Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2005 (26/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, sabado 26 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES
A.050 A.060 A.070 A.080 A.090 A.100 A.110 A.120 A.130 A.140

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Salud. Industria. Comercio. Oficinas. Servicios comunales. Recreacion y deportes. Comunicacion y transporte. Accesibilidad para personas con discapacidad. Requisitos de seguridad. Bienes culturales inmuebles y zonas monumentales.

comprendidas en el Indice aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 015-2004 VIVIENDA, las mismas que en Anexo forman parte de la presente Resolucion: TITULO I GENERALIDADES G.010 G.020 G.030 G.040 G.050 Consideraciones basicas. Principios generales. Derechos y responsabilidades. Definiciones. Seguridad durante la construccion. TITULO II HABILITACIONES URBANAS CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS HABILITACIONES GH.010 GH.020 Alcances y contenido. Componentes de Diseno Urbano.

ESTRUCTURAS E.010 E.020 E.030 E.040 E.050 E.060 E.070 E.080 E.090 Madera. Cargas. Diseno sismorresistente. Vidrio. Suelos y cimentaciones. Concreto armado. Albanileria. Adobe. Estructuras metalicas.

TIPOS DE HABILITACIONES INSTALACIONES SANITARIAS TH.010 TH.020 TH.030 TH.040 TH.050 TH.060 Habilitaciones residenciales. Habilitaciones comerciales. Habilitaciones industriales. Habilitaciones para usos especiales. Habilitaciones en riberas y laderas. Reurbanizacion. IS.010 IS.020 Instalaciones sanitarias para edificaciones. Tanques septicos.

INSTALACIONES ELECTRICAS Y MECANICAS EM.010 EM.020 EM.030 EM.040 EM.050 EM.060 EM.070 EM.080 EM.090 EM.100 Instalaciones electricas interiores. Instalaciones de comunicaciones. Instalaciones de ventilacion. Instalaciones de gas. Instalaciones de climatizacion. Chimeneas y hogares. Transporte mecanico. Instalaciones con energia solar. Instalaciones con energia eolica. Instalaciones de alto riesgo.

OBRAS DE SANEAMIENTO OS.010 OS.020 OS.030 OS.040 OS.050 OS.060 OS.070 OS.080 OS.090 OS.100 Captacion y conduccion de agua para consumo humano. Plantas de tratamiento de agua para consumo humano. Almacenamiento de agua para consumo humano. Estaciones de bombeo de agua para consumo humano. Redes de distribucion de agua para consumo humano. Drenaje pluvial urbano. Redes de aguas residuales. Estaciones de bombeo de aguas residuales. Plantas de tratamiento de aguas residuales. Consideraciones basicas de diseno de infraestructura sanitaria.

Articulo 2º.- Vigencia y regulacion transitoria La presente Resolucion Ministerial, entrara en vigencia a los ciento veinte dias (120) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de su publicacion. Los procedimientos en tramite se regiran por la normativa en que se iniciaron hasta su culminacion. Articulo 3º.- Difusion Autorizar la publicacion del texto del Reglamento Nacional de Edificaciones, con el objeto que la ciudadania MORDAZA conocimiento de su contenido, en la pagina Web del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 20091

OBRAS DE SUMINISTRO DE ENERGIA Y COMUNICACIONES EC.010 EC.020 EC.030 EC.040 comunicaciones. Redes de distribucion de energia electrica. Redes de alumbrado publico. Subestaciones electricas. Redes e instalaciones de TITULO III EDIFICACIONES CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS EDIFICACIONES GE.010 GE.020 GE.030 GE.040 Alcances y contenido. Componentes y caracteristicas de los proyectos. Calidad en la construccion. Uso y mantenimiento.

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban Reglamento de Desarrollo y Capacitacion del Personal del Poder Judicial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 220-2005-CE-PJ MORDAZA, 24 de octubre del 2005

ARQUITECTURA A.010 A.020 A.030 A.040 Condiciones generales de diseno. Vivienda. Hospedaje. Educacion.

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