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PÆg. 292510 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de mayo de 2005 extraordinario denominado “PON TU CUENTA EN CERO Y LLÉVATE UN AUTO CERO KM.”, entre todos los con- tribuyentes del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardines que cumplan los requisitos establecidos en la norma mencionada; Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 153-C/MC, mediante Decreto de Alcaldía, se aprobará la fecha de realización del sorteo, los premios a otorgarse, y las bases del mismo; Estando a lo expuesto y con las visaciones del Ge- rente de Administración Tributaria, del Gerente de Ase- soría Legal, del Gerente de Administración y Finanzas, del Gerente de Planificación y Presupuesto y del Geren- te Municipal; y, En uso de las facultades conferidas en la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 27972 y lo dispuesto en el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 153-C/MC; SE DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR la realización del sor- teo denominado “PON TU CUENTA EN CERO Y LLÉVA- TE UN AUTO CERO KM. ”, para el día 27 de julio del 2005, a horas 7.00 p.m. Artículo Segundo.- Autorizar para el sorteo antes señalado, el otorgamiento de los siguientes premios. 1er. Premio 01 AUTOMÓVIL 0 KM 2do. Premio 01 LAVADORA 3er. Premio 01 TELEVISOR 4to. Premio 01 COCINA 5to. Premio 01 DVD Artículo Tercero.- Aprobar las bases del sorteo deno- minado “PON TU CUENTA EN CERO Y LLÉVATE UN AUTO CERO KM.”, la misma que forma parte del presente. Artículo Cuarto.- Las Gerencias de Administración y Finanzas, Planificación y Presupuesto, y Administración Tributaria, y Subgerencia de Imagen Institucional serán los responsables del cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.MIGUEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde BASES DEL SORTEO “PON TU CUENTA EN CERO Y LLÉVATE UN AUTO CERO KM.” DE LOS PARTICIPANTES Y SUS OPCIONES.-Participan todos los contribuyentes del Impuesto Pre- dial y Arbitrios de Limpieza Pública de la Municipalidad de Comas. DE LAS OPCIONES DEL SORTEOPara los contribuyentes del Impuesto Predial y Arbi- trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos. Los contribuyentes que hayan cumplido sus obliga- ciones tributarias de la siguiente manera: a).- Los contribuyentes que al 27 de julio de 2005, no registren deuda alguna por los tributos citados hasta el año 2004 y hayan pagado al contado del impuesto y arbitrio adelantado hasta el mes de diciembre de 2005, tienen de- recho a DIEZ (10) cupones. Adicionalmente recibirán DIEZ (10) cupones, por haber cumplido con el supuesto prece- dente hasta el 30 de abril del 2005, OCHO (08) hasta el 31 de mayo del 2005 Y CUATRO (4) hasta el 30 junio de 2005. b).- Los contribuyentes que al 27 de julio de 2005, no registren deuda alguna por los tributos citados hasta el año 2004 y además respecto al Impuesto se haya can- celado hasta la segunda cuota y Arbitrio hasta el mes de julio de 2005, tienen derecho a SEIS (6) cupones. PARA LOS CONTRIBUYENTES INAFECTOS AL IMPUESTO PREDIAL c).- Los Pensionistas que al 27 de julio de 2005, no registren deuda alguna, por el Arbitrio de Limpieza Públi-ca, Parques y Jardines y gastos administrativos del Im- puesto Predial hasta el ejercicio 2005 (enero a diciem- bre) inclusive tienen derecho a TRES (3) cupones. DE LA MODALIDAD DEL SORTEO.-A partir del 3 de mayo de 2005, en horario de oficina se colocará en los ambientes de Administración Tributa- ria, las urnas donde los contribuyentes participantes depositarán los cupones que deberán recabar en el Módulo de Orientación al Contribuyente debidamente llenados, los cupones recabados son personales e in- transferibles. El participante deberá llenar sus datos personales re- queridos en el cupón: nombre y apellidos, dirección, códi- go de contribuyente y teléfono. Durante el sorteo los cu- pones que presenten tachaduras o enmiendas o no per- tenezca al contribuyente que los recabó, se considerarán nulos, procediéndose a la extracción de uno nuevo. Los cupones se podrán depositar en las urnas hasta dos horas antes del sorteo. El día 27 de julio los representantes del Ministerio del Interior y el Notario Público, procederán a la verificación y visto bueno de los cupones depositados por los parti- cipantes. Concluido dicho proceso, se dará inicio al sorteo, extrayéndose del ánfora mayor en forma absolutamen- te al azar los cupones ganadores, los mismos que se- rán cotejados con el padrón de participantes y base de datos de contribuyentes de Informática dando conformi- dad del mismo, el Notario y el representante del Minis- terio del Interior. DE LOS GANADORES Y ENTREGA DE LOS PRE- MIOS.- Quienes resulten ganadores, en caso de personas naturales deberán acreditar su identidad mediante Docu- mento Nacional de Identidad (DNI), para las personas jurí- dicas, poder que acredite representación debidamente inscrito en registro público y RUC SUNAT. La entrega es personal, previa verificación de los comprobantes de pa- gos realizados por el contribuyente pudiendo ser ésta rea- lizada durante el sorteo de encontrarse presente el gana- dor, contando con la conformidad del Notario y del repre- sentante del Ministerio del Interior. De no ser así, la entrega se realizará mediante notificación en el domicilio señalado como domicilio fiscal del contribuyente cuyo código se en- cuentre consignado en el cupón ganador. Los así notifica- dos deberán presentarse personalmente ante la Subge- rencia de Imagen Institucional de lunes a viernes en horario de 8.15 AM a 4.00 PM. Esta Sub Gerencia en coordinación con la Gerencia de Administración Tributaria, gestionarán el retiro del Almacén del premio a entregar, mediante el acta correspondiente con la suscripción y asentamiento de su huella digital del índice derecho del favorecido y suscrip- ción de Acta de entrega del premio. En caso que el contribuyente ganador, en el procedi- miento de verificación de los comprobantes pagado, se detecte omisión de los mismos se procederá a sacar un nuevo cupón hasta que se cumpla con el requisito exigido. CASOS ESPECIALES EN LA ENTREGA DE PRE- MIOS.- En caso de que el contribuyente cuyo código de con- tribuyente aparezca consignado en un cupón ganador hubiere fallecido, podrán solicitar la entrega del premio quienes acrediten ser herederos mediante Sucesión in- testada o Declaratoria de Herederos. Adicionalmente en estos casos, previo a la entrega del premio los herederos con anterioridad al sorteo, deberán haber regularizado la condición de propiedad y situación tributaria mediante el procedimiento correspondiente ante la Sub Gerencia de Recaudación y Orientación al Contribuyente. En caso de que el ganador se encontrase impedido de asistir personalmente a recoger el premio obtenido, podrá efectuarlo a través de tercero, debidamente pre- munido de la autorización correspondiente mediante poder notarial. La persona autorizada se apersonará ante la corporación portando además del poder precita- do, DNI original del ganador y el propio. Los gastos que irrogue la transferencia del vehículo sorteado, serán de cargo absoluto del ganador.