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PÆg. 305122 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de noviembre de 2005 finalidad de determinar cuáles deben ser las acciones que debe tomar el regulador en dicho mercado a efectos de garantizar y salvaguardar las condiciones de competencia en el mismo. Posteriormente, mediante Resolución Viceministerial N° 160-2005-MTC/03 y su respectiva Adenda, de fecha 08 de abril del 2005, el Ministerio de Transportes yComunicación (en adelante MTC) condicionó la transferencia de las concesiones otorgadas a Telefónica Móviles S.A.C. para la prestación del servicio público detelefonía móvil a favor de Comunicaciones Móviles del Perú S.A.. Debe señalarse que la empresa Comunicaciones Móviles del Perú S.A. luego de latransferencia de las concesiones de Telefónica Móviles S.A.C., pasó a denominarse Telefónica Móviles S.A. En dicha Resolución, el MTC estableció que, en tanto OSIPTEL no se pronunciase sobre la diferenciación tarifaria off-net/on-net y además fijase el o los cargos de terminación en redes móviles, la transferencia de lasconcesiones estaría condicionada a lo siguiente: 1. Que Telefónica Móviles no cobre tarifa on-net a las comunicaciones entre usuarios de la ex-Telefónica Móviles y de las ex-Comunicaciones Móviles. 2. Que Telefónica Móviles no podía comercializar tarifas o planes que incluyan precios distintos para las llamadas dentro de su red (on-net) y las llamadas que terminen en otras redes móviles (off-net). Asimismo, se excluyó de dichos condicionamientos a los planes y contratos que Telefónica Móvilescomercializaba o había suscrito a la fecha de la Resolución. En tal sentido, Telefónica Móviles pudo seguir comercializando los planes ofrecidos con tarifasdiferenciadas on-net/off-net que venía siendo ofrecidos al momento de la transferencia de las concesiones. Por lo expuesto anteriormente, se ha realizado un análisis del impacto sobre las condiciones de competencia en la industria del servicio móvil de diferenciar las tarifas según red de destino de la comunicación, tomando encuenta la revisión de la literatura sobre esta práctica, la experiencia internacional sobre la diferenciación tarifaria y las características del mercado peruano. En primer lugar, la literatura económica considera la diferenciación off-net/on-net como un comportamiento competitivo en tanto ésta permite al operador competirpor “grupos de usuarios” a través de las tarifas on-net con lo cual la posibilidad de diferenciar ambas tarifas permite que las empresas compitan más vigorosamentepor usuarios finales. Sin embargo, la diferenciación off- net/on-net puede constituirse, en una práctica anticompetitiva cuando una empresa dominanteimplementa prácticas predatorias en desmedro del desarrollo de la competencia actual y/o potencial en el mercado. Asimismo, la literatura económica reconoce que existen diversos factores que influyen en los efectos de esta diferenciación como por ejemplo la externalidad dered, la externalidad de llamada y el nivel del cargo de terminación de llamada. El análisis de la investigación económica empírica en determinados países permiteconcluir que (i) la diferenciación de tarifas off-net/on-net genera externalidad de red por tarifa y es una estrategia que pone en ventaja a la empresa dominante, sólo en elcaso que las redes no se encuentren muy diferenciadas y que (ii) los resultados de tal diferenciación sobre el bienestar general dependen del nivel de los cargos deinterconexión y su efecto sobre la intensidad de la competencia, de la existencia de patrones de consumo balanceados y del grado de segmentación de las redes. En segundo lugar, el análisis de la práctica de diferenciación off-net/on-net a nivel mundial permite constatar que es una conducta ampliamente practicadaa nivel mundial, independientemente del nivel de competencia existente en el mercado final de servicios móviles. En tercer lugar, a partir del análisis del mercado peruano de servicios móviles, se observa que cada una de las empresas diferencia las tarifas off-net de las on-net. Asimismo, en los últimos años se ha registrado un incremento agregado del número de líneas y del tráfico por parte de todas las empresas operadoras, lo cual esconsistente tanto con la literatura económica como con la evidencia empírica que apunta a señalar que la diferenciación de tarifas off-net/on-net permite a lasoperadoras diferenciarse y competir por grupos de usuarios en el mercado final a través de la captación de diferentes redes sociales, lo cual incrementa el bienestar de los usuarios. Asimismo, cabe señalar que la diferenciación tarifaria off-net/on-net es mucho más pronunciada en los planes dirigidos al sector empresarial que en aquellos dirigidos alsector residencial (individuos), por lo que en cualquier caso, si la diferenciación tarifaria fuera utilizada como una estrategia anticompetitiva, ésta tendría un mayor impactoen términos relativos en el sector empresarial. En cualquier caso, se considera que la normativa vigente prevé mecanismos para atacar y sancionar este tipo de prácticasa través de las normas sobre libre y leal competencia y del establecimiento de medidas regulatorias para prevenir y salvaguardar la competencia en los mercados. Tomando en cuenta el análisis realizado, OSIPTEL considera que debe permitirse que todos los usuarios de Telefónica Móviles pueden puedan comunicarse entreellos a tarifa on-net, y del mismo modo, debe permitirse que Telefónica Móviles comercialice planes con tarifas on-net y off-net diferenciadas. No obstante lo anterior,los usuarios de Telefónica Móviles no deben verse perjudicados por el incremento del tráfico on-net producto de esta decisión. En consecuencia, Telefónica Móvilesserá responsable de tomar las medidas técnicas necesarias para garantizar la calidad de las comunicaciones ofrecidas a sus usuarios. Asimismo, considerando que debe prevenirse e impedirse que la diferenciación de tarifas se convierta en una práctica anticompetitiva, se considera convenienterealizar un monitoreo de los precios en el mercado de servicios móviles. Para ello, se ha elaborado una metodología, la misma que requiere, para ser efectivacierta información del mercado móvil la cual deberá ser proporcionada con carácter obligatorio por parte de todas las empresas en el sector. En caso se evidencie delseguimiento de precios que Telefónica Móviles se encuentra realizando prácticas anticompetitivas, se evaluará el establecimiento de mecanismos ex –anteque impidan la realización de tales prácticas, independientemente de la sanción que se establezca por las mismas. 20154 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Aprueban Plan Regional de Prevención y Atención de Desastres de Lambayeque ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2005-GR.LAMB./CR Chiclayo, 22 de noviembre de 2005EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque en su Sesión Ordinaria de 11 de noviembre de 2005, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 222-2005-CRDC.LAMB/ST-DC de fecha 09.NOV.2005, la Secretaría Técnica del Comité Regional de Defensa Civil eleva a consideración delConsejo del Gobierno Regional de Lambayeque con fines de aprobación, el Plan Regional de Prevención y Atención de Desastres de Lambayeque, para que una vez aprobadose incorpore al Plan de Desarrollo del Gobierno Regional; Que, el indicado Plan ha sido elaborado teniendo en cuenta los lineamientos generales del Plan Nacional de