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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G39/G34/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 13 de marzo de 2005 POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 3 de marzo de 2005, los Dictámenes Nºs. 06-2005- MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de De- sarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y Nº 001- 2005-MML-CMMASC de la Comisión Metropolitana de Medio Ambiente y Servicios a la Ciudad; y, De conformidad con lo establecido en artículo 195º inciso 6), de la Constitución Política del Perú, modifi- cada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitu- cional del Capítulo XVI del Título IV; concordado con el artículo 79º inciso 1, numeral 1.2) y el artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 295-MML “SISTEMA DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS” Artículo Primero.- Modificar el inciso 8º del artículo 17º y el artículo 57º de la Ordenanza Nº 295-MML los que quedarán redactados de la siguiente manera: “Artículo 17º.- (…..) 8. Tratamiento (Compostaje, Compactación, Incinera- ción, Industrialización, u otros, para fines de reúso, eli- minación o mejor disposición final) (….)” “Artículo 57º.- La Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme a lo establecido por la Ley Nº 27314, aprobará los proyectos de infraestructura de Centros de Opera- ción Final de Residuos Sólidos existentes y a construir- se en la provincia de Lima, a través de su Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, el resultado de la apro- bación será puesta en conocimiento de la Dirección Municipal de Servicios a la Ciudad, debiendo los intere- sados cumplir con el procedimiento y los requisitos es- tablecidos así como con la reglamentación correspon- diente en lo aplicable.” Artículo Segundo.- Adicionar una Disposición Transi- toria a la Ordenanza Nº 295-MML con el texto siguiente: “Sexta.- Para la aprobación de Proyectos de Infra- estructura de Centros de Operación Final existentes y en funcionamiento con anterioridad a la vigencia de la Ordenanza Nº 295-MML, se exigirá el PAMA( Pro- grama de Adecuación y Manejo Ambiental) aprobado por DIGESA (Dirección General de Salud Ambien- tal). Compete a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobar el proyecto de infraestructura en vías de regularización, conforme lo indicado en el párrafo precedente.” Artículo Tercero.- Precisar que de conformidad con lo indicado por el artículo 9º de la Ley Nº 27314 y el artículo 10º de la Ordenanza Nº 295-MML, es la Munici- palidad Metropolitana de Lima, la encargada de precisar los parámetros urbanísticos y edificatorios en virtud de los cuales se aprobará la ubicación de los Centros de Disposición Inicial y Final de Residuos Sólidos. Asimis- mo, el otorgamiento de las Licencias de Funcionamiento de los Centros de Operación de Residuos Sólidos, es de ámbito Provincial y serán expedidas por la Dirección Municipal de Servicios a la Ciudad de la Municipalidad Metropolitana de Lima. La Licencia de Funcionamiento de los Centros de Operación Inicial de Residuos Sólidos es de ámbito Distrital. Artículo Cuarto.- Autorizar el funcionamiento de complejos que agrupen diversos Centros de Opera- ción de Residuos Sólidos dentro de su categoría como Centro de Operación: los Centros de Operación Ini- cial, Centros de Acopio, Maestranza de Limpieza yAlmacenes Periféricos o como Centro de Operación Final, Plantas de Transferencia y Plantas de Trata- miento, siempre que se encuentren debidamente di- ferenciados, contando con la opinión favorable de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la Muni- cipalidad Metropolitana de Lima, respecto de la com- patibilidad del uso. Artículo Quinto.- Considerar que las Municipalida- des Distritales, en ejercicio de la autonomía que con- cede la Ley podrán organizar campañas destinadas a promover la mejor gestión de los residuos sólidos en su circunscripción para lo que serán libres de utilizar diseños distintivos de recipientes o depósi- tos, sean cilindros, bolsas o similares, dentro de su circunscripción, hasta su adecuación de acuerdo a lo establecido en el Decreto de Alcaldía Nº 147-02 en un plazo de un año a partir de la vigencia del presen- te dispositivo. Artículo Sexto.- Encargar a la Dirección Municipal de Desarrollo urbano desarrolle la propuesta de simplifi- cación de los procedimientos administrativos correspon- dientes a Obra Nueva y Regularización de Obra a tra- vés de los cuales se canalizará la aprobación y regulariza- ción de los Proyectos de Infraestructura de Centros de Operación Final de Residuos Sólidos contemplados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA, que será aprobado de conformidad con el numeral Nº 38.5 de la Ley General de Procedimientos Administrati- vos Nº 27444. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.En Lima a los tres días del mes de marzo de dos mil cinco. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 05362 FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 056 Mediante Oficio Nº 557-2005-SGC/MML, la Municipa- lidad Metropolitana de Lima solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 056, publicado en la edición del 1 de marzo de 2005. En el Quinto ConsiderandoDICE: Que, es necesario precisar que los importes por arbitrios municipales en el distrito de Santiago de Sur- co estuvieron regulados por la Ordenanza Nº 172- MSS, la cual estableció el Marco Legal del Régimen Tributario y las tasas de arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio 2004. Asimismo, cabe señalar que la referida Ordenanza fue ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 145, publicado en el Diario Oficial El Peruano del 15 de noviembre de 2004; DEBE DECIR: Que, es necesario precisar que los importes por arbitrios municipales en el distrito de Santiago de Sur- co estuvieron regulados por la Ordenanza Nº 172- MSS, la cual estableció el Marco Legal del Régimen Tributario y las tasas de arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio 2004. Asimismo, cabe señalar que la referida Ordenanza fue ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 241, publicado en el Diario Oficial El Peruano del 25 de agosto de 2004; 05384