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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G38/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 19 de mayo de 2005 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, toda exoneracióna los procesos de selección, salvo la prevista paracontratar servicios públicos sujetos a tarifas, cuandoéstas sean únicas o con carácter de secreto, secretomilitar o de orden interno, que deban mantenerse en reserva conforme a Ley, deben ser aprobadas me- diante Resolución del titular del pliego de la Entidad, lacual requiere de informes previos que contengan lajustificación técnica y legal de la procedencia y nece-sidad de la exoneración, efectuándose las adquisicio-nes o contrataciones en forma directa mediante ac- ciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo pro- veedor, cuya propuesta cumpla con las característi-cas y condiciones establecidas en las bases, debien-do realizarse dichos actos por el órgano o dependen-cia que se encarga de llevar a cabo la adquisición ocontratación requerida; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, su Reglamento y el artículo 33º, inciso b) dela Ley Universitaria Nº 23733, concordante con el ar-tículo 52º, inciso c) del Estatuto de la Universidad Nacio-nal de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del Proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la contratación del"Estudio Jorge Avendaño V. Abogados S. Civil de R.L.", por causal de servicios personalísimos, por los funda- mentos expuestos en la parte considerativa de la presen-te resolución, por el período de seis (6) meses, hastapor un monto referencial estimado en S/. 65,260.80 (Se-senta y Cinco Mil Doscientos Sesenta y 00/80 NuevosSoles) por concepto de honorarios más IGV, gastos y costos administrativos, con cargo a la fuente de financia- miento Recursos Directamente Recaudados. Artículo 2º.- La contratación, que se efectuará en virtud de la presente resolución, será realizada por laOficina Central de Logística mediante acciones inme-diatas, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado. Artículo 3º.- La Oficina Central de Logística remitirá copia de la presente resolución y de los informes técnicoy legal que sustentan esta exoneración, a la ContraloríaGeneral de la República y al Consejo Superior de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación,así como difundirla a través del SEACE, conforme a lodispuesto en los artículos 20º y 147º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado y su Reglamento, respectivamente. Regístrese, comuníquese y archívese. ROBERTO MORALES MORALES Rector 09307 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G6E/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G2D/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G46/G65/G64/G65/G72/G69/G63/G6F/G20/G56/G69/G6C/G6C/G61/G72/G72/G65/G61/G6C UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 0689-2005-UNFV San Miguel, 12 de mayo de 2005Visto el Oficio Nº 310-2005-OPPS-OCLSA-UNFV, de fecha 14.04.2005, del Jefe de la Oficina Central de Lo- gística y Servicios Auxiliares de esta Casa Superior deEstudios, mediante el cual solicita la exoneración delProceso de Selección de Concurso Público Nº 008-2005-UNFV - Servicio de Publicidad en General; y,CONSIDERANDO: Que, el Artículo 19º inciso f) del Texto Unico Ordena- do de la Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM, establece que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrata- ciones para los servicios personalísimos, de acuerdo alo que establezca el Reglamento, debiendo ser aproba-da por resolución del Titular del Pliego de la Entidad,previo informe técnico – legal, conforme a lo dispuestoen el Artículo 20º de dicho texto legal; Que, el Artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, estableceque cuando exista la necesidad de proveerse de ser-vicios especializados profesionales, artísticos, cientí-ficos o tecnológicos; procede la exoneración por ser- vicios personalísimos para contratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas,encontrándose expresamente incluidos dentro de estaclasificación los servicios de publicidad que prestan alEstado los medios de comunicación televisiva, radial,escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que los dis- tinguen; Que, el Artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, estableceque la Entidad efectuará las adquisiciones o contrata- ciones en forma directa mediante acciones inmedia- tas; debiendo, el servicio exonerado, ser adquiridopor la dependencia encargada de las adquisiciones ycontrataciones de la Entidad o el órgano designadopara tal efecto; Que, mediante Resolución R. Nº 0070-2005-UNFV, de fecha 19.1.2005, se aprobó el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de la Universidad Nacional Fe-derico Villarreal para el Ejercicio Presupuestal 2005, elmismo que prevé la contratación del Servicio de Publici-dad en General por un valor estimado de S/. 500,000.00(QUINIENTOS MIL Y 00/100) NUEVOS SOLES por la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados; Que, la Universidad Nacional Federico Villarreal re- quiere proveerse de los servicios especializados de pu-blicidad que prestan los medios de comunicación, con-forme a las características particulares requeridas por la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institu- cional, contenidas en sus correspondientes informestécnicos para dicho servicio, por lo que resulta proce-dente la exoneración del Proceso de Selección de Con-curso Público correspondiente por ser servicios perso-nalísimos; En mérito a la opinión técnica emitida por la Oficina Central de Logística y Servicios Auxiliares contenida enOficio Nº 310-2005-OPPS-OCLSA-UNFV, de fecha14.04.2005, al Informe Legal Nº 355-2005-OCAJ-UNFV,de fecha 29.04.2005 de la Oficina Central de AsesoríaJurídica, a lo dispuesto por el Vicerrector Administrativo en Oficio Nº 731-2005-VRAD-UNFV, de fecha 14.04.2005 y de conformidad con el Texto Único Ordenado de la LeyNº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado y su Reglamento, aprobados por D.S. Nros. 083y 084-2004-PCM, Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, elEstatuto y Reglamento General de la Universidad Na- cional Federico Villarreal; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Exonerar a la Universidad Na- cional Federico Villarreal del Proceso de Selección de Concurso Público Nº 008-2005-UNFV – Servicio de Pu- blicidad en General, de conformidad con el Artículo 19ºliteral f) (Servicios Personalísimos) del Texto Único Or-denado de la Ley Nº 26850 – Ley de Adquisiciones yContrataciones del Estado, aprobado por Decreto Su-premo Nº 083-2004-PCM, por un valor referencial de S/. 499,818.95 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUE- VE MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO Y 95/100 NUE-VOS SOLES) por la fuente de financiamiento de Recur-sos Directamente Recaudados.