la Superintendencia de Bienes Nacionales; Que, a fin de dilucidar el contenido del referido Certificado respecto a si el área materia de la consulta se encontraba total o parcialmente inscrito a favor de terceras personas, mediante Oficio Nº 8699-2004/ SBN-GO-JAR de fecha 22 de noviembre de 2004, se solicitó a la Zona Registral XII- Sede Arequipa, que aclare el contenido del certificado en el sentido antes mencionado; Que, mediante Oficio Nº 026-2005/Z.R.Nº XII-JEF de fecha 11 de enero de 2005, la Zona Registral Nº XII remite el Informe Nº 14-2005/Z.R.Nº XII/GR de fecha