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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (27/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 29

PÆg. 305123 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de noviembre de 2005 Prevención y Atención de Desastres emitido por el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, así como dentro del marco legal que sobre la materia conforman la Ley Nº 19338, Ley del Sistema Nacional de DefensaCivil, el Decreto Supremo Nº 005-88-SGDM, Reglamento de la Ley Nº 19338 y la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, en efecto, el Plan de Prevención y Atención de Desastres se enmarca en el proceso técnico permanente y continuo que constituye el planeamiento en la DefensaCivil, que se realiza en base a la estimación de los riesgos existentes en la jurisdicción, para determinar las medidas a aplicar y los recursos a utilizar, con el objeto de evitar,reducir, mitigar o eliminar los efectos de los desastres de origen natural y/o tecnológicos; Que, el Plan de Atención y Prevención de Desastres es el conjunto coherente y ordenado de estrategias, políticas, programas y proyectos, que se formulan para orientar las actividades de prevención – mitigación deriesgos, los preparativos para la atención de emergencias y la rehabilitación en caso de desastre, que en este caso se emite en su nivel regional; Por lo que estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regionalde Lambayeque ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Único.- APROBAR el Plan Regional de Prevención y Atención de Desastres de Lambayequeque se incorporará al Plan de Desarrollo del Gobierno Regional de Lambayeque, el mismo que en noventa y tres folios (93) corre adjunto a la presente disposiciónregional formando parte integrante de la misma. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 20072 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Aprueban Reglamento para el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civily Elección de sus Representantes alConsejo de Coordinación Regional dela Región Moquegua 2006 ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2005-CR/GRM 10 de noviembre 2005LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680 - Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, de laLey Orgánica de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 - su modificatoria - Ley Nº 27902, y demás Normas Complementarias; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua: CONSIDERANDO: Que, el Reglamento para el Registro de Organización de la sociedad civil y elección de sus representantes alConsejo de Coordinación Regional de la Región Moquegua período 2005 y 2006, permitirá regular, establecer losmecanismos y procedimientos a través de los cuales las organizaciones de la sociedad civil designarán a sus representantes, siendo así necesario evaluar y determinar la probación del antes mencionado Reglamento; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Moquegua, le corresponde las funciones y atribuciones establecidasen la Ley Nº 27867 y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por el Presidente Regional, Vicepresidente Regional y Consejeros Regionales; Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 10 de noviembre del 2005, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, ha visto por conveniente ponera debate para su aprobación el Dictamen Nº 005-2005- CODS/CR, emitido por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, a efecto de normar el proceso deregistro, Inscripción y Elección de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional (CCR) período 2005-2006, el mismo que por unanimidad; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- Apruébese el Reglamento para el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil y Elección de sus Representantes al Consejo de CoordinaciónRegional de la Región Moquegua 2006, que consta de cinco (5) Títulos, treinta y seis (36) artículos, y seis (6) Disposiciones Transitorias y Finales, que en anexo formaparte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto en todos sus extremos, la Ordenanza Regional Nº 004-2003-CR/GRM, que aprueba el Reglamento para el Registro de Organización de la Sociedad Civil y Elección de sus representantes al Consejo de Coordinación Regional dela Región Moquegua. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de supublicación en el Diario Oficial El Peruano. Además deberá publicarse en el diario encargado de la publicación judicial de la Región; así como en el Portal Electrónico delGobierno Regional. POR TANTO:Mando se publique y cumpla. MARÍA CRISTALA CONSTANTINIDES ROSADO Presidenta Regional 20141 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican R.A. N” 1845-2002-AL/ MDSMP que aprobó solicitud deregularización de habilitación urbanade terreno RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 184-2005-MML-DMDU Lima, 26 de setiembre del 2005 LA DIRECTORA MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO VISTO, los Codificados Nº 73093-2002 y Nº 7327- 2004, mediante los cuales la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, solicita la Ratificación de laResolución de Alcaldía Nº 1845-2002-AL/MDSMP, emitida con fecha 2 de julio de 2002, promovida por la empresa CONSTRUCTORA CONTINENTE S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1845- 2002-AL/MDSMP, emitida por la Municipalidad Distrital