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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (25/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 38

PÆg. 304928 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de noviembre de 2005 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 290-2005-RE Lima, 24 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentarel beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se han previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2005-; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de la cuota correspondienteal año 2004, a la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (OTCA), por el importe de CIENTO CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y 00/100 DÓLARES DELOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 105,370.00). Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargoa la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 13, Programa 045, Subprograma 0118, Actividad 00624, Componente 2387, Meta 00565, Genérica 4 OtrosGastos Corrientes, Específica 42 Cuotas del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio 2005. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 20064 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 291-2005-RE Lima, 24 de noviembre de 2005 VISTO: El Oficio Nº 2260-2005-CONAM/SE, de 19 de octubre de 2005, del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM-, en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema queautorice el pago de la cuota correspondiente al año 2005 al Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente -PNUMA-; CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades a pagar, con cargo a susrespectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad denegociación en las gestiones diplomáticas y acrecentarel beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia es necesario autorizar el pago de la cuota correspondiente al año 2005 al Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente -PNUMA-con cargo al Presupuesto del Consejo Nacional del Ambiente -CONAM- del año 2005; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Consejo Nacional del Ambiente -CONAM- a efectuar el pago de la cuota correspondiente al año 2005 al Programa de las NacionesUnidas para el Medio Ambiente -PNUMA-, por un monto de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 10,000.00). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al Presupuesto del Consejo Nacional del Ambiente -CONAM- del año 2005. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a lafecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 20065 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 292-2005-RE Lima, 24 de noviembre de 2005 VISTO: El Oficio Nº 581-2005-CONCYTEC-P, de 12 de octubre de 2005, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, enel que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al Centro Internacionalde Ingeniería Genética y Biotecnología (ICGEB); CONSIDERANDO:Que el artículo 67º, numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto parael Año Fiscal 2005, autoriza a las entidades a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales delos cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados demanera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistenciatécnica internacional; Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC ha solicitadoautorización para realizar el pago de ONCE MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($ 11,000.00) al Centro Internacional de Ingeniería Genética y Biotecnología(ICGEB) por concepto de cuota anual; con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC,efectuar el pago de ONCE MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($ 11,000.00) al Centro Internacional de Ingeniería Genética y Biotecnología (ICGEB) porconcepto de cuota anual.