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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2005 (13/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 55

PÆg. 292509 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de mayo de 2005 Que, el 22 de febrero del 2005 la ETDV Empresa Hermes Transportes Blindados S.A., mediante correo electrónico informa que no podrá atender los servicios solicitados en los horarios y oficinas requeridas median- te Memorándum Nº 084-092-00000105, debido a que cuentan con servicios programados en los arcos hora- rios indicados, teniendo la unidad blindada de la zona a plena capacidad; Que, mediante memorándum Nº 193-092-00000004 la Oficina de Planes y Presupuesto señaló que la contrata- ción a exonerarse cuenta con la correspondiente disponi- bilidad presupuestal, siendo su fuente de financiamiento los recursos directamente recaudados; Que, conforme con lo expuesto procede la aproba- ción de la exoneración del proceso de selección de Con- curso Público para la contratación del servicio de trans- porte de valores, por la causal de servicios personalísi- mos, por un valor de S/. 434 350,00 (Cuatrocientos Treinta y Cuatro Mil Trescientos Cincuenta y 00/100 nuevos soles); Que, de conformidad con lo dispuesto en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento y en uso de las facultades establecidas en el artículo 6º del Edicto Nº 227, norma que aprueba el Estatuto del SAT; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección por la causal de servicios personalísimos para la contratación del servicio de transporte de valores, estableciéndose como valor referencial la suma de S/. 434 350.00 (Cuatrocientos Treinta y Cuatro Mil Tres- cientos Cincuenta y 00/100 nuevos soles) incluidos tri- butos y todo concepto. Artículo 2º.- La contratación aprobada mediante la presente Resolución será financiada con recursos direc- tamente recaudados, encontrándose dicho gasto debida- mente presupuestado; asimismo, el proceso de selec- ción referido en el artículo anterior se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT. Artículo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administra- ción proceda a la contratación indicada en el artículo precedente conforme a lo prescrito por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Artículo 4º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración efectúe la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión y adopción según corresponda y adicionalmente proceder a la pu- blicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ALBERTO ACHING ASHUY Servicio de Administración Tributaria 09028 MUNICIPALIDAD DE COMAS Prohíben almacenamiento de agua para conservación de flores naturales en los Cementerios Municipales ORDENANZA Nº 155-C/MC Comas, 29 de abril de 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMASVISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 29 de abril del 2005, el Dictamen S/N de la Comisión de Desarrollo Ambiental; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Art. 194º establece que las Municipalidades Provinciales, Distri-tal, y las Delegadas conforme a Ley, son órganos del Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, toda persona tiene derecho a la paz, a la tranqui- lidad, al disfrute del tiempo, al aire y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, en concordancia con lo preceptua- do por el Art. 2º Inc. 22 de la Constitución Política del Perú; Que, según lo dispuesto en el Art. 80º, numerales 3.2 y 4.5 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es función de las Municipalidades Distritales, regular y con- trolar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales; así como realizar Campañas Locales sobre medicina preventiva, primeros auxilios, educación sanitaria y profilaxis; Que, en el Capítulo VIII de la Ley General de Salud - Ley Nº 26842, Arts. 105º y 106º, corresponde a la autori- dad de salud competente dictar las medidas necesarias para minimizar y controlar los riesgos para la salud de las personas; Que, el Ministerio de Salud ha difundido el Código AE – DEBE Nº 009-2005, como Alerta Epidemiológica, so- bre Brote de Dengue Clásico en el distrito de Comas; Que, habiéndose comprobado que los depósitos de agua usados para la conservación de flores en los cementerios del distrito de Comas, son lugares que ofre- cen condiciones favorables especialmente en el período de verano para la reproducción del AEDES AEGYPTI, que es un insecto transmisor de la enfermedad conoci- da como DENGUE que afecta la salud de la población; Que, por lo dispuesto en la Ley Nº 27972 - Ley Orgáni- ca de Municipalidades, con dispensa del trámite de apro- bación y lectura del Acta, el pleno del Concejo aprobó por UNANIMIDAD lo siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- PROHIBIR, el uso de floreros u otro tipo de recipientes que impliquen el almacenamiento de agua para la conservación de flores naturales, en los Cementerios Municipales: “Luz Eterna” de VI Zona de Collique, “Mártires 19 de Julio” de V Sector Carmen Alto y “Paz, Libertad” de V Sector La Libertad. Articulo Segundo.- DISPONER el uso de recipientes con sistema de drenaje, conteniendo arena húmeda, para la conservación de las flores naturales. Artículo Tercero.- PROMOVER, el uso de flores artificiales y siembra de plantas ornamentales de varie- dad de especies, en el frontis de los nichos en todos los Cementerios Municipales indicados. Articulo Cuarto.- PROGRAMAR, el mantenimiento, limpieza y ordenamiento periódico de los Cementerios Municipales. Artículo Quinto .- ENCARGAR, a través de la Sub- gerencia de Cementerios Municipales, la Gerencia de Participación Vecinal y la Gerencia de Desarrollo Am- biental, las acciones de vigilancia y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 08924 Aprueban la realización de sorteo ex- traordinario entre contribuyentes delImpuesto Predial y Arbitrios de Lim- pieza Pœblica, Parques y Jardines DECRETO DE ALCALDÍA Nº 06-2005-C/MC Comas, 19 de abril del 2005CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 153-C/MC de fecha 8 de abril del 2005, se autorizó la realización del sorteo