Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2005 (13/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 13 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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cos, estando comprendidas en ellas los pobladores de nuestra jurisdiccion; Que, es politica de nuestro Gobierno Local otorgar a nuestros vecinos contribuyentes las mayores facilidades, a fin de que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias; De conformidad con los Arts. 9º, inc. 8) y 40º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, con el Dictamen favorable de la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto; con el MORDAZA Unanime de los senores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- PRORROGAR los plazos de vencimiento de la fecha de pago del Impuesto Predial del Ejercicio 2005, de acuerdo al siguiente Cronograma: Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota : : : : 31 de marzo del 2005 30 de junio del 2005 30 de setiembre del 2005 30 de noviembre del 2005

transporte terrestre de personas y mercancias realizado por vias terrestres; Que, segun el articulo 8º del Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, el servicio de taxi, se encuentra dentro de la clasificacion de transporte especial, definido como aquel servicio que se presta para satisfacer necesidades de transporte de segmentos especificos de poblacion o usuarios; Que, resulta necesario adecuar las disposiciones que regulan el servicio de taxi, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, asi como enmarcar la actuacion municipal segun el procedimiento establecido mediante Decreto de Alcaldia Nº 000009-2004-MPC, con la finalidad de velar y hacer cumplir las normas que regulan el servicio de taxi dentro de la Provincia Constitucional del Callao; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA unanime del cuerpo de regidores del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE SERVICIO DE TAXI-SETACA Articulo 1º.- Modifiquense los articulos 4º, 18º y 29º de la Ordenanza Municipal Nº 000019 de fecha 30 de octubre del 2001, asi como adicionese el articulo 30, los mismos que quedan redactados en los siguientes terminos: "Articulo 4º.- Para la aplicacion de lo dispuesto en el presente Reglamento, se debera entender por: Autoridad administrativa: La Municipalidad Provincial del Callao a traves de la Gerencia General de Transporte MORDAZA encargada de la administracion y regulacion del MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos, supervisa y controla el cumplimiento de las normas de MORDAZA y de transporte colectivo de ambito nacional y municipal, detectando las infracciones e imponiendo las sanciones por incumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento. Accion de control: Intervencion que realiza la Autoridad administrativa directamente o a traves de los inspectores de transporte, para verificar el cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento, sus normas complementarias, permisos de operacion u otras autorizaciones, asi como las condiciones tecnicas del vehiculo y del servicio. Acta de verificacion de infraccion: Formato impreso que utiliza el inspector de transporte en la que se deja MORDAZA de la comision de infraccion o trasgresion de las normas del presente Reglamento y/o normas municipales relacionadas al Servicio de Taxi. Autorizacion municipal: Acto administrativo mediante el cual la autoridad administrativa otorga a una persona natural o juridica, permiso de operacion para la prestacion del servicio de transporte bajo la modalidad de taxi. Certificado de Operacion: Documento que emite la Autoridad Administrativa que acredita a la unidad vehicular, contar con autorizacion para la prestacion del servicio de taxi- Callao. Empresa Autorizada: Persona Juridica debidamente inscrita y autorizada para la prestacion del servicio de taxi, durante el tiempo de vigencia del permiso de operacion otorgado por la Autoridad Administrativa. Vehiculo Autorizado: Unidad de transporte inscrito y habilitado mediante el correspondiente Certificado de Operacion, para la prestacion del servicio de transporte bajo la modalidad de taxi." "Articulo 18º: ANTIGUEDAD DE LAS UNIDADES: Las unidades autorizadas para la prestacion de este MORDAZA de servicio no deberan tener una antiguedad mayor a los 15 anos de fabricacion, salvo en el caso que dicha unidad se encuentre en optimas condiciones tecnicas que debera ser acreditado por su propietario con el correspondiente certificado de inspeccion tecnica estructural que expidan las entidades autorizadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Adicionalmente al certificado de revision el propietario del vehiculo debera presentar el certificado de no

Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Disposicion a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion, Subgerencia de Imagen Institucional y Agencias Municipales de Desarrollo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRRIBARREN MORDAZA Alcaldia (e) 05416

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Modifican la Ordenanza Nº 000019 que aprobo el Reglamento del Servicio de Taxi Callao - SETACA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 9 de marzo de 2005; aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades Provinciales son Organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000019 de fecha 30 de octubre del 2001 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 7 de febrero del 2002, se aprobo el Reglamento del Servicio de Taxi Callao ­ SETACA, en sus diversas modalidades que se brinda dentro de la Provincia Constitucional del Callao; el mismo que fuera complementado por Decreto de Alcaldia Nº 000032 de fecha 9 de diciembre del 2003; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC se aprobo el Reglamento Nacional de Administracion del Transporte que alcanza a las actividades del servicio de

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