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PÆg. 292506 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de mayo de 2005 ción y Conformación de Regiones, concordante con el Artículo 20º, numeral 20.1 de su Reglamento, tienen iniciativa legislativa para presentar propuestas de con- formación de regiones, los Presidentes de los Gobier- nos Regionales involucrados, con el acuerdo de los res- pectivos Consejos Regionales y concertados con el Consejo de Coordinación Regional; Que, según lo dispuesto por el Artículo 18º de la Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones, las propuestas para la conformación de re- giones requieren de la presentación de un Expediente Técnico que contendrá la fundamentación de la viabili- dad de la región que se propone. Este Expediente Técni- co conforme lo establece el Artículo 24º del Reglamento de la indicada Ley, es el documento que contiene los criterios establecidos por el Artículo 18º de la Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regio- nes ya citado y los lineamientos que disponga la Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regio- nes y los lineamientos que disponga el Consejo Nacional de Descentralización - CND a través de la corres- pondiente Resolución Presidencial, los mismos que sus- tentan las propuestas para la conformación de una Re- gión o la propuesta de integración de provincias y distri- tos de una Región a otra, el mismo que constituye requi- sito ineludible para la solicitud de referéndum; Que, asimismo, en este mismo contexto el Artículo 21º, inciso b) del Reglamento de la Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones prevé que los expedientes solicitando la realización de referén- dum que presenten los Presidentes de Gobiernos Regio- nales para la conformación y creación de Regiones de- ben de cumplir entre otros requisitos, con presentar co- pia autenticada del Acta de cada Consejo Regional involu- crado, en la que consta el acuerdo de aprobación de la propuesta de conformación de una Región, con expresa mención de la previa concertación con el Consejo de Coordinación Regional; Que, inicialmente en atención a lo previsto por el Ar- tículo 19º, numeral 19.1 de la Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones, el plazo para la presentación del Expediente Técnico para la integra- ción y conformación de Regiones era el último día útil del mes de enero de 2005 (año signado para el proceso de referéndum); sin embargo, por Ley Nº 28464 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de enero último, se amplió el plazo hasta el 31 de marzo de 2005; dentro del cual se presentó el Expediente Técnico correspondiente al CND. Que, las ventajas de integrarse los Gobiernos Regio- nales de Ancash, Huánuco, Junín, Lima y Pasco en una sola región, denominada Región Nor Centro Oriente, son diversas y concluyentes. Los actuales gobiernos regiona- les y sus respectivos presidentes han comprendido la importancia histórica de la decisión y están decididos a llevarla adelante; Que, la decisión de integración tiene un asidero en identidades culturales y territoriales históricamente com- partidas por los pueblos de las cinco regiones, sin dejar de existir, también, una gran diversidad y pluralidad en su interior; Que, la integración de los gobiernos regionales de Ancash, Huánuco, Junín, Lima y Pasco en una sola en- tidad de gobierno otorgará a la nueva instancia una su- perior capacidad para administrar democrática y eficien- temente los recursos públicos y promocionar la partici- pación ciudadana en la gestión gubernamental. Alentará la iniciativa y la inversión privada y fomentará la creación y el fortalecimiento de las instituciones. Asimismo, podrá actuar como un mejor interlocutor y negociador con el gobierno nacional y el Congreso de la República; Que, el gobierno regional resultante del proceso de integración mantendrá el diseño de su estructura gene- ral aunque con la introducción de algunas modificaciones, orientadas básicamente a reforzar las estructuras institu- cionales para el cumplimiento más eficaz de las priorida- des de la estrategia de desarrollo de la nueva región integrada y a diseñar el modelo de gestión de los espa- cios subregionales en los que desconcentrará funcio- nes, y la naturaleza de la sede regional; Que, en este sentido, la integración de Ancash, Huánuco, Junín, Lima y Pasco se considera un primer paso en el esfuerzo por conformar la gran Región Nor Centro Oriente, propósito que, como todos los de largoaliento, debe alcanzarse de forma gradual y cuidando los legítimos intereses de cada parte integrante; Que, de conformidad con el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 37º, inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Resolución Pre- sidencial Nº 028-CND-P-2005 publicada el 29 de abril del año en curso, así como de conformidad con los considerandos expuestos, y, en atención a lo aprobado por unanimidad por el Consejo Regional en su Sesión Ordinaria de fecha 12 de mayo de 2005; SE ACUERDA: Artículo Único.- APROBAR la propuesta de confor- mación de la Macro Región Nor Centro Oriente integra- da por los Gobiernos Regionales de Ancash, Huánuco, Junín, Lima y Pasco; la cual se encuentra contenida en el Expediente Técnico elaborado por la Comisión Técni- ca Interregional constituida para este efecto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL MUFARECH NEMY Presidente 09061 Aceptan renuncia de Director Regio- nal de Educación de Lima - Provincias RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 148-2005-PRES Huacho, 11 de mayo del 2005 VISTOS; la Resolución Ejecutiva Regional Nº 293- 2004-PRES, la carta de renuncia al cargo de Director Regional de Educación de Lima - Provincias del Gobier- no Regional de Lima presentada por Gliford Getulio Racacha Valladares con fecha 11 de mayo del 2005; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídi- cas de derecho público, con autonomía política, econó- mica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por la Resolución Ejecutiva Regional de Vistos, se designó a Gliford Getulio Racacha Valladares en el cargo de Director Regional de Educación de Lima - Pro- vincias del Gobierno Regional de Lima; Que, por el documento de Vistos, Gliford Getulio Racacha Valladares presentó su renuncia al cargo de Director Regional de Educación de Lima - Provincias del Gobierno Regional de Lima; Que, es facultad del Presidente Regional, designar y cesar al Gerente General Regional y a los Gerentes Regionales, así como nombrar y cesar a los funciona- rios de confianza; Que, la Presidencia Regional ha decidido aceptar la renuncia al cargo del citado funcionario, correspondien- do expedir la respectiva Resolución Ejecutiva Regional que formalice la aceptación y deje sin efecto su designa- ción en el cargo; Con la conformidad de la Gerencia General Regional y de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y con la visación de la Subgerencia Regional de Asesoría Jurídi- ca del Gobierno Regional de Lima; En ejercicio de las facultades contenidas en los inci- sos a) y d) del artículo 21º de la Ley Orgánica de Gobier- nos Regionales; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar la renuncia del señor GLIFORD GETULIO RACACHA VALLADARES al cargo de Director Regional de Educación de Lima - Provincias