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PÆg. 305012 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de noviembre de 2005 INTERNATIONAL I D E A INSTITUTE FOR DEMOCRACY AND ELECTORAL ASSISTANCE ESTATUTOS En la CONFERENCIA Fundadora del Instituto Internacional de Democracia y Asistencia Electoral,International IDEA, los catorce Estados Fundadores aprobaron los estatutos. Los estatutos fueron legalmente adoptados en el idioma inglés pero están traducidos al castellano y al francés. ACUERDO DE CONSTITUCIÓN INSTITUTO INTERNACIONAL DEMOCRACIA Y LA ASISTENCIA ELECTORAL Las PARTES signatarias,CONSIDERANDO que los conceptos de democracia, pluralismo y elecciones libres y justas están enraizándosemundialmente; CONSIDERANDO que la democracia es esencial para la promoción y la garantía de los derechos humanos y de que la participación en la vida política, incluyendo el gobierno, forma parte de los derechos humanos,proclamados y garantizados por tratados y declaraciones internacionales; CONSIDERANDO TAMBIÉN que las ideas de democracia sostenible, buen gobierno, responsabilidad y transparencia se han convertido en algo central paralas políticas de desarrollo nacional e internacional; RECONOCIENDO que el reforzamiento de las instituciones democráticas, nacional, regional y globalmente es conducente a la diplomacia preventiva, promoviendo con ello el establecimiento de un ordenmundial mejor; COMPRENDIENDO que los procesos democráticos y electorales requieren continuidad y una perspectiva a largo plazo; DESEANDO AVANZAR y aplicar normas, valores y prácticas universalmente válidas; CONSCIENTES de que el pluralismo presupone actores y organizaciones nacionales e internacionales con tareas claramente diferentes y mandatos que nopueden ser subsumidos a otros; DÁNDOSE CUENTA de que un lugar de encuentro para los involucrados sostendría y haría avanzar la profesionalidad y la construcción sistemática de la capacidad; CONSIDERANDO que se necesita un instituto internacional complementario. HAN ACORDADO lo siguiente: Artículo I CONSTITUCIÓN, UBICACIÓN Y ESTADO 1.Las Partes de este acuerdo constituyen por la presente el Instituto Internacional para la Democracia yla Asistencia Electoral, como una organización internacional, en lo sucesivo denominada el Instituto o el IDEA Internacional. 2.La sede del Instituto estará en Estocolmo, a menos que el Consejo decida relocalizar el Instituto en otra parte. El Instituto puede establecer oficinas en otros lugares siello fuera necesario para la ejecución de sus programas. 3.El IDEA Internacional poseerá personalidad jurídica total y disfrutará de las capacidades que puedan sernecesarias para desempeñar sus funciones y cumplir sus objetivos, entre otras, la capacidad para: a.Adquirir y disponer de bienes raíces y personales; b.Celebrar contratos y otros tipos de acuerdos.c.Emplear personal y admitir personal de apoyo; d.Entablar y defender procesos legales; e.Invertir el dinero y las propiedades del Instituto; yf. Tomar cualquier otra acción legal necesaria para cumplir los objetivos del Instituto. Artículo II OBJETIVOS Y ACTIVIDADES 1.Los objetivos del Instituto son: a.Promover y avanzar la democracia sostenible en el mundo entero; b.Mejorar y consolidar los procesos electorales democráticos en el mundo entero; c.Dar asesoría y asistencia en el fomento de la comprensión, aplicación y diseminación de las normas,reglas y directrices del pluralismo multipartido y de los procesos democráticos; d.Fomentar y apoyar la capacidad nacional para el mejor despliege del abanico de instrumentos democráticos; e.Proporcionar un foro para el intercambio de ideas entre todos los involucrados en procesos electorales dentro del contexto del establecimiento de instituciones democráticas; f. Fomentar la instrucción sobre los procesos electorales democráticos; g.Promover la transparencia y la responsabilidad, el profesionalismo y la eficacia del proceso electoral en el campo del desarrollo democrático. 2.A fin de alcanzar los objetivos anteriores, el Instituto puede dedicarse a los siguientes tipos de actividades: a.Desarrollar redes globales en el campo de procesos electorales; b.Establecer y mantener servicios de información;c.Proporcionar asesoría, guía y apoyo acerca del papel que debe desempeñar el gobierno y la oposición, los partidos políticos, las comisiones electorales, unpoder judicial independiente, los medios y otros aspectos del proceso electoral en un contexto democrático pluralista; d.Fomentar la investigación y la diseminación y aplicación de los resultados de la investigación dentro del marco de competencia del Instituto; e.Organizar y fomentar seminarios y estudios sobre elecciones libres y justas en el contexto de los sistemas democráticos pluralistas; f. Ocuparse de otras actividades relacionadas con las elecciones y la democracia según surja la necesidad. 3.Los miembros y miembros asociados suscriben los objetivos y las actividades del Instituto según se indica en este artículo y se comprometen a promoverlos y aasistir al Instituto para realizar su programa de trabajo. Artículo III RELACIONES COOPERATIVAS El Instituto puede establecer relaciones cooperativas con otras instituciones. Artículo IV MIEMBROS 1.Miembros del Instituto son: a.Gobiernos de estados signatarios de este acuerdo; b.Organizaciones intergubernamentales signatarias de este acuerdo. 2.Miembros asociados del Instituto son las organizaciones internacionales no gubernamentales. Tales